Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2007 (22/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2007

3. MORDAZA del documento nacional de identidad del representante. Para estos efectos, los interesados tendran que acercarse al Palacio Municipal, al Departamento de Participacion Vecinal. Articulo Tercero.- APROBAR el Cronograma del MORDAZA de Elaboracion del Presupuesto Participativo 2008 en el distrito de MORDAZA MORDAZA, que se indica a continuacion:

ORDENANZA QUE REGULA LA VENTA Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS DENTRO DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- La presente Ordenanza regula el expendio, comercializacion y/o venta de bebidas alcoholicas asi como el consumo de las mismas en el distrito de MORDAZA Piedra. Para efectos de aplicacion de la presente MORDAZA, se considera bebida alcoholica a todo MORDAZA de licor, cerveza , vino, MORDAZA, tragos preparados o cualquier otra que contenga alcohol; asimismo, se considera via publica a todas aquellas areas ubicadas fuera del limite de propiedad, considerandose por lo tanto como via publica las plazas, parques, jardines, avenidas, pistas, aceras, berma, separadores centrales y todo aquello que sea de uso publico. Articulo 2º.- Considerese la siguiente clasificacion y definicion de establecimientos comerciales y/o de servicios en los que se podra expender y/o consumir bebidas alcoholicas, segun sea el caso, bajo las condiciones previstas en la presente Ordenanza : 2.1 Para el consumo de bebidas alcoholicas dentro del establecimiento, como acompanamiento de las comidas: a) Establecimientos de venta de comidas en general; establecimientos donde se venden comidas preparadas y en general refrescos y bebidas alcoholicas como complemento o actividad secundaria. Comprende a los restaurantes, chifas, cebicherias, etc. b) Establecimientos de esparcimiento nocturno: Establecimientos especialmente acondicionados para reuniones, MORDAZA de espectaculos artisticos y/o bailes, en los que se expende comidas preparadas y bebidas alcoholicas. Comprenden a las, penas, centros nocturnos, bares, cantinas, salones de bailes, video pubs y demas establecimientos similares. c) Establecimientos de hospedaje: Establecimientos de descanso, habilitados con habitaciones acondicionadas, y con area de cocina y/o comedor en la que se expenden comidas preparadas y bebidas. Comprende a los hoteles, hostales, etc. d) Establecimientos Sociales: Establecimientos dedicados en forma permanente o eventual al desarrollo de actividad sociales, de recreacion, culturales y/o deportivos con areas para bailes, juegos o entretenimientos y en los que se expenden comidas y bebidas. 2.2. Para el consumo de bebidas alcoholicas en el interior de Discotecas ,queda prohibido el ingreso de personas menores de edad y por consiguiente el expendio de licor a menores de edad en el interior de las discotecas en aplicacion de la Ley Nº 28681 Ley que regula la comercializacion, consumo y publicidad de bebidas alcoholicas. 2.3. Para la venta de bebidas alcoholicas envasadas sin consumo dentro del local: d) Bodegas y autoservicios: Establecimientos de venta de bienes y productos al por menor en pequena escala para consumo directo y domestico, permitiendose su acceso directo para su adquisicion, o a traves del conductor o empleado del establecimiento. Se incluye a aquellos ubicados en establecimientos de expendio de combustible. e) Licorerias: Establecimiento que tienen como giro principal la venta de licores envasados para llevar, complementado con la venta de articulos comestibles menores, bebidas o refrescos entre o otros. Articulo 3º.- Quedan excluidos de la clasificacion dispuesta en los articulos 2º y en consecuencia prohibida la comercializacion y/o consumo de bebidas alcoholicas, para los establecimientos siguientes:

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.

Convocatoria al MORDAZA del Presupuesto Participativo: Inscripcion de Agentes Participativos: Publicacion del Listado de Agentes Participantes: Talleres de Capacitacion, Diagnostico y Criterios de Priorizacion: Eleccion del Comite de Vigilancia: Evaluacion Tecnica de Proyectos: Priorizacion Acuerdos: y Formalizacion de

21 al 26 de MORDAZA del 2007 23 al 26 de MORDAZA del 2007 27 de MORDAZA del 2007 4 de agosto del 2007 4 de agosto del 2007 6 de agosto al 17 Ago. 2007 18 de agosto del 2007 27 de agosto del 2007 1 al 5 octubre del 2007

Aprobacion del documento Presupuesto Participativo Municipal 2008 por el CCL: Incorporacion del Presupuesto Participativo en el presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad de MORDAZA del Mar: Rendicion de cuentas de avances de ejecucion de acuerdos del Presupuesto Participativo 2008:

10.

1er Taller del Presupuesto Participativo 2009

Articulo Cuarto.- ENCARGAR al Departamento de Informatica y Estadistica la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en la pagina web de la Municipalidad y a Secretaria General su publicacion en las vitrinas de la Municipalidad y en los medios de comunicacion necesarios. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Gerencia de Desarrollo Social y Economico, al Departamento de Participacion Vecinal y al Departamento de Imagen Institucional segun lo establecido en la Ordenanza Nº 219-MDMM. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA

86845-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Regulan la venta y consumo de bebidas alcoholicas en el distrito
ORDENANZA Nº 102-MDPP
MORDAZA MORDAZA, 20 de junio de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en la Sesion Ordinaria de la fecha ha dado la siguiente Ordenanza:

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