Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2007 (22/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de julio de 2007 349760 Modifican nomenclatura de las cuadras 1, 2 y 3 de la avenida Gregorio Escobedo, que se denominará Giuseppe Garibaldi ORDENANZA Nº 233-MDJM Jesús María, 19 de julio del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA Visto, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto mayoritario de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 028 de fecha 15 de marzo del 2007, el Concejo Municipal acordó modi fi car la nomenclatura de las cuadras 1, 2 y 3 de la Avenida Gregorio Escobedo, vía local del distrito de Jesús María, por el nombre de Giuseppe Garibaldi. Que, asimismo se dispuso elevar a la Municipalidad Metropolitana de Lima el referido Acuerdo con los informes legales y técnicos sustentatorios a fi n de cumplir con el procedimiento a que se re fi ere el numeral 1.5. del artículo 161º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades. Que, mediante O fi cio Nº 540-2007-MML-GDU la Municipalidad Metropolitana de Lima rati fi có la naturaleza de vía local que la División de Catastro y Obras Privadas de la Municipalidad de Jesús María había reconocido mediante Informe Nº 117-2007-DCOP-GDU-MJM de fecha 9 de marzo de 2007; Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 3.4. del Artículo 79º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, es función especí fi ca de las municipalidades distritales, disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calle, pasajes, parques, plazas y la numeración predial; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, el concejo municipal, aprobó la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- MODIFICAR la nomenclatura de las cuadras 1, 2 y 3 de la Avenida Gregorio Escobedo, vía local del distrito de Jesús María, la misma que se denominará GIUSEPPE GARIBALDI. Artículo Segundo.- OTORGAR los Certi fi cados de Numeración, de manera gratuita, por única vez, a los propietarios de los inmuebles ubicados en la vía referida en el artículo anterior; así como las facilidades que sean necesarias para el cabal cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- COMUNICAR a la O fi cina Nacional de Registros Públicos y a la Municipalidad Metropolitana de Lima la modi fi cación dispuesta por el presente Acuerdo, para los fi nes de ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 87259-3 MUNICIPALIDAD DE LINCE Modifican Arancel de Gastos y Costas Procesales de los Procedimientos de Ejecución Coactiva ORDENANZA Nº 186-MDL Lince, 11 de julio de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE POR CUANTO: VISTO en sesión de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 006 de la Comisión de Economía y Administración y, asimismo, los Informes Nº 046-2007-MDL-GR, Nº 192- 2007-MDL/GAJ de fecha 3 de julio de 2007, elaborados por las Gerencias de Rentas y Asesoría Jurídica, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 194º, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 74º del precitado cuerpo legal, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para crear, modi fi car, suprimir o exonerar de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 068-MDL de fecha 13 de mayo de 2003, se aprobó el Arancel de Gastos y Costas de los Procedimientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de Lince; Que, ante la existencia de un grupo importante de vecinos que no se encuentran en condiciones de abonar la totalidad de los gastos y costas de los Procesos Coactivos, resulta necesario que se establezca un Arancel Social por Gastos y Costas Procesales; En uso de las facultades establecidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con dispensa del trámite de Aprobación del Acta el Concejo por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICACIÓN DE ARANCEL DE GASTOS Y COSTAS PROCESALES DE LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA Artículo Primero.- Incorpórese a la tabla de Arancel de Gastos y Costas Procesales de los Procedimientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de Lince, aprobado mediante Ordenanza Nº 068-MDL, el siguiente ITEM: Código ARANCEL SOCIAL DE GASTOS Y COSTAS PROCESALES 35624 Arancel Social por Gastos y Costas Procesales de S/. 10.00 Nuevos Soles Artículo Segundo.- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a las Gerencias de Administración y de Rentas y, asimismo, a la Jefatura de Ejecución Coactiva. POR CUANTO Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTÍN PRINCIPE LAINES Alcalde 87263-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Aprueban Reglamento para el Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento de Establecimientos Comerciales, Industriales, de Servicios y otros ORDENANZA Nº 95-MDLCH Chosica, 22 de junio de 2007