Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2007 (22/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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Show: Es todo espectaculo pirotecnico que se realiza en lugares interiores y exteriores, cuando la cantidad de productos pirotecnicos no excede de 40 unidades o su peso no es mayor a 60 Kg. Evento: Es todo espectaculo pirotecnico que se realiza en exteriores cuya cantidad de productos pirotecnicos varia entre 41 y 100 unidades o el peso no sea mayor de 200 Kg. Mega eventos: Es todo espectaculo pirotecnico que se realiza en exteriores cuya cantidad de productos pirotecnicos varia entre 101 y 300 unidades o el peso no sea mayor a 800 Kg. Los lugares publicos exclusivos y permanentes determinados para espectaculos pirotecnicos son los parques, avenidas amplias, lozas deportivas, estadios y otros que reunan condiciones de seguridad, comodidad y evacuacion. Articulo 7º.- Los depositos de productos pirotecnicos se ubicaran en zonas agricolas y eriazas de preferencia, pudiendose tambien encontrar en zonas industriales y comerciales compatibles. Los depositos podran clasificarse en: Deposito clase 01: Su capacidad supera las 100 toneladas metricas. Deposito clase 02: Su capacidad oscila entre el 5 y 100 toneladas metricas. Deposito clase 03: Su capacidad oscila entre 1 a toneladas metricas, generalmente ubicadas en zonas comerciales compatibles. Articulo 8º.- Incorporese en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, el procedimiento administrativo de verificacion municipal para la instalacion de talleres o fabricas de productos pirotecnicos y la realizacion de espectaculos con productos pirotecnicos, conforme al procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 0052006-IN. - Autorizacion de la DICSCAMEC para la instalacion de talleres o fabricas de productos pirotecnicos y la realizacion de espectaculos con dichos productos, presentando ante dicha entidad los siguientes requisitos: - Plan de contingencia y seguridad. - Solicitud. - MORDAZA autenticada de los documentos de las personas naturales y/o juridicas que solicitan la autorizacion respectiva. - MORDAZA autenticada de carne del personal tecnico especializado responsable de la operacion de los productos pirotecnicos. - MORDAZA autenticada de la poliza de seguros contra accidente para los trabajadores, terceras personas y dano a la propiedad. - Verificacion del Informe Tecnico de DICSACAMEC. - Pago del derecho de uso de la MORDAZA Derecho: 1% de la UIT. Aprobacion: 10 dias con silencio administrativo negativo. Responsable: Subgerente de Promocion Empresarial, Turismo y Defensa Civil. Articulo 9º.- La venta directa de productos pirotecnicos se podra efectuar en Ferias Temporales con una duracion de 10 a 20 dias, previa autorizacion de la Secretaria Tecnica de Defensa Civil, perteneciente a la Subgerencia de Promocion Empresarial. Debera asegurarse una distancia de seguridad entre modulo de por lo menos cinco metros. Articulo 10º.- En caso de incumplimiento de la presente Ordenanza se procedera conforme a las disposiciones legales vigentes. DISPOSICIONES FINALES Primera.- En todo lo no previsto, se aplicara supletoriamente lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27718 y 28627 que regulan la fabricacion, importacion, deposito, transporte, comercializacion y uso de productos pirotecnicos, lo establecido por el D.S. Nº 005-2006-IN y la

Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444. Segunda.- Encargar a la Subgerencia de Promocion Empresarial, Turismo y Defensa Civil y a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA el cumplimento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Disponen el embanderamiento, limpieza y pintado de inmuebles en el distrito con motivo del aniversario de la Proclamacion de la Independencia del Peru
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009 -2007-MDPP
MORDAZA MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del titulo IV sobre Descentralizacion, concordante con el articulo II del titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 (Ley Organica de Municipalidades). Que, estando proxima la Celebracion del 186º Aniversario de la Proclamacion de la Independencia del Peru, se debe incentivar la participacion civica de los vecinos de nuestro distrito, para lo cual se debe afirmar el respeto a nuestros simbolos patrios; Estando a las facultades conferidas en el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del distrito de MORDAZA MORDAZA, desde el dia 16 al 31 de MORDAZA del presente ano, en conmemoracion del 186º Aniversario de la Declaracion de la Independencia del Peru. Articulo Segundo.- DISPONER la limpieza y pintado de las fachadas de los predios publicos y privados en la jurisdiccion de MORDAZA Piedra. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Participacion Social y Desarrollo Humano, el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aceptan donacion de cuponeras para la MORDAZA Predial Ejercicio 2007 a favor de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 017-2007/MDSM San MORDAZA, 27 de febrero de 2007

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