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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (03/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 24

El Peruano Lima, domingo 3 de junio de 2007 346434 (1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 16%, 12% y 21% correspondientes al año 1, 2 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. b) Cargo por Volumen de Alcantarillado CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3) CATEGORÍA m3/mes Año 1 (1) Año 2 (1) Año 3 (1)Año 4 Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,084 0,094 0,127 0,127 0,127 Doméstico 0 a 8 0,084 0,094 0,127 0,127 0,127 8 a 20 0,130 0,146 0,197 0,197 0,197 20 a más 0,253 0,283 0,383 0,383 0,383 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a más 0,283 0,317 0,429 0,429 0,429 Industrial 0 a más 0,283 0,317 0,429 0,429 0,429 Estatal 0 a más 0,283 0,317 0,429 0,429 0,429 (1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 16%, 12% y 35,3% correspondientes al año 1, 2 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. 3.- ASIGNACIONES MÁXIMAS DE CONSUMO VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 13 13 15 20 20 B.- Determinación del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicará de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la “Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario”, aprobada mediante Resolución de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS, o por la norma que lo reemplace. 2. Los rangos de consumo respectivos a cada categoría se re fi eren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al límite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el límite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. C.- Determinación del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicará de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la “Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario”, aprobada mediante Resolución de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS ., o por la norma que lo reemplace. 2. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicará sobre el volumen de agua potable registrado por el medidor de consumo de agua potable o por el volumen de la asignación de consumo aplicable. ANEXO N° 2 EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS DE GESTIÓN POR PARTE DE EPS MOYOBAMBA S.R.LTDA. PARA EL PRIMER QUINQUENIO I.- DEFINICIONES Año: Es el período que comprende un año calendario computado desde la entrada en vigencia de la fórmula tarifaria.Indicadores de Gestión : Son los parámetros que permiten la determinación del cumplimiento de las obligaciones de la empresa y por ende el control de su gestión. Queda entendido que los valores de las Metas de Gestión fi jados para estos indicadores son aquellos a que se re fi ere el Anexo 1 de la presente Resolución, los cuales son el resultado de la aprobación de las fórmulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestión. Índice de Cumplimiento Global (ICG): Es el índice que se utiliza para medir el cumplimiento de las Metas de Gestión. Este índice es el resultado de la media aritmética del índice de cumplimiento individual de cada Meta de Gestión a nivel EPS expresado en variación porcentual. n ICI ICGn ii¦ 1 Donde n es el número de Metas de Gestión. Índice de Cumplimiento Individual (ICI): En el caso de las metas de micromedición, agua no facturada, relación de trabajo y conexiones activas de agua potable el ICI se calculará como la diferencia del valor del indicador de gestión obtenido por la empresa y el valor del año base, dividida por la diferencia del valor determinado en la Meta de Gestión menos el valor del año base, expresada en porcentaje: 100) () ( xse ValorAñoBa estión ValorMetaGse ValorAñoBa ido ValorObten ICI   Para el caso de la evaluación de las metas de incremento anual de conexiones de agua potable y de incremento anual de conexiones de alcantarillado, se dividirá el valor acumulado de la Meta de Gestión obtenido por la empresa en los años previos al establecido para el incremento tarifario, entre el valor previsto de esta Meta de Gestión en la presente resolución para el mismo período. 100) #/ #( 1 1x Meta Conexiones Obtenidas Conexiones ICI i in in i¦ ¦ Para el caso de la evaluación de las metas de actualización de catastro y continuidad se procederá a dividir el valor obtenido por la empresa entre el valor de la meta. 100x estión ValorMetaGido ValorObten ICI Para el caso de la evaluación de la meta de presión mínima se procederá a dividir: el valor mínimo obtenido por la empresa entre el valor mínimo de la presión requerida. 100x estión ValorMetaG oObtenido ValorMínim ICI Para el caso de la evaluación de la meta de presión máxima se procederá a dividir: el valor máximo obtenido por la empresa entre el valor máximo de la presión requerida. 100 / x oObtenido ValorMáxim estión ValorMetaG ICI Este cálculo de Índices de Cumplimiento Individual se realizará con respecto a las Metas de Gestión para el año anterior al incremento tarifario. Si la Meta de Gestión se re fi ere a una variable cuya mejora signi fi que la reducción de su valor, es decir, si el valor obtenido es menor al valor del año base (cuando sea aplicable) se considerará un cumplimiento de 0%, y si el valor obtenido es mayor al determinado como Meta de Gestión se considerará un cumplimiento individual de 100%. II.- Incrementos TarifariosLa veri fi cación por el Organismo Regulador del cumplimiento de las Metas de Gestión previstas para cada año autoriza a EPS MOYOBAMBA S.R.Ltda. a aplicar los incrementos de la Fórmula Tarifaria aprobada. El cumplimiento de las Metas de Gestión se evaluará con el Índice de Cumplimiento Global a nivel EPS (ICG). El cálculo del ICG a nivel EPS se obtendrá de los Índices de Cumplimiento Individual (ICI) de las metas de gestión a nivel EPS: incremento de conexiones de agua potable, incremento de las conexiones de alcantarillado, micromedición, agua no facturada, presión máxima, presión mínima, relación de trabajo, conexiones activas de PROYECTO