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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de junio de 2007 346428 Integrado de América Latina, como “Líder para el Desarrollo”, por la trascendencia regional de su labor y su aporte al bienestar de la sociedad latinoamericana; Que, en tal sentido, se le hará entrega de la distinción “Gobernador Enrique Tomás Cresto” instituida por la Federación Argentina de Municipios, la Federación Latinoamericana de Ciudades, Municipios y Asociaciones de Gobiernos Locales y el Club Shalom; Que, el numeral 11) del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que es atribución del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al Concejo Municipal por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; POR UNANIMIDAD:SE ACORDÓ:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del señor Alcalde, Dr. Salvador Heresi Chicoma, a la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del 4 al 8 de junio del presente año, para que se le haga entrega de la distinción “Gobernador Enrique Tomás Cresto” instituida por la Federación Argentina de Municipios, la Federación Latinoamericana de Ciudades, Municipios y Asociaciones de Gobiernos Locales y el Club Shalom. Artículo Segundo.- Encargar al señor Jorge Reynaldo Aguayo Luy, Primer Regidor, el Despacho de Alcaldía, por el tiempo comprendido del 4 al 8 de junio del presente año, período que corresponde al viaje del señor Alcalde. Artículo Tercero.- Dispensar el presente Acuerdo de Concejo del trámite de lectura y aprobación del Acta. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 68073-1 Autorizan viaje del Alcalde a la República de Argentina en representación de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 123–2007-MDSM San Miguel, 31 de mayo de 2007EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;CONSIDERANDO:Que, el Alcalde, Dr. Salvador Heresi Chicoma, ha sido invitado por el Senado de la Nación Argentina para que se le haga entrega de la distinción “Gobernador Enrique Tomás Cresto” instituida por la Federación Argentina de Municipios, la Federación Latinoamericana de Ciudades, Municipios y Asociaciones de Gobiernos Locales y el Club Shalom; Que el Señor Alcalde será reconocido por su aporte al desarrollo integrado de América Latina, como “Líder para el Desarrollo”, por la trascendencia regional de su labor y el aporte al bienestar de la sociedad latinoamericana; Que, dentro del programa de actividades preparado para la ocasión, se han considerado reuniones de trabajo con personalidades e instituciones deportivas privadas de reconocido prestigio, a fi n de intercambiar experiencias y metodologías de trabajo deportivo, en especial con niños y adolescentes, a efectos de optimizar los programas formativos y recreativos que ejecuta la Municipalidad de San Miguel; Que, asimismo coordinará reuniones de trabajo de índole deportivas con autoridades de la ciudad de Buenos Aires, a fi n de lograr convenios o acuerdos que posibiliten el desarrollo deportivo de nuestra comuna;Que, es necesario autorizar el viaje de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Ley Nº 28927 y Ley Nº 28212; RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del Dr. Salvador Heresi Chicoma, Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Miguel, en representación de la Municipalidad Distrital de San Miguel, del 4 al 8 de junio del presente año. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía serán cubiertos con recursos del Presupuesto Municipal correspondiente al Ejercicio 2007, de acuerdo al siguiente detalle; • Pasaje Lima/Buenos Aires/Lima US$ 232.00 • Viáticos (alojamiento, alimentación y otros) US$ 1,000.00• Tarifa Corpac US$ 30.25• Total US$ 1,262.25 Artículo Tercero.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía afectará la Partida especí fi ca Nº 5.3.1120 (Viáticos y Asignaciones) del Presupuesto Municipal vigente. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 68073-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Prorrogan vigencia de Beneficios Tributarios y No Tributarios aprobados mediante la Ordenanza Nº 000016 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000029 Callao, 31 de mayo de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 31 de mayo de 2007; Aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley;