Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2007 (03/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, la Comision de Servicios es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones segun el nivel de MORDAZA, grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que estan directamente relacionadas con los objetivos institucionales; Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002PCM, se aprueban normas complementarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos o de cualquier persona en representacion del Estado; Que, mediante Carta s/n, de fecha 3 de MORDAZA del 2007, la Directora del Proyecto para Mejoramiento de Educacion Basica en MORDAZA ­ PROMEB de AGRITEAM CANADA CONSULTING LTD, hace llegar la invitacion al Senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, para participar en una mision a Canada para estar presente en la Reunion del Comite de Orientacion del Proyecto para Mejoramiento de Educacion Basica en MORDAZA ­ PROMEB, a realizarse del 16 al 25 de junio del 2007 en las provincias de Quebec, Notario y MORDAZA de la Republica de Canada; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Extraordinaria Nº 04-2007, celebrada el dia 21 de MORDAZA del 2007, en la MORDAZA de MORDAZA, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley Nº 27680, y Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias Ley Nº 27902; Ley N° 28961 y Ley N° 28968; ACUERDA: Articulo Primero.- Autorizar, el viaje en Comision de Servicio al Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la Republica de Canada, durante los dias 14 al 27 del mes de junio del 2007, para participar de la invitacion realizada por AGRITEAM CANADA CONSULTING LTD., y asistir a la Reunion del Comite de Orientacion del Proyecto PROMEB. Articulo Segundo.- La participacion del Senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como invitado de AGRITEAM CANADA CONSULTING LTD, no irrogara gastos por concepto de pasajes aereos MORDAZA ­ Canada ­ MORDAZA, hospedaje, alimentacion y transporte local, que seran cubiertos por la entidad auspiciante de la invitacion; a excepcion de los gastos nacionales (Pasaje MORDAZA - MORDAZA ­ MORDAZA y viaticos correspondientes) que seran cubiertos con cargo al Presupuesto del Gobierno Regional Piura. Articulo Tercero.- Los gastos por el pago de las tarifas por uso de aeropuertos asi como otros gastos por efecto de la comision autorizada por el presente Acuerdo Regional y que no son cubiertos por la Entidad auspiciante de la invitacion, seran asumidos por el Gobierno Regional MORDAZA, hasta por el importe de un mil quinientos dolares americanos (US$. 1,500.00) sobre los cuales se debera efectuar la rendicion de gastos, acorde con la normatividad vigente. Articulo Cuarto.El Presidente del Gobierno Regional MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al retornar de su viaje, presentara al Consejo Regional un Informe de las actividades realizadas durante su estancia en la Republica de Canada. Articulo Quinto.Disponer, la publicacion del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Registrese, Publiquese y Cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional 67815-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Regulan Regimen y Procedimiento para el Pago en Especie de Deudas Tributarias
ORDENANZA Nº 227-MDJM MORDAZA MORDAZA, 29 de MORDAZA del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; Visto, el Dictamen N° 012-2007-CPEP/MJM de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 037-MDJM del 8 de setiembre del 2000, modificada por Ordenanza Nº 089MDJM del 19 de febrero del 2002, la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA el pago mediante bienes y servicios de sus deudas tributarias y no tributarias. Que, el articulo 13º del Decreto Legislativo Nº 953, incorporo el MORDAZA y setimo parrafo del articulo 32 del Codigo Tributario, estableciendo un MORDAZA MORDAZA legal para el pago en especie de deudas tributarias de los Gobiernos Locales, limitando esta facultad respecto a los impuestos municipales que dichos entes administran. Que, resulta necesario establecer una nueva regulacion municipal para el pago en especie de las deudas tributarias de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, a fin de brindar las mayores facilidades a los vecinos y administrados y disminuir los niveles de morosidad en el distrito. Teniendo en consideracion lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL REGIMEN Y PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO EN ESPECIE DE DEUDAS TRIBUTARIAS Articulo 1º.- FINALIDAD.- La presente Ordenanza tiene por finalidad regular el procedimiento para el pago en especie de los tributos administrados por la Municipalidad de MORDAZA Maria. Articulo 2º.- AMBITO DE APLICACION.- Quedan comprendidas en el ambito de aplicacion de la presente MORDAZA las deudas generadas por concepto de Tasas y Contribuciones administradas por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, cualquiera sea el estado en que se encuentren. Excepcionalmente las deudas generadas por Impuestos Municipales, podran extinguirse a traves de la dacion en pago de inmuebles desocupados, inscritos en la Oficina Registral de la SUNARP, siempre que se encuentren libres de cargas y gravamenes. Articulo 3º.- DE LA DEUDA.- La deuda en conjunto debera ser igual o mayor a una (1) UIT, y estara constituida por el tributo mas los intereses calculados a la fecha de admision de la solicitud. Articulo 4º.- PAGO EN ESPECIE.- Se entiende por pago en especie, el que se realiza mediante la dacion en pago de bienes muebles e inmuebles, destinada a la cancelacion total o parcial de la deuda tributaria

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