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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de junio de 2007 346429 Que, a través de la Ordenanza Municipal N° 000016 de fecha 15 de marzo de 2007, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 1 de abril de 2007, se aprobó en la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao, el Régimen de Bene fi cios Tributarios y No Tributarios denominado “Cumple con el Callao”, el mismo que comprende diversos bene fi cios para el cumplimiento de las obligaciones del Impuesto Predial, Impuesto Vehicular, Impuesto a la Alcabala, Multas Tributarias, Fraccionamientos Tributarios y Arbitrios Municipales al 31 de diciembre de 2006, así como las Resoluciones de Multas Administrativas impuestas hasta dicho ejercicio; Que, a la fecha es conveniente continuar dando facilidades a los contribuyentes a fi n que cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias y no tributarias pendientes de pago, por lo que es necesario prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 000016 de fecha 15 de marzo de 2007, hasta el 27 de junio del 2007; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 9° numeral 8) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Provincial del Callao ha dado lo siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA PRORROGA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 000016 DEL 15 DE MARZO DEL 2007 Artículo Primero.- Prorróguese la vigencia de los Bene fi cios Tributarios y No Tributarios contemplados en la Ordenanza Municipal N° 000016 de fecha 15 de marzo de 2007, hasta el 27 de junio del 2007. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 68171-1 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Autorizan viaje de Alcalde a EE.UU. para asistir a la XIII Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales ACUERDO Nº 010-014/2007 EL CONCEJOEn sesión ordinaria de fecha 15 de mayo CONSIDERANDO: Que entre el 11 y 14 de junio de los corrientes, se llevará a cabo, en la ciudad de Miami la Décimo Tercera Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales cuyo tema es: “Construyendo el Municipio Competitivo: Cooperación Nacional, Regional y Local para el Desarrollo Económico”, organizado por el gobierno del Condado Miami-Dade y la Universidad Internacional de La Florida. Que, siendo la reunión de autoridades locales, gobernadores, diputados y senadores, altos funcionarios gubernamentales, miembros de juntas municipales, funcionarios de alto rango de organismos multilaterales y de gobiernos nacionales así como organizaciones no gubernamentales y académicos para discutir temas de importancia que hacen al fortalecimiento de los gobiernos locales en el hemisferio, resulta siendo importante la participación de nuestro Sr. Alcalde toda vez que en dicho evento la e fi ciencia en el desempeño de los gobiernos locales se convierte en un tema central para el bienestar económico y físico de los ciudadanos, sirviendo la Conferencia para explorar la importancia de establecer una nueva visión y cómo convertirla en realidad, trabajando en colaboración con todos los sectores de la sociedad con miras a resolver los urgentes problemas del distrito. De conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidad y el D.S. Nº 047-2002-PCM, se acuerda lo siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Punta, Sr. Wilfredo Duharte Gadea a la ciudad de Miami entre los días 11 y 14 de junio del presente año a fi n que asista a la XIII Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente Acuerdo serán con cargo a la partida presupuestal correspondiente para el año fi scal 2007, de acuerdo al siguiente detalle: PASAJES US$ 937.71 VIATICOS US$ 1,100.00TARIFA UNICA DE USO DE AEROPUERTO US$ 85.00INSCRIPCIÓN AL CONGRESO US$ 250.00 Artículo Tercero.- El presente acuerdo no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Artículo Cuarto.- Encárguese a la Secretaría General, a la Gerencia Municipal y a las Gerencias de Administración y Finanzas y Presupuesto y Plani fi cación el fi el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 67281-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS CHICO Aprueban contratación de empresa para que brinde el servicio de Asesoría Especializada en Defensa Judicial y Asesoría en Gestión de Cobranza Coactiva a la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2007/MDPCH Pampas Chico, 6 de marzo de 2007VISTO, el Acuerdo de Concejo Nº 111-2006/MDPCH, mediante la cual se aprueba la exoneración del proceso en la contratación de los servicios de Asesoría Especializada en Defensa Judicial y Asesoría en Gestión de Cobranza de Deuda No Tributaria, mediante la modalidad de Servicios Personalísimos; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 113-2006/ MDPCH, se nombró un Comité Especial encargado de evaluar y seleccionar, para la contratación, de una persona natural o jurídica especializada, que brinde Servicio de Asesoría Especializada en Defensa Judicial y Asesoría en Gestión de Cobranza Coactiva, bajo la modalidad de Contratación de Servicios Personalísimos por exoneración; Que, el Comité Especial de la Municipalidad Distrital de Pampas Chico, en su Informe Nº 003-2007-MDPCH-CE, luego de concluir con el proceso de evaluación y selección, mediante la Modalidad del Proceso de Exoneración Nº 001-2007-MDPCH-CE, propone la contratación para la asesoría especializada en defensa