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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de junio de 2007 346463 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Ecuador y Chile para participar en diversos eventos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 399-2007 DE/SG Lima, 2 de junio de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímiles (DGS) Nº 351 de fecha 11 de abril de 2007 y Nº 582 de fecha 17 de mayo de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Ecuador y Chile, sin armas de guerra; Que, mediante O fi cio Nº PCD-300-223-2007- PRODUCE/IMP de fecha 28 de mayo de 2007, el Presidente del Consejo Directivo del IMARPE informa que la Comisión Permanente del Pací fi co SUR-CPPS ha organizado la XI Reunión del Grupo Mixto de Trabajo COI-OMM-CPPS sobre las investigaciones relativas a El Niño” y la “Primera Reunión de la Alianza Regional para el Sistema Mundial de los Océanos – GRASP”, en la que participará personal militar de las Repúblicas de Ecuador y Chile; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Instituto del Mar del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Ecuador y de Chile, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 4 al 10 de junio de 2007, para participar en la XI Reunión del Grupo Mixto de Trabajo COI-OMM-CPPS sobre las investigaciones relativas a El Niño” y la “Primera Reunión de la Alianza Regional para el Sistema Mundial de los Océanos – GRASP”. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 68768-1 Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio de rehabilitación y mantenimiento preventivo de ascensores RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 401-2007 DE/SG Lima, 4 de junio de 2007Vistos, el O fi cio Nº 461-2007-MINDEF/VAAE/DTA/OA de fecha 17 de mayo de 2007, de la Dirección Técnica de Administración del Ministerio de Defensa; el Informe Nº 098-2007/MINDEF/VAAE/DTA/OA de fecha 17 de mayo de 2007, ampliado mediante Informe Nº 102-2007/MINDEF/VAAE/DTA/OA de fecha 24 de mayo de 2007, de la O fi cina General de Administración; el O fi cio Nº 657- VAAE/A/01 de fecha 17 de mayo de 2007, de la Directora Técnica de Economía y, el O fi cio Nº 1278 MD-OAJ de fecha 18 de mayo de 2007, del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa. CONSIDERANDO:Que, con fecha 17 de mayo de 2007, el Ministerio de Defensa suscribió un contrato de comodato con el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Fuerza Aérea del Perú, a fi n de que esta última ceda en uso al Ministerio de Defensa, parte de los pisos del inmueble ubicado en la Avenida La Peruanidad s/n, Jesús María, estableciéndose que la Unidad Ejecutora 001: Administración General se encargue de ejecutar las áreas de uso común del mencionado inmueble; Que, el inmueble en cuestión, cuenta con diez (10) ascensores de la marca Schindler, dos (2) de los cuales se encuentran operativos con las mismas características de fabricación que data del año 1985, y que vienen recibiendo el correspondiente mantenimiento por parte de la empresa Ascensores Schindler del Perú S.A; mientras que los ocho (8) ascensores de pasajeros restantes, se encuentran paralizados completamente, no habiendo recibido ningún tipo de mantenimiento preventivo ni correctivo desde que fueron instalados; Que, la citada empresa recomienda efectuar la rehabilitación de la tecnología de los diez (10) ascensores en mención, cambiando los motores generadores de corriente contínua que alimentan a los motores principales, por paneles de comando denominado “Control MX DC”, accionado por conversores estáticos y control electrónico con microprocesadores, los cuales trabajarán con los motores principales; así como realizar el mantenimiento preventivo de los equipos existentes; Que, en atención que el citado inmueble será la nueva sede del Ministerio de Defensa, se hace necesario que el mismo cuente con una infraestructura adecuada y segura que permita el normal desarrollo de las actividades de la Entidad; y siendo que los actuales ascensores de marca Schindler no reúnen las condiciones antes descritas, es de interés del Ministerio su rehabilitación que permita garantizar el adecuado funcionamiento y la máxima seguridad a los usuarios; Que, la empresa Ascensores Schindler del Perú S.A. es la única compañía en el Perú, que posee la representación de la marca Schindler, en todo lo relacionado a la distribución, instalación, mantenimiento y reparaciones de ascensores, con su propio personal cali fi cado, con repuestos legítimos y esquemas eléctricos y mecánicos, conforme se veri fi ca del Certi fi cado de Exclusividad 2007 presentado; Que, en tal sentido, la O fi cina General de Administración, a través del Informe Nº 098-2007/MINDEF/VAAE/DTA/OA de fecha 17 de mayo de 2007, ampliado mediante Informe Nº 102-2007/MINDEF/VAAE/DTA/OA de fecha 24 de mayo de 2007, tomando en consideración que la empresa Ascensores Schindler del Perú S.A, es una empresa especializada con mano de obra cali fi cada con acreditación de su representación exclusiva en el país para vender los repuestos partes y piezas originales, así como contar con el personal cali fi cado para ascensores de su tecnología; y, atendiendo a que la necesidad de la Entidad referente a la rehabilitación de los ascensores no puede ser satisfecha por otros proveedores, tanto por el respaldo y garantía para la ejecución de dicho servicio como por los equipos a suministrar, recomienda la exoneración del correspondiente proceso de selección para la contratación del servicio de rehabilitación y mantenimiento preventivo de los ascensores, por la causal de proveedor único y de bienes o servicios que no admiten sustitutos, contemplado en el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, conforme al artículo 20º del citado Texto Único Ordenado, las exoneraciones se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego requiriendo un informe técnico- legal previo y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano, con excepción de los casos que revistan el