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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de junio de 2007 346470 7.3. Análisis de impactos socioeconómicos. 7.3.1. Metodología. 7.3.2. Identi fi cación de impactos sociales potenciales. 7.3.3. Evaluación de impactos resultantes.7.3.4. Criterios de clasi fi cación. 7.4. Evaluación de impactos socioeconómicos.7.4.1. Empleo e ingresos. 7.4.1.1. Generación de puestos de trabajo e ingresos asociados al Proyecto propuesto. 7.4.2. Desarrollo local.7.4.2.1. Economía local. 7.4.2.2. Expectativas con respecto a los bene fi cios del Proyecto propuesto. 7.4.3. Comunicación y transporte.7.4.3.1. Vías de acceso, transporte público y comunicaciones. 7.4.3.2. Seguridad vial. 7.4.4. Manejo ambiental.7.4.4.1. Calidad de agua. 7.4.4.2. Expectativas con respecto a los potenciales impactos negativos ambientales del Proyecto propuesto. 7.4.5. Crecimiento e incremento poblacional.7.4.5.1. Cambios de hábitos y costumbres. 7.4.5.2. Orden público y seguridad. 8.0. Plan de manejo ambiental8.1. Introducción. 8.2. Objetivos.8.3. Medidas de prevención y mitigación para los impactos ambientales potenciales identi fi cados. 8.4. Plan de manejo para el transporte.8.5. Plan de manejo del agua.8.6. Plan de manejo de residuos sólidos.8.7. Plan de manejo de materiales y sustancias peligrosas. 8.7.1. Introducción. 8.7.2. Objetivos.8.7.3. Justi fi cación. 8.7.4. Marco legal.8.7.5. Marco general de referencia.8.7.6. Principios.8.7.7. Ámbito de aplicación.8.7.8. Combustible.8.7.9. Aceites y Grasas.8.7.10. Reactivos y/u otros insumos principales.8.7.11. Consideraciones generales para el manejo de sustancias y materiales peligrosos. 7.7.13 Capacitación. 8.8. Plan de seguridad y salud ocupacional. 8.9. Plan de contingencias. 8.9.1. Introducción. 8.9.2. Objetivos.8.9.3. Alcance del plan de contingencias.8.9.4. Marco legal especí fi co. 8.9.5. De fi niciones. 8.9.6. Organización del sistema de respuesta a contingencias. 8.9.7. Formación y organización de brigadas - Capacitación y simulacros. 8.9.8. Identi fi cación de áreas de riesgo. 8.9.9. Procedimientos de comunicación.8.9.10. Niveles de toma de decisión en función a la magnitud de las contingencias. 8.9.11. Medidas preventivas para derrames u otras contingencias identi fi cadas. 8.9.12. Procedimientos de respuesta.8.9.13. Evaluación de las contingencias.8.9.14. Cartillas de respuesta ante contingencias.8.9.15. Procedimientos para revisión y actualización del Plan.8.10. Plan de monitoreo ambiental. 8.10.1. Criterios. 8.10.2. Calidad del aire.8.10.3. Agua super fi cial y e fl uentes. 8.10.4. Aguas subterráneas.8.10.5. Monitoreo biológico. 9.0. Plan de Cierre conceptual.9.1. Introducción. 9.2. Objetivos del Plan de Cierre de la Planta y de los depósitos de lodos residuales. 9.3. Criterios del cierre.9.4. Componentes principales del Plan de Cierre de la Planta y de los depósitos de lodos residuales y rehabilitación. 9.5. Actividades de cierre. 10.0. Análisis costo-bene fi cio. 10.1. Metodología. 10.2. Antecedentes. 10.2.1. Identi fi cación y descripción de los impactos adversos. 10.3. Resultados de la evaluación costo-bene fi cio. 10.3.1. En el nivel local. 10.3.2. En el nivel regional y nacional. 11.0. Conclusiones y recomendaciones. 12.0. Referencias bibliográ fi cas y sustentos. 68753-1 Nombran Peritos Mineros en el ámbito nacional RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 112-2007-MEM/DGM Lima, 4 de junio de 2007VISTO, el O fi cio del 1 de Junio de 2007, de la Comisión Evaluadora de Peritos Mineros; constituida por Resolución Directoral N° 032-2007-MEM/DGM, por el cual se pone en conocimiento de la Dirección General de Minería los resultados de la evaluación de los postulantes para ser nominados Peritos Mineros en el ámbito nacional; CONSIDERANDO: Que, el articulo 4° del Reglamento de Peritos Mineros aprobado por Decreto Supremo N° 017-96-EM, modi fi cado por Decreto Supremo N° 050-2002-EM; establece que, por resolución de la Dirección General de Minería se nominará a los Peritos Mineros; Que, la Comisión Evaluadora ha realizado el procedimiento de revisión de los expedientes presentados por los profesionales postulantes para el periodo 2007-2008 y ha informado los resultados de la evaluación; De conformidad con lo establecido en el inciso m) del artículo 101° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Nominar como Peritos Mineros en el ámbito nacional, por el periodo 2007-2008 a los profesionales incluidos en la relación contenida en el anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2°.- Los Peritos Mineros nominados se sujetarán estrictamente al Reglamento de Peritos Mineros aprobado por Decreto Supremo N° 017-96-EM, modi fi cado por Decreto Supremo N° 050-2002-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO RODRIGUEZ MUÑOZ Director General de Minería