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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (13/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de junio de 2007 347075 Que, de acuerdo a la Opinión Técnico Legal del Visto, la O ficina de Asesoría Legal opina que dicho Proceso de Selección se declare DESIERTA, en consecuencia ABIERTA la invitación a un postor de conocida reputación para la adquisición de pasajes aéreos Andahuaylas – Lima – Andahuaylas, recomendando autorizar la EXONERACIÓN por 45 días, para que dentro de dicho plazo se convoque nuevamente a Proceso de Selección; Estando al acuerdo en Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora del 8 de mayo del presente año; Por estos considerandos y en uso de las atribuciones, facultades y Autonomía Universitaria que le con fiere el Artículo 18º de la Constitución Política del Estado, la Ley Universitaria Nº 23733, Ley Nº 28372 que crea la Universidad Nacional “José María Arguedas” de Andahuaylas y por Resolución Nº 280-2006-CONAFU que autoriza el funcionamiento provisional de la Universidad, y con los vistos del Vicepresidente Académico y el Vicepresidente Administrativo; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR DESIERTA el Proceso de Selección ADS Nº 0001-2007- UNAJMA/CEA, Servicio de Venta de Pasajes Aéreos Andahuaylas – Lima – Andahuaylas para la Universidad Nacional José María Arguedas, en consecuencia ABIERTA LA INVITACIÓN a postores de reconocida reputación; Artículo Segundo.- AUTORIZAR LA EXONERACIÓN por 45 días a fin de que dentro de dicho plazo, el Comité Especial de Adquisiciones convoque nuevamente a Proceso de Selección. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General de la Universidad para que formalice la noti ficación del presente acto administrativo, a cada una de las instancias correspondientes, para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y archívese.GERMÁN H. RIVERA OLIVERA PresidenteComisión Organizadora 71269-1 UNIVERSIDAD NACIONAL “JOSÉ MAR ÍA ARGUEDAS” COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN N° 0133-2007-CO-UNAJMA Andahuaylas, 24 de mayo del 2007VISTO: La Opinión Técnico Legal Nº 09-2007-AL- UNAJMA del 21 de mayo de 2007, procedente de la Oficina de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 28372 del 1 de noviembre de 2004, se crea la Universidad Nacional “José María Arguedas” con sede en la provincia de Andahuaylas, Región Apurímac; y por Resolución Nº 280-2006-CONAFU del 25 de agosto de 2006, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades, autoriza el funcionamiento provisional de la Universidad Nacional “José María Arguedas”; Que, por Resolución Nº 285-2006-CONAFU del 25 de agosto de 2006, del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades, se reconoce a la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional “José Maria Arguedas”, la misma que inició sus actividades institucionales el 1 de septiembre de 2006, para implementar el funcionamiento de la misma; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 53º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del estado, el señor Vicepresidente Administrativo, mediante Memorandum Nº 027-2007-VP/ADM-UNAJMA de fecha 18 de abril de 2007 aprueba las Bases para los procesos de Selección de Menor Cuantía de: Nº AMC – 003-2007-UNAJMA/CPA “Alquiler de inmueble para oficinas administrativas”; Nº AMC-004-2007-UNAJMA/CPA “Alquiler de vehículos para uso o ficial de autoridades” ; Nº AMC-005-2007-UNAJMA/CPA “Alquiler de inmueble para O ficinas del Centro Pre Universitario”; Que, mediante Informe Nº 003-2007-UNAJMA/CEA el Comité Especial de Adquisiciones informa, que al no haberse recepcionado ninguna propuesta, el Comité en pleno declara éstos procesos de Selección por Adjudicación Directa Selectiva Nº AMC-003-2007-UNAJMA /CPA, Nº AMC.004-2007-UNAJMA/CPA y Nº AMC-005-2007-UNAJMA/CPA como Desierta; Que, de acuerdo a la Opinión Técnico Legal del Visto, la Oficina de Asesoría Legal opina que dichos Procesos de Selección se declare DESIERTA, en consecuencia ABIERTA la invitación a conocidos postores para que participen en dicho Proceso de Selección, recomendando autorizar la EXONERACIÓN por 45 días, para que dentro de dicho plazo se convoque nuevamente a Proceso de Selección; Estando al acuerdo en Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora del 23 de mayo del presente año; Por estos considerandos y en uso de las atribuciones, facultades y Autonomía Universitaria que le con fiere el Artículo 18º de la Constitución Política del estado, la Ley Universitaria Nº 23733, Ley Nº 28372 que crea la Universidad Nacional “José María Arguedas” de Andahuaylas y por Resolución Nº 280-2006-CONAFU que autoriza el funcionamiento provisional de la Universidad, y con los vistos del Vicepresidente Académico y el Vicepresidente Administrativo; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR DESIERTA los Procesos de Selección Nº AMC – 003-2007-UNAJMA/CPA “Alquiler de inmueble para o ficinas administrativas”; Nº AMC-004-2007-UNAJMA/CPA “Alquiler de vehículos para uso o ficial de autoridades”; Nº AMC-005-2007- UNAJMA/CPA “Alquiler de inmueble para O ficinas del Centro Pre Universitario”; para la Universidad Nacional José María Arguedas, en consecuencia ABIERTA LA INVITACIÓN a postores de reconocida reputación; Artículo Segundo.- AUTORIZAR LA EXONERACIÓN por 45 días a fin de que dentro de dicho plazo, el Comité Especial de Adquisiciones convoque nuevamente a Proceso de Selección. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General de la Universidad para que formalice la noti ficación del presente acto administrativo, a cada una de las instancias correspondientes, para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y archívese. GERMÁN H. RIVERA OLIVERA PresidenteComisión Organizadora 71269-2 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen inscripción del “Primer Programa de Bonos Subordinados Supermercados Peruanos S.A.”, bonos y documentos complementarios en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 056-2007-EF/94.11 Lima, 11 de abril de 2007 VISTO:El Expediente Nº 2006032115 de Supermercados Peruanos S.A. y el Memorando Nº 1063-2007-EF/94.45 del 4 de abril de 2007;