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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (13/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de junio de 2007 347076 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo señalado por el artículo 304 de la Ley General de Sociedades, las sociedades pueden emitir obligaciones que reconozcan o creen una deuda a favor de sus titulares; Que, mediante acuerdos de las juntas universales de accionistas de Supermercados Peruanos S.A. del 26 de septiembre de 2006, 20 de noviembre de 2006 y 28 de marzo de 2007, se aprobó la emisión del “Primer Programa de Bonos Subordinados Supermercados Peruanos S.A.”, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 30 000 000,00 (treinta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional; asimismo, se delegó en el directorio de la sociedad facultades su ficientes: (i) para fijar y establecer los términos y condiciones generales del programa y (ii) para designar a los funcionarios de la sociedad facultados para determinar, negociar y estipular los términos y condiciones especiales de cada una de las emisiones a llevarse a cabo en el marco del programa; asimismo, se otorgaron facultades a los señores Norberto Rossi, en su calidad de Gerente General, y Juan Antonio Rosas Dulanto, en su calidad de Gerente de Finanzas, para que actuando de manera conjunta determinen, negocien y estipulen los términos y condiciones generales del programa que no sean determinados por el directorio o la junta general de accionistas; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas, el Directorio de Supermercados Peruanos S.A. en sesiones del 27 de septiembre y 26 de octubre de 2006 aprobó las condiciones y términos del programa y delegó en el señor Norberto Rossi, en su calidad de Gerente General y en el señor Juan Antonio Rosas Dulanto, en su calidad de Gerente de Finanzas, facultades su ficientes para que actuando de manera conjunta determinen, negocien y estipulen los términos y condiciones especiales de cada una de las emisiones a llevarse a cabo en el marco del programa; Que, Supermercados Peruanos S.A. solicitó la aprobación del trámite anticipado y la inscripción del “Primer Programa de Bonos Subordinados Supermercados Peruanos S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de US$ 30 000 000,00 (Treinta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en Nuevos Soles; así como la inscripción de los valores correspondientes a la primera emisión del programa, y el registro de los prospectos correspondientes en el Registro Público del Mercado de Valores. Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha determinado que Supermercados Peruanos S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, el artículo 2, numerales 2) y 3), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios, al registro de prospectos informativos correspondientes a programas de emisión y a la aprobación de trámites anticipados relativos a la inscripción de valores mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario O ficial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53 y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, así como a lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV de fecha 6 de abril de 1999, que faculta al Gerente General para aprobar trámites anticipados, disponer la inscripción de valores y el registro de prospectos derivados de trámites anticipados. SE RESUELVE :Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, inscribir el “Primer Programa de Bonos Subordinados Supermercados Peruanos S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de US$ 30 000 000,00 (Treinta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en Nuevos Soles, y disponer el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Inscribir los bonos subordinados correspondientes a la emisión denominada “Primera Emisión del Primer Programa de Bonos Subordinados Supermercados Peruanos S.A.”, hasta por un monto máximo de US$ 12 000 000,00 (Doce millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) y registrar el complemento del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- En tanto Supermercados Peruanos S.A. mantenga su condición de entidad cali ficada y se trate de la emisión de valores típicos, la inscripción de los valores y el registro de los prospectos a utilizar en el marco del programa al que se re fiere el artículo 1 de la presente resolución, se podrán entender realizados en la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución. En su defecto, la inscripción de los valores y el registro de los prospectos correspondientes se sujetarán a lo dispuesto en el artículo 14, inciso b), numeral 2), del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Artículo 4º.- La oferta pública de los bonos a que se refiere el artículo anterior deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y, de ser el caso, en el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Siempre y cuando los plazos del programa y del trámite anticipado no hayan culminado, la colocación de los valores a los que se re fiere el presente artículo se podrá efectuar en un plazo que no excederá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de recepción de documentos a la que se refiere el artículo 14 literal b), numeral 1, del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios; o, de ser el caso, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 5º.- La aprobación, inscripción y el registro a los que se re fieren los artículos 1, 2 y 3 de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en tales valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 6º.- Publicar la presente resolución en el Diario O ficial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 7º.- Transcribir la presente resolución a Supermercados Peruanos S.A., en su calidad de emisor; al Banco de Crédito del Perú, en su calidad de representante de los obligacionistas; a Banco Internacional del Perú S.A.A.- Interbank, en su calidad de estructurador; a Centura Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador de la primera emisión; a Cavali S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS RIVERO ZEVALLOS Gerente General (e)Comisión Nacional Supervisorade Empresas y Valores 48057-1 CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de soporte técnico para productos Oracle CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 315-2007-CONSUCODE/PRE Jesús María, 8 de junio de 2007 VISTO: El Informe Nº 039-2007/OAF-ULSG de la Unidad de Logística y Servicios Generales; el Informe Nº 071-2007