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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de junio de 2007 347224 DE AMAZONAS, efectúe anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Artículo 2°.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fi scal 2007, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3°.- De conformidad con la Ley Nº 28979, los desembolsos sólo se efectivizarán luego que el GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS presente al Programa Agua Para Todos, el contrato de ejecución de estudios, obra o supervisión del proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otro documento relacionado a componentes aprobados en la viabilidad del proyecto, según corresponda; y de conformidad con los artículos 237º, 243º, 246º y demás normas pertinentes del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremos Nº 084-2004-PCM que le sean aplicables. El cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B podrá ser materia de modi fi cación en función de los resultados de la ejecución del proyecto, así como por factores externos no previsibles. El cronograma actualizado (o modifi cado) deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua para Todos. Artículo 4º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio Especí fi co para el fi nanciamiento del proyecto de saneamiento a suscribirse para tal efecto entre el GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.Artículo 5º.- El Programa Agua para Todos es responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 4º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del proyecto contenido en el mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTOS DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS COD SNIP PROYECTOSTIPO DE EJECUCION PRESU- PUESTARIAMONTO APROBADO S/. PPTO. PIM 2007TRANS. FINANC. 5545AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO Y CONSTRUCCION DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS DE LA CIUDAD DE BAGUA GRANDEINDIRECTA 13,147,026.00 13,147,026.00 TOTAL 13,147,026.00 13,147,026.00 COD SNIP PROYECTOSTIPO DE EJECUCION PRESU- PUESTARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO TRANSF. FINAL MES 01 MES 02 MES 03 MES 04 MES 05 MES 06 MES 07 MES 08 MES 09 MES 10 MES 11 MES 12 5545AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO Y CONSTRUCCION DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS DE LA CIUDAD DE BAGUA GRANDEINDIRECTA 385,280.00 7,657,047.60 153,140.95 255,234.92 408,375.87 765,704.76 1,327,221.58 612,563.81 765,704.76 408,375.87 255,234.92 153,140.96 13,147,026.00 TOTAL 385,280.00 7,657,047.60 153,140.95 255,234.92 408,375.87 765,704.76 1,327,221.58 612,563.81 765,704.76 408,375.87 255,234.92 153,140.96 13,147,026.00 Administración Indirecta : El primer desembolso se iniciara con la suscripción del contrato de obra.ANEXO B PROYECTOS DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS 73070-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 180-2007-VIVIENDA Lima, 8 de junio de 2007 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es función del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, asimismo, el literal I) del artículo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, mediante Ley Nº 28927, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, incorporado al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con Resolución Ministerial Nº 505-2006-VIVIENDA por la suma de UN MIL TREINTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 036 801 539, 00) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el literal g) del artículo 5º de la Ley Nº 28927 dispone que para los casos de ejecución de proyectos a través de transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto para cuyo efecto deberá suscribirse previamente, convenios; y