Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2007 (15/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de junio de 2007

capital del credito excede el monto senalado, requerira autorizacion de la Superintendencia. h) Continuar las acciones para una efectiva y oportuna recuperacion de los creditos otorgado por dicho banco, asi como para el cobro de los reaseguros y coaseguros, en caso corresponda. i) Otorgar los documentos de cancelacion y levantamiento de garantias que se requieran, de acuerdo a ley. j) Transferir, parcial o totalmente, en venta o administracion, la cartera de colocaciones a una o mas personas. k) Suscribir los Balances y los Estados Financieros, asi como toda la documentacion que se presente a esta Superintendencia, para su aprobacion. l) Ordenar los pagos a los acreedores conforme a la prelacion establecida. m) Abrir y cerrar cuentas corrientes y de ahorros, MORDAZA a plazo o no, obtener certificados y realizar todo otro MORDAZA de depositos e imposiciones; sobre las cuentas corrientes, de ahorros y de plazo; girar cheques sobre los saldos acreedores; emitir los documentos que fueren requeridos para realizar depositos y/o retiros; abrir, desdoblar y cancelar los certificados a plazo, cobrarlos, endosarlos, y retirarlos; y en general, efectuar toda clase de operaciones que conlleven al cumplimiento del objeto de la liquidacion. n) En tanto no exista una posibilidad de venta de los bienes, estos podran ser objeto de arrendamiento, suscribiendo para tales efectos los documentos e instrumentos publicos o privados que MORDAZA necesarios; cuidando que no se afecte el objeto de la liquidacion. o) Iniciar procesos judiciales y continuar con los iniciados indistintamente por dicho banco en contra de terceros. p) Mantener los recursos liquidos de la liquidacion en empresas de operaciones multiples clasificadas en las categorias "A" o "B", segun la MORDAZA vigente sobre la materia. q) Usar el sello de la empresa; expedir y retirar la correspondencia, cualquiera sea su naturaleza. r) Realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que considere pertinentes para el desarrollo de sus labores y el mejor cumplimiento de las acciones que le han sido encomendadas. A tal fin, el liquidador encargado de administrar el MORDAZA liquidatorio del banco, cuenta con todos los poderes necesarios para cumplir las funciones que les corresponden por el solo hecho de firmar los contratos correspondientes. Cuenta con todas las facultades generales y especiales para litigar, contenidas en los articulos 74º y 75º del Codigo Procesal Civil, gozando estos poderes de las prerrogativas senaladas en el articulo 368º de la Ley General. Adicionalmente, podra delegar facultades para el mejor desarrollo de sus actividades. s) Las demas acciones necesarias para realizar su labor de administracion de la liquidacion, asi como las que la Superintendencia autorice. La descripcion de las facultades tiene un caracter enunciativo y no limitativo, siendo extensivas a todos los actos que se requieran para ejecutarlas eficazmente. La persona encargada del MORDAZA liquidatorio, debera observar lo dispuesto por el Reglamento de los Regimenes Especiales y de la Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado por Resolucion SBS Nº 455-99 de fecha 25 de MORDAZA de 1999, asi como en sus disposiciones modificatorias y complementarias. Articulo Segundo.- Revocar todos aquellos poderes conferidos al Estudio MORDAZA Abogados S.C.R.L, como persona juridica liquidadora del Banco Republica en Liquidacion, en consecuencia dejar sin efecto la Resolucion SBS Nº 1075-2003 de fecha 14 de MORDAZA de 2003, por medio de la cual se otorgaron dichos poderes. Articulo Tercero.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General, la suscripcion del contrato de locacion de servicios con el MORDAZA liquidador del Banco Republica en Liquidacion. Articulo Cuarto.- Encargar al MORDAZA Liquidador del Banco Republica en Liquidacion, los tramites pertinentes

ante los Registros Publicos, a fin de inscribir la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y transcribase a Registros Publicos para su correspondiente inscripcion. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 73358-1

UNIVERSIDADES
Autorizan viaje de representante de la Universidad Nacional de Ingenieria a Brasil para participar en el II Encuentro Internacional sobre Educacion Superior
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 662 MORDAZA, 7 de junio de 2007 Vista la invitacion formulada por los representantes de las Redes e Instituciones de Educacion Superior de MORDAZA Latina para participar en el II Encuentro Internacional sobre Educacion Superior ­ "La Universidad Latinoamericana en el Siglo XXI: Internacionalizacion, Innovacion y Responsabilidad Social"; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 126-Decanato FIEE 2007 de fecha 04 de junio del 2007, el Decano (a.i.) de la Facultad de Ingenieria Electrica y Electronica de la Universidad Nacional de Ingenieria solicita se autorice el viaje en Mision Oficial a la MORDAZA de Sao MORDAZA - Brasil del 17 de junio al 25 de junio del 2007, para asistir al II Encuentro Internacional sobre Educacion Superior ­ "La Universidad Latinoamericana en el Siglo XXI: Internacionalizacion, Innovacion y Responsabilidad Social", que se llevara a cabo en la Universidad do Vale do Paraiba ­ UNIVAP, Sao MORDAZA Dos MORDAZA ­ Sao MORDAZA, Brasil; Que, el II Encuentro Internacional sobre Educacion Superior se enmarca en el VIII Encuentro Internacional sobre Educacion, Formacion Profesional, Innov@cion y Cooperacion Virtual Educa, al que igualmente se encuentra invitado el Decano (a.i.) de la Facultad de Ingenieria Electrica y Electronica, el mismo que se llevara a cabo del 18 al 22 de junio del 2007 en Sao MORDAZA Dos MORDAZA ­ Sao MORDAZA, Brasil; coordinandose a su vez para el dia 25 de junio del 2007, la visita a la Universidad Federal de Rio de Janeiro; Que la Ley Nº 27619 regula la autorizacion de viajes al exterior de los funcionarios y servidores publicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Publico y que se encuentren comprendidos en las entidades publicas sujetas al ambito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, dispositivo legal que se encuentra regulado por el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM del 5 de junio del 2002; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 52°, Inc. c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en Mision Oficial a la MORDAZA de Sao MORDAZA - Brasil, en el periodo comprendido entre el 17 de junio al 25 de junio del 2007, en representacion de la Universidad Nacional de Ingenieria, al Decano (a.i.) de la Facultad de Ingenieria Electrica y Electronica Ing. Frans MORDAZA MORDAZA, en atencion a la invitacion formulada por el Rector de la Universidad do Vale do Paraiba ­ UNIVAP y el Presidente de la Asociacion Virtual Educa Brasil (AVEB), conjuntamente

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