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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (28/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de junio de 2007 348035 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: El Informe Nº 140-2007-GDU/MC, de fecha 31 de mayo del 2007 de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Nº 259-2007-SGTT-GDU/MC de fecha 23 de mayo del 2007 de la Subgerencia de Tránsito y Transporte, mediante el cual proponen la aprobación del Reglamento de la Ordenanza Nº 235-C/MC de fecha 16 de mayo del 2007(que suspende la vigencia del articulo 28º de la Ordenanza Nº 011-2000-C/MC, modi fi cada por Ordenanza Nº 178-2005-C/MC, para la Zonal 14). CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 011-2000-C/MC de fecha 14 de abril del 2000 se aprueba el Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en vehículos menores motorizados y no motorizados del distrito de Comas, modi fi cado por las Ordenanzas Nº 047-2002-C/MC, Nº 057-2002-C/MC, Nº 109-2004-C/MC y Nº 178-2005-C/MC. Que, la Ordenanza Nº 178-2005-C/MC de fecha 28 de diciembre del 2005 publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 26 de enero del 2006, modi fi ca el articulo 28º de la Ordenanza Nº 011-2000-C/MC dispone suspender defi nitivamente la autorización de paraderos en zonas rígidas desde la publicación de la presente Ordenanza, manteniendo su vigencia los paraderos otorgados a la fecha de publicación. Suspender de fi nitivamente la ampliación de zonas de Estacionamiento y la incorporación de nuevas unidades que incremente la fl ota vehicular. Que, mediante Ordenanza Nº 235-C/MC de fecha 16 de mayo del 2007 se suspende la vigencia del articulo 28º de la Ordenanza Nº 011-2000-C/MC, modi fi cada por Ordenanza Nº 178-2005-C/MC, para la Zonal 14. Así mismo, se establece que las instituciones que podrán acogerse a este bene fi cio deben estar prestando servicio en la jurisdicción de la zonal 14 y colindantes. Además, establece que dichas instituciones podrán solicitar nuevos paraderos o zonas de estacionamiento e incorporar nuevas unidades a su fl ota vehicular, conforme al reglamento que será aprobado mediante Decreto de Alcaldía. Contando con los vistos buenos del Gerente de Desarrollo Urbano, Gerente de Asuntos Jurídicos y Gerente Municipal; y, de conformidad con la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y el Art. 40º de la Ley Nº 27444 - Ley General de Procedimientos Administrativos. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de la Ordenanza Nº 235-C/MC publicado con fecha 16 de mayo del 2007 en el Diario O fi cial El Peruano “Procedimiento para acogerse a los bene fi cios de la Ordenanza Nº 235- C/MC” que consta 5 Artículos y una Disposición Transitoria que forma parte del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Subgerencia de Tránsito y Transporte. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde REGLAMENTO PARA ACOGERSE A LOS BENEFICIOS DE LA ORDENANZA Nº 235-C/MC FINALIDADES Articulo 1º.- El presente Reglamento establece las Normas Generales para prestar Servicio Público de Transportes Especial de Pasajeros en Vehículos Menores de tres (3) ruedas, motorizados y no motorizados, para la Zonal 14, en virtud de la Ordenanza Nº 235-C/MC. Para su aplicación se entenderá por:Bene fi ciarios: Transportadores autorizados y registrados en la Municipalidad del distrito de Comas, que presten servicio en la Zonal 14 y colindantes. Espacio: Zonal 14 y colindantes (Asociación Pro Vivienda, cabo GRP Juan Linares Rojas, Parcela E, Parcela C y Urbanización El Pinar Parcela D)Transportador Autorizado: Persona jurídica autorizada por la Municipalidad de Comas, para prestar el servicio publico de transporte especial de pasajeros en Vehículos menores, en la Zonal 14 y colindantes. Vehículo Menor: Vehículos de Tres (3) rueda motorizado y no motorizado, especialmente condicionado para el transporte de personas y carga, cuya estructura y carrocería cuenta con elementos de protección al usuario. Conductor: Persona natural con la respectiva Licencia de conducir, debidamente autorizada, por la persona jurídica y la Subgerencia de Tránsito y Transporte de la Municipalidad Distrital, para conducir vehículos menores. Zonas de Estacionamiento: Es el lugar designado o marcado con señales especiales en la vía pública, por la Autoridad Municipal competente (zona de parqueo), para que los vehículos puedan detenerse. Paradero: Zona de la vía pública, técnicamente califi cada, autorizada por la Municipalidad Distrital al transportador (persona jurídica) para prestar el servicio de transporte en vehículos menores, en la cual los referidos vehículos se detienen temporalmente a la espera de pasajeros. GENERALIDADES: BASE LEGALArticulo 2º.- La presente Ordenanza se sustenta en las siguientes Bases legales: a) Ley Nº 27181 Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre ( Articulo 18º Inciso a) b) Ley Nº 27189 Ley de Transporte Público especial de pasajeros en Vehículos Menores c) Ordenanza Nº 011-2000C/MC, modi fi cado por las Ordenanzas Nºs. 47 y 57-2002-C/MC, 109-2004-C/MC, y 178-2005-C/MC. DE LA COMPETENCIA Y ALCANCES:Artículo 3º.- Cobertura de la Ordenanza Nº 235-C/ MC: 3.1- Bene fi ciarios. Transportadores autorizados y registrados en la Municipalidad del distrito de Comas que prestan servicio en la zonal 14 y colindantes. Los mismos que a fi liarán vehículos en su Institución en concordancia al Articulo 4º - 4.3 del presente. 3.2- Espacio de alcance:Zonal 14 y Colindantes (Asociación Pro vivienda Cabo GRP Juan Linares Rojas Parcela E, Parcela C y Urbanización El Pinar Parcela D). Artículo 4º.- Documentos que debe presentar:4.1- Solicitud dirigido al Alcalde acogiéndose a los bene fi cios de la Ordenanza Nº 235-C/MC. En la que solicita autorización de zonas de estacionamiento y/o paraderos para la incorporación de vehículos menores que vienen operando en la zonal 14 y copias de expedientes presentados y que se encuentran en trámite. 4.2- Copia simple de la Resolución del Permiso de Operación vigente. 4.3- Padrón de a fi liados, conductores y vehículos que operan en la zonal 14 y colindantes, empadronados oportunamente por la Subgerencia de Tránsito y Transporte. 4.4- Croquis de ubicación de la zona de estacionamiento y/o paradero solicitado.(De conformidad con la propuesta de la Subgerencia de Tránsito y Transporte para la zonal 14 y colindantes). 4.5- Copia del recibo de pago por Derecho de Inspección Técnica de Zonas de estacionamiento. 4.6- Copia del recibo de pago por Derecho de Inspección Técnica Vehicular por persona jurídica. Artículo 5º.- Plazos para la presentación de la solicitud, subsanación y resolución: 5.1- Plazo para presentación de solicitudes: del día siguiente de su publicación, hasta 5 días hábiles incluyendo éste. 5.2- Plazo para la subsanación documental: 2 días hábiles, contados a partir del día siguiente de presentado la solicitud.