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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (28/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de junio de 2007 348027 artículo 28° de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, Decreto Legislativo N° 276, por ausencias injusti fi cadas por más de tres días consecutivos. Segundo .- Remitir la presente Resolución a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios a efectos de continuar con el proceso administrativo disciplinario respectivo. Tercero.- Conceder a la servidora Elena Irene Suarez Espejo, el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución, a fi n de que presente sus descargos por escrito y las pruebas que estime pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARTURO WOODMAN POLLITT Presidente 77886-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Modifican fecha de Audiencia Pública en el procedimiento para la Revisión del Factor de Productividad Trimestral dispuesta en la Res. Nº 027-2007-CD/OSIPTEL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 032-2007-CD/OSIPTEL Lima, 25 de junio de 2007. EXPEDIENTE : Nº 00002-2006-CD-GPR/TT MATERIA :Revisión del Factor de Productividad / Modi fi cación de la fecha programada para la Audiencia Pública. VISTO: El Informe N° 089-GPR/2007 que recomienda modi fi car la fecha programada para la Audiencia Pública que se realizará dentro del marco del procedimiento para la Revisión del Factor de Productividad Trimestral aplicable a partir del 1 de septiembre de 2007, y la opinión favorable de la Gerencia Legal; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Consejo Directivo N° 127- 2003-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 25 de diciembre de 2003, se aprobó el “Procedimiento para la Fijación y/o Revisión de Tarifas Tope” (en adelante, el Procedimiento), en el cual se establecen los procedimientos que aplicará el OSIPTEL para la fi jación y la revisión de las tarifas tope de servicios públicos de telecomunicaciones; Que conforme a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria del citado Procedimiento, el ámbito de aplicación de dicha norma comprende a la Revisión del Factor de Productividad que se efectúe en virtud de disposiciones tarifarias previstas en los Contratos de Concesión, en tanto no se oponga a dichas disposiciones contractuales; Que mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 065- 2006-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 23 de octubre de 2006, se dio inicio al procedimiento de o fi cio para la Revisión del Factor de Productividad Trimestral, que se aplicará dentro del régimen tarifario de Fórmula de Tarifas Tope a partir del 1 de septiembre de 2007; Que mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 027-2007-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 25 de mayo de 2007, se publicó el Proyecto de Resolución mediante el cual se establecerá el Factor de Productividad Trimestral y su Exposición de Motivos, de fi niéndose un plazo de veinticinco (25) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación del referido proyecto de resolución, para que los interesados remitan sus comentarios y convocándose a Audiencia Pública Descentralizada para el día 3 de julio de 2007; Que de acuerdo a lo establecido en el numeral 6 del artículo 6º del Procedimiento, la Audiencia Pública Descentralizada debe llevarse a cabo con posterioridad al vencimiento del plazo para la recepción de los comentarios y antes de la emisión de la resolución de fi nitiva; Que atendiendo a que el plazo para la recepción de comentarios al Proyecto de Resolución mediante el cual se establecerá el Factor de Productividad Trimestral vence el 3 de julio de 2007, corresponde modi fi car la fecha para la realización de la Audiencia Pública Descentralizada dispuesta en la Resolución de Consejo Directivo Nº 027-2007-CD/OSIPTEL; En aplicación del inciso b) del artículo 75º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión N° 303; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Modi fi car la fecha programada para la realización de la Audiencia Pública dispuesta en el artículo cuarto de la Resolución de Consejo Directivo N° 027-2007-CD/OSIPTEL - dentro del marco del procedimiento de o fi cio para la Revisión del Factor de Productividad Trimestral - convocándola para el día 11 de julio de 2007, y haciendo pública dicha convocatoria a través de un diario de circulación nacional. Artículo 2°.- Disponer que la presente resolución sea notifi cada a la empresa Telefónica del Perú S.A.A. Artículo 3°.- Disponer que la presente resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web institucional del OSIPTEL. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUILLERMO THORNBERRY VILLARÁN Presidente del Consejo Directivo 78495-1 Convocan a Proceso de Elección de los siete miembros del Consejo de Usuarios de OSIPTEL para el período 2007-2009 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 081-2007-PD/OSIPTEL Lima, 25 de junio de 2007 MATERIA Convocatoria a Elecciones de los miembros del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, para el período 2007 – 2009. VISTO: El Informe Nº 050-GUS/2007 de la Gerencia de Usuarios relativo al proceso de elección de los miembros del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, para el período 2007-2009 y con la opinión favorable de la Gerencia Legal. CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 042-2005-PCM - publicado en el Diario O fi cial El Peruano el día 11 de junio de 2005- se aprueba el Reglamento de la Ley N° 27332, mediante el cual se establece que corresponde a los Organismos Reguladores determinar el número de Consejos de Usuarios y de sus miembros, así como convocar al proceso de elección de los mismos; Que mediante Decreto Supremo N° 003-2007-PCM - publicado en el Diario O fi cial El Peruano el día 14 de enero