Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2007 (02/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2007

exigidos en los numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. Planos de ubicacion y de distribucion del taller, detallando sus instalaciones y diversas areas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva. Relacion de equipos, maquinaria y herramientas requeridas por el numeral 6.1.3 de la presente Directiva, a la que se adjunta la declaracion jurada del representante legal de la solicitante en el sentido que su representada es propietaria de los citados bienes, y la resolucion de homologacion vigente del analizador de gases expedido por la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales del MTC conforme a lo establecido en las normas vigentes. Nomina del personal tecnico del taller que incluye sus nombres completos y copias de sus documentos de identidad, MORDAZA simple de los titulos que acreditan su calificacion en mecanica automotriz y electronica automotriz, MORDAZA simple de los titulos y/o certificaciones que acreditan su calificacion en conversiones vehiculares del sistema de combustion a GNV expedido por el Proveedor de Equipos Completos - PEC y MORDAZA del documento que acredite relacion laboral o vinculo contractual con el taller. MORDAZA de la MORDAZA de Inscripcion Nº 07672006-PRODUCE/VMI/DNI-DNTC, de SR GAS S.A.C. ante el Registro de Productos Industriales Nacionales del Ministerio de la Produccion como proveedor de Equipos Completos ­ PEC. MORDAZA del Contrato de Arrendamiento, celebrado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, con la solicitante, mediante el cual se acredita la posesion legitima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada. MORDAZA de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad de MORDAZA El Salvador. MORDAZA de la Poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 2400610800203 emitido por MAPFRE PERU Compania de Seguros y Reaseguros, destinado a cubrir los danos a los bienes e integridad personal de terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones, por el monto de 200 UIT conforme a los terminos senalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y la Resolucion Directoral Nº 39902005-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) anos, a contarse desde la publicacion de la presente resolucion, a SR GAS S.A.C. para que opere el taller ubicado en Av. Pachacutec Parcela 1, Mz. 7, Lote 7, MORDAZA Industrial, distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar las conversiones del sistema de combustion de los vehiculos a GNV. Articulo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 9 de octubre del 2007 9 de octubre del 2008 9 de octubre del 2009 9 de octubre del 2010 9 de octubre del 2011

la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 17 de noviembre del 2007 17 de noviembre del 2008 17 de noviembre del 2009 17 de noviembre del 2010 17 de noviembre del 2011

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 29994-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Cesan a Juez titular Especializado en lo Penal de MORDAZA por limite de edad
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 036-2007-CE-PJ MORDAZA, 23 de febrero del 2007 VISTO: El informe Nº 006-2007-GPEJ-GG/PJ remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relacion al cese por limite de edad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez titular Especializado en lo Penal de MORDAZA, actualmente desempenandose como Vocal Provisional de la MORDAZA Sala Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 171-75-PM/ ONAJ, de fecha 3 de setiembre de 1975, se nombro al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Instructor de la provincia de Otuzco de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; asimismo, a traves de la Resolucion N° 1022006-CNM, de fecha 3 de marzo del 2006, el Consejo Nacional de la Magistratura, reincorporo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Especializado en lo Penal de MORDAZA de la citada Corte Superior de Justicia; Que, el articulo 245° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial establece que el cargo de magistrado termina, entre otras causales, por cesantia o jubilacion; Que, al respecto, del informe Nº 006-2007-GPEJGG/PJ, remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de

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