Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2007 (03/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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PALACIO DE GOBIERNO PREPUBLICA PROYECTO DE MORDAZA QUE MODIFICA EL MORDAZA DE SELECCION ABREVIADO DISPUESTO POR EL DECRETO DE URGENCIA Nº 024-2006 (SHOCK DE INVERSIONES), A EFECTO DE REDEFINIR EL CONCEPTO DEL "VALOR REFERENCIAL" Y CREAR "COMITES EXTERNOS" ENCARGADOS DE CONDUCIR LAS CONTRATACIONES DE BIENES Y SERVICIOS Y LA EJECUCION DE OBRAS QUE SUPEREN DETERMINADOS MONTOS, A FIN DE RESGUARDAR LOS INTERESES DEL ESTADO. PROYECTO DE MORDAZA Articulo 1º - Objeto Modifiquese el numeral 3º del articulo 4º e incorporese el articulo 5-Aº al Decreto de Urgencia Nº 024-2006 ­ "Procedimiento Especial para la Ejecucion de las actividades y proyectos bajo el ambito de la Ley Nº 28880 ­ Ley que autoriza un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2006", en los siguientes terminos: " Articulo 4.- Expediente de Contratacion La Entidad debe llevar un expediente de contratacion de todas las actuaciones realizadas durante el MORDAZA, desde el requerimiento para adquirir o contratar hasta la culminacion del contrato. Dicho expediente debe contener como minimo lo siguiente: (...) 3. Valor Referencial: el cual sera determinado sobre la base de un analisis de costos y presupuesto detallado para cada rubro en el caso de bienes o partidas y sub partidas para el caso de servicios, obras, estudios y supervision de obras, considerando los valores del MORDAZA y guardando estricta concordancia con las Bases, Especificaciones Tecnicas, Terminos de Referencia y demas documentos del proceso. Debera considerarse adicionalmente la experiencia en otras adquisiciones similares recientes en la propia Entidad concluidas satisfactoriamente, incorporando tambien, de ser el caso, una proyeccion de descuentos racionales que pudieran obtenerse por economia de escala debido a la cuantia de la contratacion. Todo Valor Referencial debera tener una antiguedad no mayor a los seis (6) meses anteriores a la convocatoria del MORDAZA de seleccion, contados a partir de la fecha de la aprobacion del expediente de contratacion y debera ser validado y suscrito tanto por las personas responsables de su preparacion como por quienes lo aprueben. El Valor Referencial y los analisis de costos y presupuestos deberan ser entregados a los participantes conjuntamente con las bases, al momento de registrar su participacion. Articulo 5-Aº.- Nombramiento de Comite Externo Cuando las contrataciones de bienes y servicios superen las 1,000 (Mil) Unidades Impositivas Tributarias o en el caso de ejecucion de obras que superen las 2,000 (Dos Mil) Unidades Impositivas Tributarias, el Titular o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, bajo responsabilidad, designara a un Comite Externo, el que se conformara por tres (3) ciudadanos de reconocida solvencia profesional, etica y moral. El Comite Externo debera tener entre sus miembros por lo menos a dos (2) expertos en el objeto materia de contratacion. La entidad, a traves de su MORDAZA autoridad administrativa esta obligada a entregar toda la informacion que requiera el Comite Externo en forma oportuna, siendo responsable por la veracidad de la misma. El Comite Externo, en base a la informacion remitida por la entidad, determinara el valor referencial de acuerdo a los parametros senalados en el numeral 3) del Articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 024-2006 modificado por la presente norma. El Comite Externo conducira el MORDAZA de seleccion abreviado en todas sus etapas. Cada uno de los miembros del Comite Externo podra percibir un monto no mayor al equivalente de dos (2) Unidades Impositivas Tributarias, con cargo al presupuesto del pliego correspondiente, una vez concluido satisfactoriamente el MORDAZA de seleccion abreviado y suscrito el contrato, respectivo. Articulo 2º - Suspendanse todas las disposiciones que MORDAZA contrarias a lo dispuesto en la presente norma. NOTA: Para una mejor comprension de la propuesta de modificacion en relacion al denominado "valor referencial", a continuacion se transcribe el texto vigente del numeral 3 del articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 024-2006: Articulo 4.- Expediente de Contratacion La Entidad debe llevar un expediente de contratacion de todas las actuaciones realizadas durante el MORDAZA, desde el requerimiento para adquirir o contratar hasta la culminacion del contrato. Dicho expediente debe contener como minimo lo siguiente: (...) 3. Valor Referencial: el cual se obtiene utilizando para ello una o mas cotizaciones, precios historicos y cuando el caso lo amerite, estructura de costos. (...) Las personas e instituciones que deseen formular comentarios y/o propuestas sobre el particular, podran hacerlo durante los proximos cinco (5) dias, a la siguiente direccion electronica: sugerencias@presidencia.gob.pe MORDAZA, 2 de marzo de 2007 Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario del Consejo de Ministros Palacio de Gobierno

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