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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2007 (04/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de marzo de 2007 340987 “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú” “Año del Deber Ciudadano” MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS COMUNICADO N° 009 -2007-EF/76.01 A LAS ENTIDADES COMPRENDIDAS EN LOS DECRETOS SUPREMOS N°s 005-2007-VIVIENDA, 012-2007-AG, 008-2007-EM, 005-2007-MTC, 009-2007-ED, 001-2007-MIMDES, 003-2007-SA, 003-2007-TR, 026-2007-EF, 003-2007-MINCETUR y 010-2007-ED La Dirección Nacional del Presupuesto Público, como órgano rector del Sistema Presupuestario, se dirige a los jefes de las O fi cinas de Presupuesto y a los responsables del proceso de fusión de los pliegos comprendidos en los Decretos Supremos N°s 005-2007-VIVIENDA, 012-2007-AG, 008-2007-EM, 005-2007-MTC, 009-2007-ED, 001-2007-MIMDES, 003-2007-SA, 003-2007-TR, 026-2007-EF, 003-2007-MINCETUR y 010-2007-ED, para precisar los procedimientos y plazos que viabilicen la transferencia de recursos antes del inicio del próximo trimestre. Los plazos y procedimientos a tomar en cuenta para las Transferencias Presupuestarias son los siguientes: I. PLAZO PARA VIABILIZAR LAS TRANSFERENCIAS PRESUPUESTARIAS Para efecto de las transferencias que resulten necesarias por aplicación del proceso de fusión, se debe considerar como fecha de corte presupuestal el 31 de marzo del presente año. II. PROCEDIMIENTOS PARA LAS TRANSFERENCIAS PRESUPUESTARIAS II.1 DETERMINACION DE LOS SALDOS PRESUPUESTALES Los saldos presupuestales de las entidades absorbidas se determinan utilizando la siguiente fórmula: SALDO = PIM – [Compromisos (ENE/FEB) + Calendario (MAR)]II.2 MODIFICACIONES AL MARCO Y AMPLIACIONES DE CALENDARIO Las modi fi caciones presupuestarias y las ampliaciones de calendario de compromisos vinculadas al proceso de fusión, son remitidas a la Dirección Nacional del Presupuesto Público a más tardar hasta el 10 de marzo. En base a esta información la Dirección Nacional del Presupuesto Público efectúa la determinación de los saldos presupuestales. II.3 FECHA DE PRESENTACION DEL PROYECTO DE TRANSFERENCIA De ser el caso, el MEF presenta el proyecto de norma que apruebe la transferencia de partidas a la Presidencia del Consejo de Ministros a más tardar el día 15 de marzo. III. ASIGNACION TRIMESTRAL Y CALENDARIO DEL 2° TRIMESTRE Los pliegos absorbidos no reciben Asignación para el segundo trimestre. No obstante deben programar sus recursos para que las entidades absorbentes la tomen en cuenta en sus pedidos de ampliación de calendario durante el segundo trimestre. Finalmente, los dispositivos que autoricen nuevas fusiones por absorción entre entidades del Estado y que se aprueben antes del 10 de marzo, se rigen por los procedimientos y plazos señalados en el presente comunicado. Lima, 02 de marzo de 2007 DIRECCIÓN NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO 32735-1