Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2007 (04/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

340991

advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Taller de Conversion a GNV establecidos en el numeral 6,2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, y modificada por la Resolucion Directoral Nº 7150-2006MTC/15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos: Solicitud firmada por el representante legal de CORPORACION MAC - GNV AUTOMOTRIZ S.A.C. MORDAZA del Testimonio de Escritura Publica de Constitucion de Sociedad Anonima Cerrada de fecha 25 de octubre del 2005, otorgada por CORPORACION MAC - GNV AUTOMOTRIZ S.A.C. ante Notario Publico MORDAZA MORDAZA Barboza. Certificado de vigencia de poder expedido por la Oficina Registral de MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos de MORDAZA, correspondiente a la Partida Nº 11817751 expedido con fecha 17 de enero de 2007, que acredita la vigencia del poder respectivo. Certificado de Inspeccion de Taller Nº PER-311/06090-B-001 de fecha 17 de enero de 2007, emitido por la Entidad Certificadora de Conversiones BUREAU VERITAS DEL PERU S.A., senalando que el taller cumple con los requisitos exigidos en los numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4 de la Directiva Nº 001-2005MTC/15. Planos de ubicacion y de distribucion del taller, detallando sus instalaciones y diversas areas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva. Relacion de equipos, maquinaria y herramientas requeridas por el numeral 6.1.3 de la presente Directiva, a la que se adjunta la declaracion jurada del representante legal de la solicitante en el sentido que su representada es propietaria de los citados bienes, y la resolucion de homologacion vigente del analizador de gases expedido por la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales del MTC conforme a lo establecido en las normas vigentes. Nomina del personal tecnico del Taller que incluya sus nombres completos y copias de sus documentos de identidad, MORDAZA simple de los titulos que acrediten su calificacion en mecanica automotriz y electronica automotriz, MORDAZA simple de los titulos y/o certificaciones que acrediten su calificacion en conversiones vehiculares del sistema de combustion a GNV expedido por el Proveedor de Equipos Completos-PEC con el cual el taller mantiene vinculo contractual, MORDAZA del documento que acredite relacion laboral o vinculo contractual con el taller. MORDAZA de la MORDAZA de Inscripcion Nº 0463-2006PRODUCE/VMI/DNI-DNTC, de CORPORACION MAC-GNV AUTOMOTRIZ S.A.C. ante el Registro de Productos Industriales Nacionales del Ministerio de la Produccion como proveedor de Equipos Completos ­ PEC. MORDAZA del Contrato de Arrendamiento, celebrado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la solicitante, mediante el cual se acredita la posesion legitima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada. MORDAZA de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad de MORDAZA El Salvador. MORDAZA de la Poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 1201-511036 emitido por MORDAZA Seguros, destinado a cubrir los danos a los bienes e integridad personal de terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones, por el monto de 200 UIT conforme a los terminos senalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo

Nº 058-2003-MTC y la Resolucion Directoral Nº 39902005-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) anos, a contarse desde la publicacion de la presente resolucion, a CORPORACION MAC-GNV AUTOMOTRIZ S.A.C. para que opere el taller ubicado en Av. Pachacutec Parcela 1, Mz. 7, Lote 2, MORDAZA Industrial, distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar las conversiones del sistema de combustion de los vehiculos a GNV. Articulo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan: ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 17 de enero del 2008 17 de enero del 2009 17 de enero del 2010 17 de enero del 2011 17 de enero del 2012

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan: ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 30 de noviembre del 2007 30 de noviembre del 2008 30 de noviembre del 2009 30 de noviembre del 2010 30 de noviembre del 2011

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 32126-1

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