Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2007 (04/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

340989

MORDAZA MORDAZA CORALES, al cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico de la Direccion de Salud III MORDAZA, Nivel F-4, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Aceptar las renuncias formuladas por los funcionarios de la Direccion de Salud III MORDAZA, que se indican, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados:
NOMBRES Y APELLIDOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASQUINO CARGO Director Ejecutivo de la Direccion de Red de Salud MORDAZA ­ Mala Director Ejecutivo de la Direccion Ejecutiva de Promocion de la Salud Director de Epidemiologia la Oficina de NIVEL F-4 F-4 F-3

Articulo 3º.- Designar en la Direccion de Salud III MORDAZA, a los medicos cirujanos que se indican:
NOMBRES Y APELLIDOS MORDAZA MORDAZA LOBATO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alfonzo JOHANSON MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CARGO Director Ejecutivo de la Direccion de Red de Salud MORDAZA ­ Mala Director Ejecutivo de la Direccion Ejecutiva de Promocion de la Salud Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico Director de Epidemiologia la Oficina de NIVEL F-4 F-4 F-4 F-3

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 32677-2

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican las Notas P38, P48 y P50 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias y disponen realizar Concurso Publico de Ofertas para seleccionar operador al que se asignaran las frecuencias
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 094-2007-MTC/03 MORDAZA, 1 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005MTC/03 se aprobo el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias - PNAF, documento tecnico normativo que contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos de espectro radioelectrico, asi como las normas tecnicas generales para la utilizacion de este recurso; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 5182002-MTC/15.03 se designo a los miembros del Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, encargado de realizar los estudios y propuestas tecnicas relacionados a dicho Plan; Que, la nota P38 del PNAF establece que las bandas comprendidas entre 454,8375 - 456,0125 MHz y 459,2375 - 459,4875 MHz estan atribuidas a titulo primario para servicios publicos de telecomunicaciones. Las frecuencias asignadas a los teleservicios privados dentro de estas bandas podran ser utilizadas solo hasta el termino de su autorizacion, excepto las asignaciones realizadas a entidades del Gobierno;

Que, asimismo, la nota P48 del PNAF establece que las bandas comprendidas entre 452,5 ­ 457,5 MHz y 462,5 - 467,5 MHz estan atribuidas a titulo primario para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones utilizando sistemas de acceso fijo inalambrico en todo el territorio de la Republica del Peru, con excepcion de la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; Que, la nota P50 del PNAF establece que las bandas comprendidas entre 459,475 - 460,0 MHz y 469,525 470,00 MHz estan destinadas para la operacion de enlaces auxiliares a la Radiodifusion Sonora en Onda Media y Onda Corta. Asimismo, la banda 452,35 - 454,84 MHz esta destinada para la operacion de enlaces auxiliares a la Radiodifusion Sonora en Onda Media y Onda Corta en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao. Las asignaciones para la operacion de enlaces auxiliares a la Radiodifusion Sonora en Onda Media y Onda Corta realizadas en la banda 452,35 - 454,84 MHz fuera de la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao quedaran vigentes hasta el 31 de diciembre de 2007; Que, el articulo 224º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, senala que el Ministerio podra modificar de oficio una frecuencia asignada, procurando no afectar derechos, en los casos de prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, cuando lo exija el interes publico y para fomentar la utilizacion de nuevas tecnologias, entre otros supuestos. Asimismo, se establece que el Ministerio establecera los terminos y condiciones en los que se efectuaran los procesos de migracion de bandas y frecuencias; Que, el articulo 11º de los Lineamientos para desarrollar y consolidar la competencia y la expansion de los servicios de telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC, establece que la asignacion del espectro radioelectrico en las bandas identificadas para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones y atribuidas a titulo primario, se realizara mediante concurso publico en la provincia de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao; Que, en este MORDAZA legal, con la finalidad de promover la competencia en la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, mediante aplicaciones de acceso fijo inalambrico, resulta necesario modificar el PNAF respecto a las bandas 452,5 - 457,5 MHz y 462,5 - 467,5 MHz, y disponer la realizacion de un concurso publico de ofertas para seleccionar al operador al que se asignaria esta porcion del espectro y de ser el caso se otorgara la concesion respectiva; Que, la referida modificacion se enmarca en la politica de la presente Administracion de promover la inversion privada para el desarrollo y la expansion de los servicios publicos de telecomunicaciones, en particular en areas rurales y lugares de preferente interes social; Que, asimismo, a fin de cautelar que el MORDAZA de migracion de los enlaces auxiliares a la radiodifusion sonora en onda media y onda corta, que se deriven de la modificacion del PNAF no afecten la continuidad de estos servicios, es necesario prever que el adjudicatario de la buena pro del concurso publico, asumira el costo de este MORDAZA, de acuerdo a los terminos y condiciones que se establezcan en las bases; Que, de otro lado, el articulo 155º del citado Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que mediante resolucion del titular del Ministerio se podra encargar a otra entidad la conduccion de los concursos publicos de ofertas, asi como el otorgamiento de la buena pro; Que, con fecha 12 de enero de 2007 se publico en el Diario Oficial El Peruano, el proyecto de modificacion del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias (PNAF) de la Banda 450 MHz, habiendose recibido y evaluado los comentarios de los interesados; Que, el Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, mediante el Informe Nº 032007-MTC-CCPNAF, recomienda modificar las Notas P38, P48 y P50 del PNAF; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 027-2004-MTC y 003-2007-MTC;

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