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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 12 de marzo de 2007 341427 instancias administrativas o judiciales por las deudas materia de acogimiento, previamente deberá desistirse de dichos procedimientos o presentar copia del desistimiento presentado ante otras instancias administrativas o judiciales. Artículo 13º.- Cobranza de la deuda no acogida Transcurrido el plazo de vigencia de la presente Ordenanza, el SAT procederá a ejecutar la cobranza del íntegro de las deudas tributarias y no tributarias que no hubieren sido acogidas al presente beneficio. Artículo 14º.- Plazo para el acogimiento. Los contribuyentes y administrados podrán acogerse al presente régimen hasta el 28 de abril de 2007. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al SAT a dictar las disposiciones complementarias que sean necesarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- La presente norma entrará en vigencia a partir del 15 de marzo de 2007. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los dos días del mes de marzo del 2007 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 35107-1 Exoneran de proceso de selección la adquisición de leche evaporada entera para beneficiarios del Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 041 Lima, 6 de marzo de 2007 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 2 de marzo de 2007, el Memorando Nº 098-2007-GMM-MML de la Gerencia Municipal Metropolitana, poniendo a consideración del Concejo la exoneración del proceso de selección por desabastecimiento inminente para la adquisición de leche evaporada entera. CONSIDERANDO: Que, el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de selección (procesos de licitación pública, concurso público, adjudicación directa y adjudicación de menor cuantía) las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad a la presente Ley; señalando el literal c) del artículo 20º -Formalidades de los procedimientos no sujetos a procesos de selección, que las exoneraciones se aprobarán por Acuerdo de Concejo Municipal en caso de los Gobiernos Locales. Que, asimismo, el artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordado con el artículo 146º de su Reglamento, establece respecto del procedimiento de exoneración que la resolución o acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justi fi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración, el cual deberá ser publicado en el Diario O fi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión. Que, según lo dispuesto por la referida norma, artículo 21º, se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades y operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, lo que faculta a la entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios y obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda. Que, mediante O fi cio Nº 005-2007-CE/MML de fecha 25.1.2007 el Comité Especial de la Municipalidad Metropolitana de Lima, informa al Jefe del Area de Programación de la Subgerencia de Logística Corporativa que la empresa NEGOLACT ha presentado su constancia de pago para elevar las observaciones no acogidas ante el Comité Especial, por lo tanto ha sido postergado el calendario del proceso hasta que se pronuncie el CONSUCODE y se puedan integrar las Bases de la Licitación Pública Nº 008-2006-CE/MML, solicitando se realicen las coordinaciones para el abastecimiento del producto. Que, la Subgerencia del Vaso de Leche de la Gerencia de Desarrollo Social, mediante Informe Nº 001-2007-MML/GDS-SVL del 29.1.2007 alcanza a la Subgerencia de Logística Corporativa el sustento técnico para la ejecución de exoneración para adquirir el producto Leche Evaporada Entera para los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche, debido a que la Licitación Pública Nº 008-2006-CE/MML se encuentra suspendida a la espera de pronunciamiento por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, presentado el 23.1.2007, señalando que esta situación va a generar que la Subgerencia del Vaso de Leche no cuente con la disponibilidad de dicho recurso para atender la necesidad de los beneficiarios convirtiéndose en una condición de suma urgencia el proveer oportunamente el alimento a fin de evitar el desabastecimiento inminente. Asimismo, señala que el período de atención para cubrir las necesidades sería de tres (3) meses aproximadamente, considerando el tiempo en que el Consejo Superior de Contrataciones del Estado – CONSUCODE emita el pronunciamiento correspondiente y la reprogramación del calendario del proceso hasta el término del mismo, en este sentido el suministro total a adquirir asciende a 164,125 bolsas/ 410grs.c/u correspondiente a S/. 274,088.75, cuyo cronograma de entrega semanal se adjunta al informe, y comprende los meses de marzo, abril y mayo del 2007. Así también, el citado informe señala que el período de ejecución del contrato será suspendido cuando se suscriba el contrato que deviene de la Licitación Pública Nº 008-2006-CE/MML, recalcando que la Subgerencia del Vaso de Leche cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para cubrir el costo del producto. Que, la Subgerencia de Presupuesto de la Gerencia de Finanzas, mediante Informe Nº 05-2007-MML/ GF-SP de fecha 6.7.2007, en relación a la previsión presupuestal 2007 para el Programa del Vaso de Leche, informa que la Disponibilidad Presupuestal de la Actividad 1317 Asistencia de Alimentos a los Bene fi ciarios del Programa del Vaso de Leche; Tarea 01 Adquisición de Productos Lácteos; Especí fi ca de Gasto 531124 Alimentos de Personas, asciende a la suma de S/. 2’876,672.