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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 12 de marzo de 2007 341414 Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACIÓN VIDA PERU, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93- PCM; Que, mediante Certi fi cado de Donación del 28 de octubre 2004, legalizado por el Consulado General del Perú en San Francisco, se observa que Volunteers for Inter-American Development Assistance (VIDA), ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACIÓN VIDA PERU; Que, los bienes donados consisten en 10 cajas conteniendo productos farmacéuticos y Material Médico, con un peso bruto manifestado 247.70 kgs. y un peso bruto recibido de 233.15 kgs, con un valor FOB de US$ 12, 928.08 (Doce Mil Novecientos Veintiocho y 08/100 Dólares Americanos), amparados en la Declaración Única de Aduanas Nº 235-2004-10-093184-01-6-00 de fecha 15-Nov-04 y volante de despacho Nº 209222 de fecha 08-Nov-2004. Los bienes donados serán entregados al Hospital Jorge Reátegui Delgado de la ciudad de Piura; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Volunteers for Inter-American Development Assistance (VIDA) a favor de la ASOCIACIÓN VIDA PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Volunteers for Inter- American Development Assistance (VIDA) a favor de la ASOCIACIÓN VIDA PERU, consistentes en 10 cajas conteniendo productos farmacéuticos y Material Médico, con un peso bruto manifestado 247.70 kgs. y un peso bruto recibido de 233.15 kgs., con un valor FOB de US$ 12, 928.08 (Doce Mil Novecientos Veintiocho y 08/100 Dólares Americanos), amparados en la Declaración Única de Aduanas Nº 235-2004- 10-093184-01-6-00 de fecha 15-Nov-04 y volante de despacho Nº 209222 de fecha 08-Nov-2004. Los bienes donados serán entregados al Hospital Jorge Reátegui Delgado de la ciudad de Piura. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 34548-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0254/RE Lima, 2 de marzo de 2007 Visto, el expediente Nº 12569-2006, presentado por la ASOCIACIÓN CIVIL RELIGIOSA DIOSPI SUYANA - DIOSPI SUYANA (Perú), mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Asociación Diospi Suyana e.V., con sede en Darmstadt, Alemania. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99- EF y normas modi fi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACIÓN CIVIL RELIGIOSA DIOSPI SUYANA - DIOSPI SUYANA (Perú), se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación de fecha 28 de junio de 2006, legalizado por el Consulado General del Perú en Francfort del Meno, se observa que, la Asociación Diospi Suyana e.V. ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACIÓN CIVIL RELIGIOSA DIOSPI SUYANA - DIOSPI SUYANA (Perú); Que, los bienes donados consisten en once (11) bultos conteniendo herramientas y máquinas herramientas, de acuerdo con lo aprobado con Resolución Ministerial Nº 569- 2006-MIMDES de fecha 15-Ago-06, emitido por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, con un peso bruto manifestado de 10,350 kilos y un peso bruto recibido de 11,280 kilos, según Volante de Despacho Nº 127647 de fecha 17-Jul-06, y un valor FOB de € 41,434.80 (Cuarenta y un mil cuatrocientos treinta y cuatro y 80/100 Euros). Los materiales se utilizarán para la construcción y mantenimiento del Hospital Diospi Suyana ubicado en el distrito de Curahuasi (Abancay-Apurímac), en bene fi cio de los pobladores más necesitados en la región más pobre del sur del país; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por la Asociación Diospi Suyana e.V. a favor de la ASOCIACIÓN CIVIL RELIGIOSA DIOSPI SUYANA - DIOSPI SUYANA (Perú); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM;