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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de marzo de 2007 341766 “Divino Niño Jesús” sito en Av. Pedro Miotta Nº 180 San Juan de Mira fl ores, Lima; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Christoffel Blindenmission (CBM) a favor del CENTRO DE PROMOCIÓN SOCIAL DE LA IGLESIA - PROSOI; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Christoffel Blindenmission (CBM) a favor del CENTRO DE PROMOCIÓN SOCIAL DE LA IGLESIA - PROSOI consistente en 3 bultos conteniendo 1,000 lentes intraoculares, 50 cajas de suturas (con 12 unidades cada una), 500 metilcelulosas, y 100 gotas-colirios tropicamide, con un peso bruto manifestado de 70 kilos y un peso bruto recibido de 74 kilos, y valorizado en € 4,255.00 (Cuatro mil doscientos cincuenta y cinco y 00/100 Euros), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 235-2006-10- 023523-01-7 de fecha 15-Mar-06 y Volante de Despacho Nº 01435493 de fecha 04-Mar-06. La donación será destinada para uso en operaciones gratuitas a favor de personas de baja visión, especialmente niños y ancianos, a través del Centro Médico Oftalmológico “Divino Niño Jesús” sito en Av. Pedro Miotta Nº 180 San Juan de Mira fl ores, Lima. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 38315-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0306/RE Lima, 13 de marzo de 2007 Vistos, los expedientes Nºs 6193/9260-2006, presentados por la ASOCIACIÓN CRISTIANA EVANGÉLICA PARA EL DESARROLLO - ACED, mediante los cuales solicitan la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de GLOBAL RELIEF FUND, INC, con sede en Columbia - Canadá. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD - PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACIÓN CRISTIANA EVANGÉLICA PARA EL DESARROLLO - ACED se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certi fi cado de Donación de fecha 25 de julio del 2002, legalizado por el Consulado del Perú en Vancouver - Canadá se observa que GLOBAL RELIEF FUND, INC, ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACIÓN CRISTIANA EVANGÉLICA PARA EL DESARROLLO - ACED; Que, la donación consiste en una caja conteniendo: un generador, marca Homelite, modelo Nº LR500T, 4,600 watts, voltaje 120/240 frecuencia 60 Hz, a gas powered, serie Nº HA 1480365, con un peso bruto recibido de 65.20 kilos y un valor de CAD $ 200.00 (doscientos y 00/100 dólares canadienses) amparado con DUA 235-2002-10-067033-01-3. Los bienes recibidos en donación fueron destinados para el hogar de niños huérfanos y desamparados en Chilca; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por GLOBAL RELIEF FUND, INC, ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACIÓN CRISTIANA EVANGÉLICA PARA EL DESARROLLO - ACED; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por GLOBAL RELIEF FUND, INC, ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACIÓN CRISTIANA EVANGÉLICA PARA EL DESARROLLO - ACED la donación consiste en una caja conteniendo: un generador, marca Homelite modelo Nº LR500T, 4,600 watts, voltaje 120/240 frecuencia 60 Hz, a gas powered, serie Nº HA 1480365, con un peso bruto recibido de 65.20 kilos y un valor de CAD $ 200.00 (Doscientos y 00/100 dólares canadienses) amparado con DUA 235-2002-10-067033-01-3. Los bienes recibidos en donación fueron destinados para el hogar de niños huérfanos y desamparados en Chilca. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 38315-3 VIVIENDA Encargan funciones de Director Ejecutivo del Programa “Agua para Todos” al Viceministro de Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 088-2007-VIVIENDA Lima, 16 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo del Programa “Agua para Todos”, en el Viceministerio de Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, resulta necesario encargar a la persona que ejerza las funciones del referido cargo, en tanto se designe al titular;