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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de marzo de 2007 342549 dentro del plazo legal respectivo, sin perjuicio de remitirse igualmente copia de todos los antecedentes adjuntos a los informes del Visto al Órgano de Control Interno del Gobierno Provincial de Huaraz, a fi n de determinarse si en el presente caso se con fi guran actos de responsabilidad interna, a que se contrae el tercer párrafo del Art. 141° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicones del Estado; Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los artículos 9° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, el Concejo Provincial de Huaraz; ACUERDA: Artículo Primero.- Aclarar el Acuerdo de Concejo Nº 008-2007-GPH, de fecha 14 de febrero de 2007, cuyo Artículo Primero queda redactado de la siguiente manera: Declarar en Situación de desabastecimiento inminente, la adquisición del producto: Hojuela de Quinua, Avena y Kiwicha, enriquecida con vitaminas y minerales, para el Programa de Vaso de Leche del Gobierno Provincial de Huaraz, del 14 de febrero al 31 de marzo del año en curso, hasta la cantidad de 13,068 kilogramos, con un valor referencial total de S/. 52 010.64, con cargo a la fuente de fi nanciamiento 00- recursos ordinarios-PVL, en mérito a la sustentación contenida en la parte Considerativa del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas de esta Institución, la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el SEACE, el instrumento de aprobación, informes, bases y demás datos relevantes según lo establece el artículo 147° del Reglamento y la Directiva N° 001-2004/CONSUCODE/PRE. Artículo Tercero.- Remítase copia del presente Acuerdo, así como de los Informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del plazo legal respectivo, remitiéndose igualmente por la Secretaría General copia de todos los antecedentes adjuntos a los informes del Visto, al Órgano de Control Interno del Gobierno Provincial de Huaraz, a fi n de determinarse si en el presente caso se con fi guran actos de responsabilidad interna, a que se contrae el tercer párrafo del Art. 141° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto y a la Gerencia de Administración y Finanzas, el cumplimiento del presente Acuerdo, así como las demás y acciones que correspondan, con arreglo a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LOMBARDO MAUTINO ANGELES Alcalde 42774-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS LOMAS Autorizan adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO N° 0024-2007-MDLL Las Lomas, 26 de marzo de 2007EL CONCEJO DISTRITAL DE LAS LOMAS Visto en Sesión de Concejo de fecha 24 de marzo de 2007, la exoneración del proceso de selección para la compra de insumos para el Programa del Vaso de Leche por Desabastecimiento Inminente y; CONSIDERANDO: Que, con Informe N° 032-2007-MDLL –AGAM/JA de fecha 23-03-2007 el Jefe del Área de Abastecimientos que durante los meses de enero y febrero se adquirió insumos para el Programa del Vaso de Leche del distrito de Las Lomas, mediante una compra complementaria en aplicación a lo dispuesto en el articulo 236 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. N° 084-2004PCM y sus modi fi catorias en tanto se llevara a cabo el proceso de selección correspondiente ; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0010 -2007 - MDLL de fecha 16.01.07 fue aprobado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de esta Municipalidad, dentro del plazo establecido en el artículo 25 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, además, el mencionado servidor señala que con fecha 16-02-2007se ha convocado el proceso de Adjudicación Directa Pública para la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche, habiéndose previsto el otorgamiento de la Buena Pro el día 05-04-2007 sin embargo en el desarrollo del proceso algunos postores presentaron consultas y observaciones a las bases que fueron absueltas a satisfacción de los postores a excepción de uno de ellos que apeló al CONSUCODE ,lo que origina como es natural una modi fi cación del calendario del proceso que se podría prolongar, si se tiene en cuenta los ocho (8) días para el consentimiento del otorgamiento de la Buena Pro conforme lo señala el artículo 137 de la misma norma legal modi fi cada por el D.S. N° 028-2007-EF, por lo que no existe insumos disponibles para abastecer el Programa del Vaso de Leche durante el mes de abril y por lo tanto no se podrá atender a los bene fi ciarios, lo que recomienda una compra por desabastecimiento inminente; Que, con informe de fecha 23-03-2007, el Asesor Legal Externo de esta Municipalidad comunica que según el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. N° 083-2004-PCM, concordante con el artículo 141 de su Reglamento aprobado por el del D.S. N° 084-2004-PCM considera como situación de Desabastecimiento Inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obras compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo y que existiendo los tres factores que son ausencia extraordinaria del bien, ausencia imprevisible y que compromete en forma directa e inminente la continuidad del servicio recomienda que la municipalidad debe proceder a comprar los insumos para el Programa del Vaso de Leche por Desabastecimiento inminente; Estando a lo dispuesto en los artículos 20 Inciso 3) y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo por unanimidad; Continua Acuerdo de Concejo Nº 0024-2007-MDLL de fecha 26.03.07. ACORDÓ: Artículo Primero.- Declarar en situación de Desabas- tecimiento Inminente la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche para el mes de abril del año en curso, exonerándolo del proceso de selección correspondiente. Artículo Segundo.- Autorizar al Área de Administración la adquisición de 12,653 latas de leche evaporada entera de 410 gr y 4,634 Kg de hojuelas de avena, quinua y kiwicha enriquecida con vitaminas y minerales por un valor referencial de S/. 45,440.07 nuevos soles, con la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, realizando las acciones necesarias inmediatas para el oportuno suministro de los insumos materia de adquisición. Artículo Tercero.- Encargar a Secretaria de Alcaldía la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano y comunicar el presente Acuerdo e informes que lo sustenten a la Contraloría General de la República y Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CHRISTIAM E. VENCES VEGAS Alcalde 42772-1