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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de marzo de 2007 342548 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, no sólo por la diferencia cualitativa con el insumo proveído el año anterior, sino también teniendo en cuenta que el Memorial indicado quedó resuelto recién con fecha 29 de enero del presente año, por el respectivo Comité de bene fi ciarias, conforme aparece del acta de reunión suscrito por cada una de sus representantes, insistiéndose en la variación del insumo indicado con el que se les debía proveer en el presente ejercicio presupuestal, determinación que fue puesta en conocimiento del Concejo Municipal en su Sesión Extraordinaria de determinación que fue puesta en conocimiento del Concejo Municipal en su Sesión Extraordinaria de fecha 9 de febrero, considerándose a partir de tal fecha el plazo necesario para la convocatoria del proceso de adquisición regular; Que, en cuanto se re fi ere a la segunda observación efectuada por la Subgerencia de Administración de la Plataforma del SEACE - CONSUCODE, con relación al plazo de exoneración consignado en el Acuerdo de Concejo objeto de aclaración, debe precisarse que teniendo en cuenta que tal Acuerdo se materializó resolutivamente con fecha 14 de febrero del año en curso, considerándose un término prudencial para su revisión por CONSUCODE y el cronograma mínimo de adquisición regular, se hacía necesario asegurar el abastecimiento del insumo exceptuado por los meses de enero, febrero y marzo, dejándose expresa constancia que no se autorizó ningún procedimiento de regularización, máxime si la compra o adquisición de los insumos exceptuados, se efectuará recién a partir de la fecha de vigencia del presente Acuerdo, debidamente revisado por CONSUCODE; Que, con relación a la tercera observación objeto del presente Acuerdo aclaratorio, debe precisarse en atención al informe contenido en el O fi cio N° 0062-2007-GPH/PVL de la Jefe del PVL del Gobierno Provincial de Huaraz, inserta en los antecedentes del Visto, que el bien materia de exoneración es el insumo: hojuela de quinua , avena y kiwicha enriquecida con vitaminas y minerales, por una cantidad total de 13,068 kilogramos, del 14 de febrero al 31 de marzo del año en curso, fecha de adopción del acuerdo de concejo, por la suma de S/. 52 010.64, como valor referencial, con cargo a la fuente de fi nanciamiento 00- recursos ordinarios, encargándose a la Gerencia Municipal la adquisición o contratación exonerada, bajo responsabilidad, en atención a su complejidad y al monto involucrado; Que, en cuanto respecta a la cuarta observación, sobre el cumplimiento de las Leyes Nºs. 27470 y 27712 y la Resolución Ministerial N° 711-2002-SA/DM, en atención a la evaluación contenida en la Opinión Legal N° 138-2007- EFBG-GAJ/MPH, de la Gerencia de Asesoría Jurídica del Gobierno Provincial de Huaraz, mediante el cual , se tiene establecido que esta Entidad, viene cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Ley N° 24059, Ley de Creación de los Programas de Vaso de Leche; Ley Nº 27470, Ley que Establece Normas Complementarias para la Ejecución del Programa del Vaso de Leche; y, la Ley N° 27712, Ley que modi fi ca la Ley N° 27470, conforme se reseña en el Acuerdo de Concejo N° 008-2007-GPH; Que, en cuanto se re fi ere a la quiinta observación contenida en el O fi cio N° 192-2007/GNP/APS, de la Subgerencia de Administración de la Plataforma del SEACE-CONSUCODE, el Concejo Municipal dispuso el estricto cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 147° del Reglamento y la Directiva N° 001-2004/CONSUCODE/PRE; Que, en consecuencia, luego de su deliberación y sometido a votación la propuesta de aclaración precedentemente señalada, los señores regidores acordaron por unanimidad: Aclarar el Acuerdo de Concejo N° 008-2007-GPH, en los términos precedentemente expuestos, encargándose a la Gerencia de Administración y Finanzas de esta Institución, la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el SEACE, el instrumento de aprobación, informes, bases y demás datos relevantes según lo establece el Artículo 147º del Reglamento y la Directiva N° 001-2004/CONSUCODE/ PRE, remitiéndose igualmente copia del presente Acuerdo, así como de los Informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL