Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2007 (30/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 109

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES
VISTO:

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adopcion, segun corresponda, y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; Que, por lo expuesto y con la finalidad de garantizar el abastecimiento del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial del MORDAZA correspondiente al periodo acotado (atencion de meses marzo y abril), por lo que resulta necesario y urgente proceder a la exoneracion del referido MORDAZA de seleccion por causal de desabastecimiento inminente; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica, mediante Informe Nº 173-2007-DGAJ/ MPC de fecha 13 de marzo del 2007; de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º inciso c) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y las facultades otorgadas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo por Mayoria y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion por causal de situacion de desabastecimiento inminente, y autorizar la adquisicion conforme a ley del producto Harina de Trigo Maiz Extruido (21,013.00 Kilos), insumo requerido para el abastecimiento del Programa del Vaso de Leche correspondiente a los periodos de marzo y MORDAZA del presente ano (61 dias); hasta por un monto de S/. 73,545.00 Nuevos Soles (Setenta y Tres Mil Quinientos Cuarenta y Cinco con 00/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Logistica la contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, de conformidad con lo previsto en el articulo 148º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; asi como adoptar las medidas pertinentes destinadas a la modificacion de la seleccion de productos del Programa del Vaso de Leche previstos en el el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial del MORDAZA para el ejercicio presupuestal correspondiente al ano 2007. Articulo Tercero.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asi como el SEACE y remitir MORDAZA del mismo y el informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con lo previsto en el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 147º de su Reglamento. Articulo Cuarto.- Disponer el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos involucrados de ser el caso, de conformidad con lo previsto en el articulo 47º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 141º de su Reglamento. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA M. Alcaldesa 42825-1

La Opinion Legal N° 138-2007-EFBG-GAJ/MPH, presentado por el Gerente de Asesoria Juridica del Gobierno Provincial de MORDAZA, el Oficio N° 061-2007-GPHGAF, de la Gerencia de Administracion y Finanzas de esta Institucion, con relacion a las observaciones formuladas por la Subgerencia de Administracion de Plataforma del SEACE del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-CONSUCODE, con relacion al Acuerdo de Concejo N° 008-2007-GPH, y; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que,en la Sesion Ordinaria N° 05-2007-GPH, de fecha 16 de marzo de 2007, el Pleno del Concejo Municipal de MORDAZA analizo la Opinion Legal N° 138-2007-EFBG-GAJ/ MPH, presentado por el Gerente de Asesoria Juridica del Gobierno Provincial de MORDAZA, mediante el cual emite opinion con referencia al Oficio N° 061-2007-GPH-GAF, de la Gerencia de Administracion y Finanzas de esta Institucion, que senalo a dicho Despacho, que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del EstadoCONSUCODE, ha formulado observaciones al Acuerdo de Concejo N° 008-2007-GPH, cuyo levantamiento debe efectuarse con intervencion del mismo organo municipal que lo emitio, observaciones contenidas en el Oficio N° 192-2007/GNP/APS, de la Subgerente de Administracion de la Plataforma del SEACE del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, en consecuencia, resulta necesario proceder al levantamiento de dichas observaciones expidiendose un Acuerdo de Concejo aclaratorio, sobre la base de la informacion tecnica elevada por las Gerencias de Administracion y Finanzas y de Asesoria Juridica del Gobierno Provincial de MORDAZA, dentro del plazo no mayor de 5 dias habiles a que se hace referencia en el citado Oficio N° 192-2007/GNP/APS, de la Subgerencia de Administracion de la Plataforma del SEACECONSUCODE; Que, con relacion a la primera observacion indicada, debe senalarse que en el Acuerdo de Concejo N° 0082007-GPH, de fecha 14 de febrero del 2007, se advierte consignada en sus considerandos primero y MORDAZA, la situacion extraordinaria e imprevisible que origino la ausencia de insumos para el Programa del Vaso de Leche por los tres primeros meses del presente ejercicio anual, como consecuencia del cambio de producto a adquirirse, requerido por las representantes de los Comites del Programa del Vaso de Leche de las zonas rural y MORDAZA, mediante memorial N° 002-2007-CVL, de fecha 16 de enero del 2007, las mismas que solicitaron expresamente que el insumo hojuelas de MORDAZA, quinua y kiwicha con el que se vino proveyendo al PVL durante el ejercicio anual 2006, se sustituyera por el de hojuelas de quinua, MORDAZA y kiwicha enriquecidas con vitaminas y minerales, fundando su peticion con el informe sustentatorio de la Jefa del Programa del Vaso de Leche y el representante del Ministerio de Salud, quien a su vez hizo llegar la propuesta de nueva racion diaria que correspondia con el MORDAZA insumo, indicando que de acuerdo con el presupuesto del Programa del Vaso de Leche, la racion a entregarse en este MORDAZA ejercicio anual, deberia consistir en la entrega de cuatro tarros de leche y un kilo de MORDAZA fortificado con vitaminas y minerales a cada beneficiaria, cumpliendo de esta manera con las 207 kc exigida por la Resolucion Ministerial N° 711-2002-SA/DM, Directiva denominada "Valores Nutricionales Minimos de la Racion del Programa del Vaso de Leche; Que, la variacion de insumo indicado, configuro la situacion imprevisible invocada, debido a que la adquisicion del insumo: hojuela de quinua, MORDAZA y kiwicha enriquecida con vitaminas y minerales, no permitio su adquisicion mediante el mecanismo de compra complementaria a que se contrae el Art. 236° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en la oportunidad senalada por el Art. 21º del Texto Unico y 141º

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Aclaran el Acuerdo de Concejo Nº 0082007-GPH, que declara en situacion de desabastecimiento inminente al Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 021 -2007-GPH MORDAZA, 16 de marzo del 2007

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