Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2007 (30/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de marzo de 2007

forma coordinada con los Gobiernos Locales del ambito del Gobierno Regional MORDAZA a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Direccion Regional de Salud, del Gobierno Regional MORDAZA con la participacion y apoyo de la Mesa Tematica de Municipios Saludables del Consejo Regional de Salud. Articulo Cuarto.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional conforme a lo dispuesto en el articulo cuarenta y dos de la Ley numero veintisiete mil ochocientos sesenta y siete- Organica de Gobiernos Regionales. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 43268-1

Articulo Primero.- DELEGAR en el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para el periodo Fiscal 2007, la facultad de Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico que corresponda al Titular del Pliego Gobierno Regional del departamento de Ucayali. PLIEGO 462 Gobierno Regional del departamento de Ucayali AUTORIDAD DEL TITULAR POR DELEGACION. Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. la presente

Articulo Segundo.- PUBLIQUESE resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. LUTGARDO MORDAZA MORDAZA Presidente Regional (e) 42729-1

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Delegan a funcionario la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 0217-2007-GRU-P Pucallpa, 20 de febrero del 2007. VISTO: El Informe N° 19-2007-GRUCAYALI-P-GGRGRPPAT, Informe N° 057-2007-GRUCAYALI-P-GGRGRPPyAT/SGPyT, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28927 ­ LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2007, se establecen normas que rigen las distintas fases del MORDAZA Presupuestario y los aspectos tecnicos operativos que permitan optimizar la gestion administrativa y financiera del Sector Publico; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 0402007-GRU-P de fecha 4 de enero del 2007 se aprueba los recursos que financian el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Ano Fiscal 2007 del Pliego 462: Gobierno Regional del departamento de Ucayali a nivel de Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad y Proyecto; Fuente de Financiamiento, Categoria de Gasto y Grupo Generico del Gasto, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 28927; Que, los numerales 7.1 y 7.2 del Articulo 7° de la Ley N° 28411 ­ LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO establecen que el Titular de una Entidad es la mas alta Autoridad Ejecutiva. En materia presupuestal es responsable de manera solidaria, entre otros, con el Organismo Colegiado con que cuente la Entidad, segun sea el caso. Dicha autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de Creacion de la Entidad. El Titular del Pliego es responsable solidario con el delegado; Que, en efecto el numeral 40.2 del Articulo 40º de la Ley precedentemente indicada, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad. El Titular del Pliego puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa; Al MORDAZA de la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley N° 27902, Resolucion Ejecutiva Regional N° 0203-2007-GRU-P de fecha 19 de febrero del 2007, con la visacion de la Gerencia General Regional y Gerencia de Asesoria Juridica;

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Fijan montos de remuneracion mensual del MORDAZA y de dietas de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO N° 012-2007-A/MDC Carabayllo, 20 de febrero de 2007 VISTO: El Acuerdo de Concejo N° 004-2007-A/MDC de fecha 31 de enero de 2007, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional ­ Ley Nº 27680; y concordante con la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; Que, conforme lo dispone el articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, los Gobiernos Locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Estado, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; Que, mediante el Acuerdo de Concejo N° 004-2007-A/ MDC de fecha 31 de enero de 2007, el Concejo Municipal Acordo fijar la remuneracion mensual del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Carabayllo y la dieta de los Regidores Municipales; Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 menciona que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Estado establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 51° de la Constitucion Politica del Estado establece la jerarquia de las normas, en donde se encuentran ubicadas la Constitucion Politica del Estado, que prevalece sobre toda MORDAZA legal; la ley, sobre las normas de menor jerarquia, y asi sucesivamente. Se debe manifestar que el MORDAZA de Especialidad precisa

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