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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de marzo de 2007 342541 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Modifican artículo 21° del Reglamento de Aplicación y Sanciones de la Municipalidad aprobado mediante la Ordenanza N° 036-04/MDLV ORDENANZA Nº 009-07/MDLV La Victoria, 26 de marzo de 2007 El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA POR CUANTO: Visto; en Sesión Ordinaria de fecha 26 de marzo de 2007, el Dictamen Conjunto Nº 007-2007-CPRC-CPPPAL/ MDLV de la Comisión de Rentas y Comercialización y de Plani fi cación, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO Que, conforme establece el artículo 194° de la Constitución modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa fundamentalmente a través de las Ordenanzas Municipales, las mismas que, de conformidad con lo previsto por el artículo 200º numeral 49) de la Constitución, tienen rango normativo de ley, en su calidad de normas de carácter general de mayor jerarquía dentro de la estructura normativa municipal, calidad reconocida por el artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 46° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, establece que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes; Que, mediante Ordenanza N° 036-04/MDLV, se aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones de la Municipalidad de La Victoria, en el cual se regula el procedimiento administrativo de aplicación de sanciones, frente a conductas infractoras tipi fi cadas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad; Que el artículo 21° del citado Reglamento establece el bene fi cio de descuento de multa administrativa a los infractores en función a la oportunidad de su pago y a la regularización de la infracción cometida, llegando a condonar hasta el 95% del valor de la multa; Que, si bien es necesario incentivar la regularización de las infracciones y la oportunidad del pago de las multas, resulta claro que los porcentajes establecidos en el artículo 21º de la citada Ordenanza, di fi culta la acción disuasiva que debe tener toda multa administrativa, al preferir los posibles infractores iniciar sus actividades y luego regularizar la autorización o permiso correspondiente de la autoridad municipal ante una detección de alguna infracción, cuando se debió cumplir con los procedimientos administrativos antes del inicio de sus actividades; Que, en ese sentido, resulta necesario que el Concejo Municipal proceda a su correspondiente modi fi cación, mediante la aprobación de la norma pertinente; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Distrital de La Victoria por unanimidad y con dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICA EL ARTÍCULO 21º DEL REGLAMENTO DE APLICACIÓN Y SANCIONES DE MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA APROBADO MEDIANTE ORDENANZA Nº 036-04/MDLV Artículo Único.- Modi fi car los porcentajes de descuento del monto a pagar por la multa impuesta y el plazo en que se efectúe el pago de la misma, establecidos en el artículo 21º de la Ordenanza N° 036-04/MDLV, conforme al siguiente cuadro: PLAZOFORMA DE PAGO AL CONTADO No regularizó Regularizó Hasta 5 días 50% 75% DISPOSICIONES FINALES PRIMERA.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas. SEGUNDA.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 43251-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO N° 021 Mediante O fi cio N° 013-2007-MDL-SG la Municipalidad de Lince solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo N° 021, publicado en la edición del 27 de marzo de 2007. En la parte fi nal del considerando DICE:En uso de las facultades establecidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con dispensa del trámite de lectura y Aprobación del Acta el Concejo por UNANIMIDAD; DEBE DECIR: En uso de las facultades establecidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con dispensa del trámite de lectura y Aprobación del Acta el Concejo por MAYORÍA; 42688-1 MUNICIPALIDAD DE LURIN Otorgan beneficio de descuento del monto de Arbitrios Municipales del año 2007 para pensionistas que gocen de inafectación del Impuesto Predial ORDENANZA MUNICIPAL N° 150/ML Lurín, 13 de marzo de 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN POR CUANTO:Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de marzo del 2007, el Informe Nº 039-2007-GAT/ML de la Gerencia de Administración Tributaria referente al descuento del 50% del monto de arbitrios municipales