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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de mayo de 2007 344894 en forma destacada, acreditando desinterés y servicio a la colectividad; b) A la institución religiosa o civil que haya realizado obra de gran alcance espiritual o fi lantrópico; c) A la entidad, asociación u organización que durante el ejercicio del año haya construido una edi fi cación cuyo destino o arquitectura signi fi quen un esfuerzo en provecho del urbanismo de la ciudad; d) A las empresas y entidades de difusión cultural y artística que hayan cumplido una actuación efectiva en servicio del ideal de civismo, estímulo de los deberes ciudadanos y ensanchamiento de los principios de adelanto y progreso; e) A las personas que durante el año y en la ciudad hayan ejecutado actos de excepcional fi lantropía en bene fi cio del vecindario; f) A las personas que en su actividad profesional o individual hayan procedido en forma tal que dimane prestigio local o nacional, distinguiéndose por haber procurado y logrado servir a la colectividad en forma espiritual o material. Para el caso de la Medalla al Valor por Acción Distinguida: g) Al personal de las áreas operativas de la Municipalidad de Mira fl ores que hayan participado en acciones de intervención y reacción rápida en situaciones de vigilancia en Seguridad Ciudadana, en acciones de cumplimiento de sus funciones, y en la que haya demostrado diligencia y valor más allá de sus responsabilidades en bene fi cio de los intereses Institucionales y vecinales, arriesgando su integridad física para el cumplimiento de su misión. h) Al personal de las áreas operativas que durante operaciones de fi scalización y ejecución de Resoluciones emitidas por los diferentes áreas de la Municipalidad, sufran como consecuencia de su participación, daños a su integridad física, siempre y cuando hayan actuado dentro del marco de la Constitución y la ley, y dentro de un plan operativo autorizado por la Municipalidad. i) Excepcionalmente a la persona natural, que en una intervención espontánea, participa en defensa de la integridad personal de un ciudadano en el área distritral de Mira fl ores; o que interviene para disuadir un actividad delincuencial en defensa de los intereses Institucional de la Municipalidad o del distrito. Para el caso de las Llaves de la Ciudad, se discernirá de modo especial: a) A las personas naturales, nacionales o extranjeras, que no residan en la ciudad y que destaquen por su cariño y simpatía por la ciudad de Mira fl ores. b) A las personas naturales, nacionales o extranjeras, que han propiciado, proyectado o efectuado aportes signi fi cativos a la ciudad de Mira fl ores. c) A las personas naturales representantes de otras jurisdicciones, regiones, provincias, distritos, comunas o ciudades, con las cuales se hubiera celebrado un Hermanamiento con fi nes de cooperación. Para el caso de la Insignia Municipal al Mérito por Labor Destacada se discernirá de modo especial: a) A las personas naturales o jurídicas, vecinos y pertenecientes al distrito, que hayan destacado por acciones de civismo y espiritualidad importantes. b) A los trabajadores nombrados y contratados permanentes de la Municipalidad de Mira fl ores, que hayan destacado por su actividad laboral en bene fi cio de la ciudad. c) A los profesionales, técnicos, auxiliares administrativos y demás personas que presten servicios bajo cualquier modalidad en la Municipalidad de Mira fl ores, que hayan destacado por sus acciones cívicas. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El presente Reglamento entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación. MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 57903-2MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Aprueban Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad ORDENANZA N° 008-2007-MDP/C Pachacámac, 4 de mayo del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC POR CUANTO: El Concejo Distrital de Pachacámac en Sesión Extraordinaria de fecha 4 de mayo del 2007 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 26850, las Municipalidades Provinciales y Distritales gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 26° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 señala que la administración Municipal adopta una estructura gerencial que las facultades y funciones de la misma se establecen en los instrumentos de gestión; Que, asimismo la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su artículo 9°, numerales 3) y 32) señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento, así como el Cuadro para Asignación de Personal del Gobierno Local, documentos normativos de gestión, los mismos que deben aprobarse mediante Ordenanza. Que, con Acuerdo de Concejo Nº 004-2007 del 9 de enero del 2007, se declara la Reorganización Administrativa y la reestructuración orgánica de la Municipalidad Distrital de Pachacámac. Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 032-2007 del 19 de marzo del 2007; se deja sin efecto el artículo segundo del Acuerdo de Concejo Nº 004-2007 del 9 de enero del 2007 referente a la formación de una comisión mixta. Que, dichos documentos constituyen instrumentos de gestión administrativa y que se utiliza como norma para el cumplimiento de la función municipal orientado a optimizar el servicio hacia la comunidad; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el voto UNÁNIME de todos los miembros del Concejo y la dispensa del trámite de la lectura de aprobación del acta, se acuerda lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Pachacámac y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) que en anexo Nº 01 se adjuntan a la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), el mismo que como Anexo Nº 02 y que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto cualquier otra disposición sobre esta materia que se le oponga. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, la debida difusión del “Reglamento de Organización y Funciones” (ROF) y el “Cuadro para Asignación de Personal” (CAP) aprobado por esta Ordenanza para su