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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de mayo de 2007 344888 En Piura, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil siete. PORFIRIO ILDEFONSO AYALA MORAN Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil siete. CESAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 57320-1 Aprueban Proceso de Presupuesto Participativo del Año 2008 ORDENANZA REGIONAL Nº 125-2007/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA, POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, y sus modi fi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28961 y Ley Nº 28968; y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 17º inciso 1) de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación de sus planes de desarrollo y presupuestos en la gestión pública; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modi fi catoria Ley Nº 27902, establece en el artículo 10º, numeral 1, inciso a) que es competencia exclusiva del Gobierno Regional, plani fi car el desarrollo integral de la región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo; asimismo señala en su artículo 11º-B, incorporado por la norma modi fi catoria indicada, que los miembros del Consejo de Coordinación Regional emiten opinión consultiva, concertando entre sí, sobre: inciso a) El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual; y el Plan de Desarrollo Regional Concertado; y en el artículo 15º, inciso a) señala que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 60º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modi fi catoria Ley Nº 27902, establece entre las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, las de formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la política general del Gobierno Nacional, los Planes Sectoriales y los Programas correspondientes de los Gobiernos Locales; promover la participación ciudadana en la plani fi cación, administración y vigilancia de los programas de desarrollo e inversión social en sus diversas modalidades, brindando la asesoría y apoyo que requieran las organizaciones de base involucradas; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, en su Artículo 1º de fi ne el Proceso del Presupuesto Participativo como “un mecanismo de asignación equitativa, racional, e fi ciente, e fi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil”; asimismo en su Artículo 4º establece las instancias del presupuesto participativo; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF se aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, y en el inciso d) de su artículo 1º, señala que en el proceso del presupuesto participativo intervienen agentes participantes, quienes participan con voz y voto, en la discusión y toma de decisiones; Que, el Equipo Técnico del Gobierno Regional, estará conformado por: El Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial quien lo preside; Profesionales y Técnicos de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de la Sede y los que hagan sus veces en las Gerencias Sub Regionales Luciano Castillo Colonna y Morropón Huancabamba; además de profesionales con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto elegidos entre los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil debidamente acreditados; Que, mediante Resolución Directoral Nº 08-2007- EF/76.01, de fecha 11 de abril de 2007, se aprueba el Instructivo Nº 001-2006-EF/76.01 denominado “Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo Año Fiscal 2008”, en el cual se precisa que los Gobiernos Regionales aprobarán mediante Ordenanza Regional el Desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2008 en el Gobierno Regional Piura, en donde se establece las pautas para la Identi fi cación y Acreditación de Agentes Participantes, así como las responsabilidades de dichos agentes y el cronograma para el desarrollo de las acciones del proceso participativo; Que, mediante Informe Nº 160-2007/GRP-410000- 410100, del 26 de abril de 2007, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, solicita la emisión de la Ordenanza Regional que dé por iniciado el proceso y apruebe el Reglamento para el Desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2008 en el Gobierno Regional Piura; precisando entre otros, el Cronograma de actividades, la Convocatoria al Proceso Participativo, Identi fi cación, Registro de Agentes Participantes que incluye al Equipo Técnico, sus funciones y responsabilidades, Capacitación, Desarrollo de los Talleres, Evaluación Técnica, y Adopción, formalización y Aprobación de Acuerdos; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 02, de fecha 28 de abril de 2007, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la ordenanza regional siguiente: APRUEBAN EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL AÑO 2008 Artículo Primero.- Dar por iniciado el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2008 del Gobierno Regional de Piura. Artículo Segundo.- Aprobar, el Reglamento para el Desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2008 en el Gobierno Regional Piura, conforme al texto integrado por veinticinco artículos y cuatro disposiciones complementarias y fi nales que forman parte de la presente Ordenanza Regional como Anexo I. Artículo Tercero.- El Proceso Presupuestario Participativo se sujetará al siguiente Cronograma: CRONOGRAMA DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2008 AccionesMeses EFMA MJJASOND 1° Preparación X X 2° Convocatoria X 3°Identi fi cación de Agentes Participantes X 4°Capacitación de Agentes Participantes XXXXXXXX 5°Desarrollo de Talleres de TrabajoXX 6°Evaluación técnica de prioridades X 7°Formalización de los Acuerdos X 8° Rendición de cuentas X X X Artículo Cuarto.- El Equipo Técnico, tiene la responsabilidad de la preparación y suministro de la