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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de mayo de 2007 345088 CONSIDERANDO: Que, es fi nalidad de los Gobiernos Regionales fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes; Que, la II Etapa del Proyecto Especial Majes Siguas es un proyecto de vital importancia para el desarrollo integral de la Región Arequipa, el mismo que se encuentra en una fase decisiva al contarse con todas las variables económicas y técnicas terminadas, por lo que es procedente se declare de necesidad y utilidad pública regional; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nºs. 27902 y 28968 y la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA; ACUERDA:Primero.- DECLARAR PRIORITARIA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA REGIONAL, la ejecución de la II Etapa del PROYECTO ESPECIAL MAJES SIGUAS. Disponiéndose en dicho acto su registro y noti fi cación. Arequipa, 10 de mayo de 2007PEDRO ENRIQUE JAVIER LIZÁRRAGA LAZO Presidente del Consejo Regional de Arequipa 59310-1 GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Aprueban Cuadro para Asignación de Personal y Cuadro Nominativo de Personal de la Dirección Regional de Salud Ayacucho 2007 ORDENANZA REGIONAL Nº 006 - 2007- GRA/CR Ayacucho, 10 de mayo del 2007.EL CONSEJERO DELEGADO DEL CONSEJO REGIONAL POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Extraordinaria de fecha 9 de mayo del 2007, trató el tema relacionado al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y Cuadro Nominativo de Personal (CNP) de la Dirección Regional de Salud Ayacucho 2007; y CONSIDERANDO:Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que es misión del Gobierno Regional organizar y conducir la Gestión Pública Regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el Marco de las Políticas Nacionales y Sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, asimismo el literal f) del artículo 9º del cuerpo legal acotado, señala que es competencia constitucional del Gobierno Regional, dictar normas inherentes a la Gestión Regional; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, resulta pertinente la implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Salud Ayacucho, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 025-05-GRA/CR, de fecha 11 de julio del 2005, vigente a la fecha; Que, el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM, establece que los Cuadros para Asignación de Personal (CAP), deben ser aprobados por Ordenanza Regional, en el caso de los Gobiernos Regionales; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867,Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su Modi fi catoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968, el Consejo Regional con el voto mayoritario de sus miembros y dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y Cuadro Nominativo de Personal (CNP) de la Dirección Regional de Salud Ayacucho 2007; los cuales estarán sujetos a modi fi cación o corrección en el caso de que exista necesidad funcional y operativa, por el Pleno del Consejo Regional, de las siguientes instituciones: - Sede de la Dirección Regional de Salud Ayacucho; - Hospital Regional de Ayacucho;- Red de Salud Huamanga;- Red de Salud Huanta;- Red de Salud San Miguel;- Red de Salud San Francisco;- Red de Salud Centro Ayacucho;- Red de Salud Puquio; y- Red de Salud Coracora; cuyos textos en calidad de Anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DÉJESE sin efecto la Ordenanza Regional Nº 044-05-GRA/CR de fecha 11 de octubre del 2005. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud Ayacucho la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho para su promulgación. En la ciudad de Ayacucho, a los diez días del mes de mayo del año dos mil siete. JUSTO C. RODRIGUEZ VERA Consejero DelegadoConsejo Regional de Ayacucho POR TANTO:Mando se Publique y Cumpla.Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los diez días del mes de mayo del año dos mil siete. ERNESTO MOLINA CHÁVEZ Presidente 59708-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Aprueban Texto Único de Procedi- mientos Administrativos 2007 de la Sede Central y Oficinas Zonales del Gobierno Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2007-GRSM/CR Moyobamba, 23 de abril de 2007 POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197° y 198° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la