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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de mayo de 2007 345091 se modi fi có la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza N° 126-MDA, estableciéndose el bene fi cio Extraordinario de Descuento del 50% de los derechos fi jados en el Art. 3° de la referida norma hasta el 29 de diciembre del 2006. Que, es necesario precisar que dicho bene fi cio establecido en la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza N° 126-MDA, modi fi cada por la Ordenanza N° 135-MDA tuvo vigencia solo hasta el 29 de diciembre del 2006. Que, en la actualidad existe gran demanda de diversos sectores de la población del distrito de Ate, de las zonas de expansión urbana, que desean contar con la Constancia de Posesión, y que a la fecha se han visto imposibilitadas debido a que no pudieron alcanzar el bene fi cio del descuento del 50%, respecto al pago de Derechos Municipales establecidos para la obtención de dicho documento necesario para la suscripción de contratos con la Empresa Sedapal. Que, el Art. 9° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en su numeral 8), establece que es competencia del Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos. Que, al no encontrarse vigente en la actualidad el referido Bene fi cio Extraordinario, la Municipalidad Distrital deberá disponer las acciones necesarias con el objeto de atender los pedidos formulados por las diferentes Organizaciones Sociales entre las que se encuentran la Asociación Centro Poblado de Santa Clara, la Comunidad Autogestionaria de Huaycan, Valle de Amauta y Horacio Zevallos, con la fi nalidad de que puedan acceder de manera satisfactoria la obtención de los Servicios Básicos. En ese sentido, estando a lo dispuesto por el Art. 194° de la Constitución Política del Estado, el Art. 9°, de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, la norma IV del Título Preliminar, tras el debate correspondiente conforme obra en actas y con el voto por mayoría de los señores Regidores se ha aprobado la siguiente norma: “ORDENANZA QUE ESTABLECE LA PUESTA EN VIGENCIA DEL BENEFICIO EXTRAORDINARIO DE CARÁCTER TEMPORAL CONSIGNADO EN LA PRIMERA DISPOSICIÓN TRANSITORIA DE LA ORDENANZA N° 126-MDA, MODIFICADA POR LA ORDENANZA N° 135-MDA” Primero.- REESTABLECER LA VIGENCIA del Bene fi cio Extraordinario de Carácter Temporal consignado en la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza N° 126-MDA, modi fi cada por la Ordenanza N° 135-MDA para los solicitantes que se acojan al trámite de Obtención de la Constancia de Posesión, respecto al descuento del 50% de los derechos municipales fi jados en el Art. 3° de la referida norma, por un período de 60 días naturales contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 59704-1 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Aprueban Cuadro de Tasas y Derechos y el TUPA de la Municipalidad ORDENANZA Nº 248 -2007/MDB-CDB Breña, 25 de abril del 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE BREÑA VISTOS: El Informe Técnico Nº 085-2007-GPP/MDB de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto referente a Proyecto de Ordenanza del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Breña.CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reconoce a las Municipalidades como Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el numeral 36.1 del artículo 36º de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA; Que la norma precitada precisa que en el caso de los gobiernos locales, el TUPA se aprueba por Ordenanza Municipal, publicándose en su integridad cada dos años, pudiendo hacerlo antes cuando se considere que las modi fi caciones producidas en el mismo lo amerite; Que, mediante Ordenanza Nº 607-MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima regula el procedimiento de rati fi cación de las ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima que crean, modi fi can o regulen tasas de contribuciones, dentro del ámbito de sus respectivas Jurisdicciones; Que, mediante Directiva Nº 001-006-00000001-SAT, el Servicio de Administración Tributaria – SAT establece las pautas metodológicas para la determinación de costos de los servicios y procedimientos que dan origen a los tributos municipales, contenidos en Ordenanzas Distritales en la provincia de Lima; Que, mediante Informe Técnico Nº 085-2007-GPP/ MDB, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto señala que del análisis del Proyecto de Ordenanza que aprueba el TUPA y el cuadro de costos que sustentan los derechos de los administrados que deberán pagar en la tramitación de los procedimientos administrativos, éstos se adecuan a lo normado por la Ley Nº 27972, Ley Nº 27444, Ordenanza Nº 607-MML y la Directiva Nº 001-006-00000001-SAT; Que, mediante Informe Nº 277-2007-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoría Jurídica recomienda se incorpore en el Proyecto de Ordenanza en mención, la aprobación del cuadro de tasas y derechos de los procedimientos; indicando que lo que se somete a rati fi cación, no es el texto ni los requisitos no pecuniarios de cada procedimiento establecido en el TUPA, sino la norma municipal que aprueba el derecho que se cobra al administrado por cada procedimiento; Que, del informe técnico y legal se in fi ere que el proyecto propuesto ha sido elaborado en coordinación estricta con las unidades orgánicas que tienen bajo responsabilidad procedimientos, el mismo que se encuentra acorde con la estructura orgánica de la corporación, habiendo tenido presente los dispositivos legales en que se sustentan los diversos procedimientos y costos, enmarcados dentro de la Ley Nº 27444 y Directiva Nº 001-006-00000001-SAT; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de aprobación de Actas, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO DE TASAS Y DERECHOS Y EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS –TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro de Tasas y Derechos de los Procedimientos Administrativos; el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, de la Municipalidad Distrital de Breña; el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Derogar la Ordenanza Nº 133- MDB y todas las normas que se opongan, modi fi quen y/o complementen la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo del Concejo Metropolitano de Lima, que la ratifi que. POR TANTO:Mando se registre, publique, comunique y cumpla.JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde