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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2007 (13/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de mayo de 2007 345155 al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Alands Fredsforening Emmaus a favor de la FUNDACIÓN “CUNA NAZARETH”, consistente en 497 bultos, conteniendo 361 fardos de ropa usada, 61 cartones de zapatos usados, y 75 cartones de juguetes usados, valorizados en US$ 2,000.00 (Dos mil y 00/100 Dólares americanos), con un peso bruto manifestado de 12,420 kilos y un peso bruto recibido de 12,560 kilos según Volante de despacho Nº 00034594 de fecha 12-Set-06, enviados en contenedor Nº UGMU806099-0. La donación será utilizada para los fi nes sociales y humanitarios que persigue la Fundación “Cuna Nazareth”, a través de sus programas asistenciales. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 58814-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0452/RE Lima, 25 de abril de 2007Visto, el Expediente Nº 14309-2006, presentado por la asociación DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ - DINEZ mediante el cual solicitan la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de W&T INTERNATIONAL S.R.L. con sede en Buenos Aires - Argentina. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ - DINEZ, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación de fecha octubre del 2005, legalizada por el Consulado General del Perú en la ciudad de Buenos Aires - Argentina, se observa que W&T INTERNATIONAL S.R.L., ha efectuado una donación a favor de la asociación DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ - DINEZ; Que, los bienes donados consisten en cuatro cajas conteniendo 273 pantalones de jean, con un peso bruto de 140 kilos y un valor FOB de US$ 1,638.00 (Mil seiscientos treinta y ocho y 00/100 dólares americanos) que serán destinados a los Adolescentes del Asentamiento Humano Hiroshima - Pachacútec - Ventanilla, y en especial a los que participaron de los talleres de desarrollo personal, interpersonal, educación sexual y prevención en el consumo de drogas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por W&T INTERNATIONAL S.R.L., a favor de la asociación DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ - DINEZ; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por W&T INTERNATIONAL S.R.L., a favor de la asociación DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ - DINEZ, los bienes donados consisten en cuatro cajas conteniendo 273 pantalones de jean, con un peso bruto de 140 kilos y un valor FOB de US$ 1,638.00 (Mil seiscientos treinta y ocho y 00/100 dólares americanos) que serán destinados a los Adolescentes del Asentamiento Humano Hiroshima - Pachacútec - Ventanilla, y en especial a los que participaron en los talleres de desarrollo personal, interpersonal, educación sexual y prevención en el consumo de drogas. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 58814-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0453/RE Lima, 25 de abril de 2007Visto, el Expediente Nº 15857-2006, presentado por SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de International Dispensary Association (IDA), con sede en Ámsterdam, Holanda. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERÚ, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91-PCM - Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM - Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional; Que, mediante Certi fi cado de Donación de fecha 6 de mayo de 2004, legalizado por el Consulado General del Perú en Ámsterdam se observa que, International Dispensary Association (IDA) ha efectuado una donación a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU;