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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2007 (19/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de mayo de 2007 345692 MPC/GPS-GPTT de la Gerencia General de Programas y Proyectos Transferidos; Que, en tal sentido, es necesario ampliar el Acuerdo N° 000072, precisando la cantidad de los productos materia de exoneración y la fuente de fi nanciamiento; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Provincial del Callao; ACUERDA:1.-AMPLIAR, el Acuerdo de Concejo N° 000072 del 16 de abril del 2007, por el cual se declaró en situación de Desabastecimiento Inminente la Adquisición de Alimentos para la atención de los Comedores Populares, Hogares y Albergues de la Provincia Constitucional del Callao, para los meses de abril y mayo del 2007, en los siguientes términos: 1.1 Los productos materia de la presente exoneración son los siguientes: ÍTEM PRODUCTO U.MED CANTIDAD MES ABRILCANTIDAD MES MAYOCANTIDAD TOTAL EXONERADA 1 Arroz Pilado Superior kilo 102,750.00 102,750.00 205,500.00 2 Pallar B.B. kilo 6,822.00 6,822.00 13,644.003 Frijol Panamito kilo 6,822.00 6,822.00 13,644.004 Aceite Vegetal litro 7,345.00 7,345.00 14,690.005 Pollo c/Menudencia kilo 4,576.00 49.00 4,625.006 Huevo Fresco kilo 4,471.00 49.00 4,520.007 Pescado Fresco kilo 6,759.00 6,759.00 8 Pescado Grated en lata en agua y salUnid. 10,522.00 15,904.00 26,311.00 9 Azúcar Rubia kilo 90.00 90.00 180.00 1.2 El presente proceso de selección será fi nanciado a través de la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Rubro OO Recursos Ordinarios. 2.-PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano y remitir copia del mismo y sus informes a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, dentro del plazo de Ley, así como su publicación en el SEACE. 3.-DISPENSAR el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 61577-1 Dejan sin efecto Acuerdo que exoneró de proceso de selección para contratación de estudio jurídico a fin de recuperar monto adeudado por Petroperú ACUERDO Nº 000089 Callao, 15 de mayo de 2007EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto en Sesión Ordinaria celebrada el 15 de mayo del 2007, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo señalado en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;Que, mediante Acuerdo Nº 000052 de fecha 15 de marzo del 2007, se aprobó la Exoneración del Proceso de Selección Pública por causal de servicios personalísimos, para la contratación de los servicios del Estudio J & J Abogados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, para la recuperación de la deuda que mantiene la empresa PETROLEOS DEL PERÚ S.A. - PETROPERÚ con la Municipalidad Provincial del Callao; Que, mediante O fi cio Nº E-318-2007/GNP/APS de fecha 7 de mayo del 2007, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE-, observa el citado acuerdo por cuanto no se veri fi ca la inclusión del servicio exonerado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, asimismo, que no se aprecia las características que evidencien notoria especialización en la prestación exonerada y que no se ha precisado la fuente de fi nanciamiento del mismo; Que, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación en su Informe Nº 515-2007-MPC-GGAJC-SGAA, opina que en atención a las observaciones efectuadas por CONSUCODE, que han generado un vicio resultante del error, el mismo que acarrea la anulabilidad del acto jurídico suscrito, producto del cuestionamiento a la especialización del Estudio J & J Abogados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, así como que no se ha consignado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones la contratación de dicho servicio, opina que el contrato suscrito debe ser resuelto por mutuo acuerdo y/o conforme lo establece el propio contrato; Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal dejar sin efecto los acuerdos, en tal sentido, es necesario, dejar sin efecto el Acuerdo Nº 000052 de fecha 15 de marzo del 2007; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao; ACUERDA:1.- DEJAR, sin efecto el Acuerdo Nº 000052 de fecha 15 de marzo del 2007, que aprueba la Exoneración del Proceso de Selección Pública por causal de servicios personalísimos, para la contratación de los servicios del Estudio J & J Abogados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, para la recuperación de la deuda que mantiene la empresa PETROLEOS DEL PERÚ S.A. - PETROPERÚ con la Municipalidad Provincial del Callao. 2.-Encargar a las Gerencias Generales de Asesoría Jurídica y Conciliación y de Administración dar cumplimiento al presente Acuerdo. 3.-Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:Mando se registre y cumpla.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 61578-1 Autorizan viaje de Regidores a Brasil, en comisión de servicios ACUERDO Nº 000092 Callao, 15 de mayo de 2007EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto en Sesión Ordinaria celebrada el 15 de mayo del 2007, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; y, CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa