Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2007 (19/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

345681

Acuerdan interponer acciones legales sobre la inaplicacion del D.S. Nº 0052007-VIVIENDA con la finalidad de que no se realice la fusion del PETT MORDAZA a COFOPRI - MORDAZA
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 032-2007-GR.CAJ-CR MORDAZA,13 de MORDAZA de 2007 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Ordinaria de fecha 13 de MORDAZA del ano 2007; VISTO Y DEBATIDO el pedido presentado por el Consejero de la provincia de Hualgayoc Ing. Domitilo MORDAZA MORDAZA, referente a la transferencia de las competencias y del Proyecto Especial Titular de Tierras y Catastro Rural - PETT; con el MORDAZA unanime del Pleno, dispensa del Dictamen correspondiente, y; CONSIDERANDO: - Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2007VIVIENDA de fecha 22 de febrero del presente ano, el Gobierno Central dispone la fusion por absorcion del Proyecto Especial Titular de Tierras y Catastro Rural - PETT, al Organismo de formalizacion de la propiedad informal - COFOPRI lo cual supone la desaparicion del PETT dentro de un plazo de 60 dias calendario a partir de la publicacion la MORDAZA anteriormente indicada. Cabe indicar que esta fusion significa la transferencia patrimonial, que viene a ser el acervo documentario, recursos presupuestales, bienes muebles e inmuebles, personal, obligaciones contractuales entre otros; - Que, cabe mencionar que el PETT, fue creado a traves de la octava disposicion transitoria de la Ley Organica del Ministerio de Agricultura (Decreto Ley Nº 25902)ademas dicho ente del Estado cuenta con personeria juridica de derecho publico Interno y autonomia administrativa, tecnica y economica de conformidad con el D.S. Nº 064-200-AG (Reglamento de Organizacion y Funciones del PETT), y dentro de sus funciones y competencias principales es la de sanear fisica y legalmente la propiedad agraria rural del Pais. Por lo cual parece inexplicable que un Decreto Supremo que tiene menor rango juridico que una Ley que crea la institucion del PETT, este ordenando ahora su fusion; - Que, MORDAZA que el Gobierno Central (Funcion ejecutiva) ordene la fusion del PETT a COFOPRI, debio trasferirse las competencias y funciones al PETT a los Gobiernos Regionales en virtud de lo dispuesto en la Constitucion Politica del Estado, Ley de Bases de la Descentralizacion y la Ley Organica de Gobiernos Regionales (Ley Nº 27867), se especifica que dentro de las funciones en materia agraria de las regiones esta, "Promover, Gestionar y Administrar el MORDAZA de Saneamiento Fisico Legal de la Propiedad Agraria, con la participacion de actores involucrados, cautelando el caracter imprescriptible, inalienable e inembargable de las tierras de las comunidades campesinas y nativas. Por lo cual parece inaudito e insolito que el Gobierno Central, pretenda la fusion por absorcion del PETT, al organismo de formalizacion de la propiedad informal - COFOPRI; tan solo con la expedicion de un Decreto Supremo Nº 0052007-VIVIENDA, que normativamente se encuentra por debajo de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, siendo este Decreto Supremo atentatorio contra el orden constitucional y legal, lo cual entorpeceria el MORDAZA de regionalizacion que exige nuestro Pais; - Que, de ejecutarse la Fusion del PETT a COFOPRI, esta oficina funcionara en la MORDAZA de MORDAZA, lo cual significaria que una vez mas otras Regiones del MORDAZA manejen los intereses de los agricultores de la Region MORDAZA, cediendo una vez mas nuestra autonomia como region, implicando este hecho un gran perjuicio a MORDAZA de usuarios que tendria que desplazarse a otra Region con la finalidad de sanear su propiedad perjudicando sus ingresos economicos; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases

de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902 y 28968; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2003-CR/RC; ACORDO: Articulo Unico.- INTERPONER las acciones legales respectivas sobre la inaplicacion del Decreto Supremo Nº 005-2007-VIVIENDA publicado el 22 de febrero del presente ano con la finalidad de que no se realice la Fusion del PETT-Cajamarca a COFOPRI-Trujillo, en coordinacion con la Direccion Regional de Asesoria Juridica y la Procuraduria Publica Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA SALIRROSAS Presidente Regional 61570-2

Declaran de necesidad urgente y prioritaria la ejecucion de la obra Drenaje Pluvial Integral de la MORDAZA de MORDAZA
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 033 -2007-GR.CAJ-CR MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2007 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Ordinaria de fecha 13 de MORDAZA del ano 2007; VISTA Y DEBATIDA la Mocion de Orden del Dia presentada por el Consejero Regional de la Provincia de MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, referente priorizar la ejecucion de la Obra DRENAJE PLUVIAL INTEGRAL DE LA MORDAZA DE JAEN; con el MORDAZA unanime del Pleno, dispensa del Dictamen correspondiente; y, CONSIDERANDO: - Que, la MORDAZA de MORDAZA es uno de los centros urbanos importantes de la Region MORDAZA, con un promedio poblacional al ano 2005 de 64 725 habitantes, se caracteriza por su acelerado crecimiento, en 33 anos su poblacion ha crecido 4.7 veces y se ha extendido fisicamente 4 veces (516.65 Has ano 2005); - Que, los principales peligros que amenazan a la MORDAZA esta, relacionados con los recipientes pluviales, debido a las pendientes fuertes del terreno presentes en la MORDAZA hacen que los caudales se incrementen muy rapidamente, aumentando su caracter destructivo a medida que las aguas bajan a niveles inferiores, en tal sentido mientras en las laderas superiores hay una gran erosion e inestabilidad de taludes, en las zonas bajas el peligro potencial del agua se reduce en inundaciones, provocando perdidas en la infraestructura MORDAZA de la MORDAZA y de su entorno inmediato; - Que, la oficina de defensa civil, en documentos tecnicos que se anexan, registran los datos que ocasionan constantemente las lluvias especialmente en los meses de enero a marzo y en el presente ano en el mes de febrero, la MORDAZA de MORDAZA sufrio una de las mayores catastrofes naturales que dejo el saldo de dos muertos y mas de 1 200 damnificados, y que en el presente mes de MORDAZA las precipitaciones pluviales continuan en forma alarmante; - Que, existiendo riesgo inminente que vuelvan a poner en riesgo a la poblacion, es necesario la inmediata atencion a obras de drenaje pluvial que ayuden a un mejor control de las aguas provenientes de las precipitaciones pluviales; - Que, el Decreto Supremo Nº 221-2006-EF regula el Reglamento del Sistema Nacional de Inversion Publica, el mismo que ha establecido que la Inversion Publica, esta debe pasar por fases claramente definidas;

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