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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de mayo de 2007 345677 Nº de PericiaNº InscripciónRes. de CancelaciónNombre y Apellidos 256-MIG42915635 33-2007/SGDICarlos Meza Quispe 44387180 Carlos Meza Alvarado 442-MIG00795030 01-2007/SGDIInés Eulogia Cusi Quispe 43712736 Aurora Mamani Quispe 446-MIG19873629 01-2007/SGDIEduardo Cóndor Soto 28529172 Américo Vilca Soto 450-MIG40921118 01-2007/SGDIPatricia Eliana Torres Torres 42654580 Rosalía Torres Sato 086-MIG43830240 11-2007/SGDIMarlene Espinar Torres 44295347 Marleni Dávila Espinar 082-MIG27540816 11-2007/SGDIAbelardo Huamán Orrillo 27572792 José Juan Huamán Orrillo 165-MIG04806614 017-2007/SGDIFernando Raúl Gonzáles Bermúdez 04816277 Fernando Raúl Gonzáles Watanabe 250-MIG28562983 33-2007/SGDIEdwin Francisco Escriba Anaya 80054770 Rogelio Escriba Anaya 255-MIG40962532 33-2007/SGDIMiguel Leonardo Pineda Remón 45523661 Jorge Armando Pineda Castro 424-MIG16167466 01-2007/SGDICarlos Fernando Valverde Tello 44166124 Carlos Mimata Menéndez 433-MIG17838393 01-2007/SGDIWalter Alfredo Benites Carnero 80635603 Walter Anticona Benites Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas, excluyeron de fi nitivamente la segunda inscripción, del Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales; del referido comportamiento se presume la comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipifi cado en el artículo 428º del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades o señalar datos falsos para lograr su inscripción; Que, en atención a los fundamentos que anteceden y a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, contra los ciudadanos mencionados en el primer considerando de la presente resolución. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 60490-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la EDPYME Edyficar el traslado de oficina especial ubicada en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 549-2007 Lima, 8 de mayo de 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la EDPYME EDYFICAR solicitando la autorización de esta Superintendencia para el traslado de su O fi cina Especial ubicada en el distrito de San Juan de Lurigancho , provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS Nº 1596-2004, de fecha 20.9.2004 se autorizó la apertura de la O fi cina Especial en San Juan de Lurigancho. Que, la citada O fi cina Especial fue autorizada para operar con carácter permanente mediante Resolución SBS Nº 1883-2005 de fecha 20.12.2005, Que, mediante Resolución SBS Nº 924-2006, de fecha 14.6.2006 se le autorizó implementar el servicio de Caja a dicha O fi cina Especial. Que, las razones expuestas por la empresa recurrente justifi can el traslado de domicilio solicitado, habiéndose cumplido con presentar la documentación pertinente; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “C” mediante informe Nº 086- 2007-DEM “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, la Circular Nº EDPYME 0118-2005 y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Edpyme Edy fi car el traslado de su O fi cina Especial ubicada en avenida Canto Grande, Manzana C1, Lote 05 Cooperativa Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, a un nuevo local ubicado en avenida Canto Grande, Manzana H lote 18, urbanización Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 61737-1 Autorizan a EDPYME Edyficar la apertura de oficinas especiales en los departamentos de Arequipa, Ancash, La Libertad y Cusco RESOLUCIÓN SBS Nº 569-2007 Lima, 11 de mayo de 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:Vista la solicitud de autorización presentada por la EDPYME Edy fi car para la apertura de 7 o fi cinas especiales bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación; y, CONSIDERANDO:Que, la empresa solicitante y el Banco de la Nación han cumplido con presentar la documentación correspondiente a las autorizaciones solicitadas conforme lo establece la Circular EDPYME-0118-2005 de fecha 16 de junio de 2005 y sus modi fi catorias; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Banca y Micro fi nanzas;