Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2007 (19/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
VISTO:

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- Dicha cuenta de ahorros en un sorteo resulto ganadora del automovil MORDAZA TOYOTA YARIS cero kilometros, el cual fue entregado al mencionado Director, el mismo que aprovechando que los profesores estaban de vacaciones, vendio el automovil y se apropio del dinero proveniente de la venta. - Se ha seguido el MORDAZA y la Primera Sala Penal de MORDAZA, condeno a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cabrejos, por el delito de Peculado, habiendo ordenado el pago de la reparacion civil que comprende la restitucion del automovil en referencia; sin embargo, la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, de conformidad con el Fiscal Supremo, han revocado la sentencia y absuelto al acusado. - Contra la ejecutoria suprema ya no existe recurso impugnativo que se pueda interponer; por lo que la absolucion penal no enerva el derecho del Estado a perseguir la recuperacion de su patrimonio en la via civil, mediante la accion indemnizatoria. Que, por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 262-2003GR.LAMB/PR, se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Regional del Gobierno Regional de Lambayeque; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesion realizada el dia 16 de MORDAZA de 2007, se acordo autorizar al Procurador Publico Regional, iniciar las acciones legales en el caso "Instruccion 6682007 contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA CABREJOS"; Con la visacion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la Oficina Regional de Asesoria Juridica y la conformidad de Gerencia General Regional; y, De acuerdo con lo prescrito en la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, el articulo 78º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, Decreto Supremo Nº 002-2003JUS - Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y en uso de las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al senor Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, el inicio de las acciones legales que correspondan en el caso de la "Instruccion 668-2007 contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA CABREJOS". Articulo Segundo.- REMITIR los actuados a la Procuraduria Publica del Gobierno Regional de MORDAZA, transcribiendo la presente Resolucion Ejecutiva Regional para su conocimiento y fines pertinentes, ademas de publicarse en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Lambayeque. Registrese, comuniquese y publiquese. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 61736-2

Los Expedientes Administrativos Nºs. 99958 y 113447; y, CONSIDERANDO: Que, mediante OFICIO Nº 520-2007-GR.LAMB/ ORAD-OPF, de fecha 9 de marzo de 2007, segun el Exp. Administrativo Nº 99958 del 5 de marzo de 2007, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina Regional de Administracion de la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, ha remitido los documentos sobre las acciones administrativas efectuadas, con la finalidad de recuperar el Proyector Multimedia MORDAZA EPSON - POWERLITE 7250, Modelo ELP-5350, Serie: BQ W0150040AA -identificado con el Codigo 95227834Inventario Nº 002; Que, dicho equipo fue asignado a la Division de Imagen Institucional a cargo de la senora Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y tiene un valor neto de S/. 9,130.29 (Nueve Mil Ciento Treinta y 29/100 Nuevos Soles); Que, el dia 27-09-06 el referido Proyector Multimedia, fue entregado a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante de la Empresa RED DE PRENSA TURISTICA -REPTUR- PERU, en calidad de prestamo para uso en el Evento denominado CONGRESO NACIONAL DE TURISMO: EL ROL DEL MORDAZA PROFESIONAL EN EL DESARROLLO TURISTICO SOSTENIBLE, realizado en esta MORDAZA los dias 28, 29 y 30 de setiembre de 2006, en el Auditorio del GRAN HOTEL CHICLAYO; segun Carta de REPTUR PERU y Papeleta de Autorizacion para el Desplazamiento Interno o Externo de Bienes Patrimoniales Nº 001856, del 27-09-06 respectivamente; Que, mediante Carta s/nº de fecha 2 de octubre de 2006, el senor MORDAZA MORDAZA RUFASTO GARRIDO, Vicepresidente de la RED DE PRENSA TURISTICA REPTUR PERU, hace conocer que el dia 29-09-06 ocurrio la perdida del Proyector Multimedia, por lo cual ha realizado la denuncia respectiva, ante la PNP - COMISARIA DEL NORTE "A", segun MORDAZA certificada de denuncia de fecha 2-10-06 que forma parte de la presente Resolucion. Asimismo, el dia 6-10-06 suscribio el Compromiso de Devolucion, para restituir el bien Proyector Multimedia, en un plazo no mayor de 15 dias, cuya firma se legalizo en la Notaria MORDAZA, de la MORDAZA de MORDAZA, tal como se evidencia de la MORDAZA xerografica que se adjunta; Que, mediante Oficio Nº 058-2007-GR.LAMB/GR-DII, de fecha 3 de MORDAZA de 2007, con Exp. Reg. 115939 y adjuntando los documentos sustentatorios pertinentes, la senora Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Imagen Institucional de esta Sede Regional, ha informado lo siguiente: - Comunicada la perdida del Proyector Multimedia, a traves de una carta enviada a la Vice Presidenta del Gobierno Regional MORDAZA, se hicieron las coordinaciones respectivas para la devolucion del mismo, existiendo el compromiso del senor MORDAZA MORDAZA Rufastro Garrido, via carta notarial. - Posteriormente pidio un plazo de 15 dias, con otra Carta dirigida al Gobierno Regional Lambayeque. - En diciembre de 2006, por encargo del senor Rufasto, se apersonaron a la Ofiicna de Imagen Institucional, el senor MORDAZA UCHOFEN y la Srta. MORDAZA SENMACHE, representantes de REPTUR, para hacer la reposicion del equipo MORDAZA EPSON, Modelo ELP 5350 por un equipo multimedia MORDAZA KODAK DP 900, no pudiendo hacer las pruebas respectivas para verificar su funcionamiento por falta de un cable de conexion con el CPU. - La recepcion del equipo en mencion, no llego a concretarse tanto por la falta del cable, asi como por el informe emitido por la Sub Gerencia de Racionalizacion e Informatica que determino que el equipo KODAK no cubria las caracteristicas del equipo EPSON (Oficio Nº 6432006-GR.LAMB/GRPP, del 30-11-06). - Pese a las continuas llamadas telefonicas hechas al senor MORDAZA MORDAZA RUFASTRO, instandolo a que devuelva el Proyector Multimedia, no cumplio con el compromiso asumido.

Autorizan a procurador iniciar acciones legales para la recuperacion de proyector multimedia de propiedad del Estado
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 266-2007-GR.LAMB/PR Chiclayo, 14 de MORDAZA de 2007

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