Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2007 (19/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 61744-1

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observaciones descritas el EX GERENTE MUNICIPAL, SR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debido a que no habria cumplido con sus funciones de "dirigir, supervisar y controlar las acciones de los organos tecnicos, de apoyo y de gestion municipal", y de "Programar, organizar, dirigir y controlar los procesos de gestion de personal, gestion economica y financiera, gestion logistica y de servicios generales de la Municipalidad.", contempladas respectivamente en los literales a) y e) del numeral 3) del Art. 69º del Regimen de Organizacion Interior y Funcionamiento, aprobado mediante Ordenanza Nº 059, de fecha 29-04-05, modificado por la Ordenanza Nº 067 del 20-07-05. Siendo asi, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, EX GERENTE MUNICIPAL habria incumplido lo dispuesto en el articulo 21º, inciso a), del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, que senala como obligacion cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico. En consecuencia, el referido ex Gerente Municipal habria incurrido en falta de caracter disciplinario prevista en el Art. 28°, inciso d), del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, que se refiere a la negligencia en el desempeno de sus funciones; Que, las presuntas faltas imputadas revisten gravedad que puede ser causal de cese temporal o destitucion, por lo que los ex funcionarios publicos involucrados deben ser sometidos a MORDAZA administrativo disciplinario, que no excedera de treinta (30) dias habiles improrrogables, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 163º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; Que, el articulo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que el MORDAZA administrativo disciplinario sera instaurado por resolucion del titular de la entidad o del funcionario que tenga la autoridad delegada para tal efecto debiendo notificarse en este caso a los ex funcionarios publicos procesados en forma personal o publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de setenta y dos (72) horas contadas a partir del dia siguiente de la expedicion de dicha resolucion; Que, estando a lo expuesto; y considerando lo dispuesto en el Art. 20°, numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios publicos de esta entidad MORDAZA, que seguidamente se mencionan conforme al siguiente detalle: - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Administracion, comprendido en las Observaciones Nºs. 1, 2, 3 y 4 del Informe Largo. - Sra. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Rentas, comprendida en la observacion Nº 1 del Informe Largo. - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Personal, comprendida en la observacion Nº 5 del Informe Largo. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Informatica, comprendido en las Observaciones Nºs. 6 y 7 del Informe Largo. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Municipal, por lo expuesto en los considerandos de la presente resolucion. Articulo Segundo.- CONCEDER a los ex funcionarios publicos mencionados en el articulo primero el plazo de cinco (05) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la notificacion de la presente resolucion, a fin de que presenten sus descargos respectivos. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta Municipalidad, llevar a cabo el MORDAZA administrativo disciplinario pertinente y luego de su conclusion, proceda a elevar el informe respectivo al titular del pliego. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria Municipal la notificacion de la presente resolucion conforme a ley.

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Amplian Acuerdo de Concejo que declaro en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de alimentos para la atencion de comedores populares, hogares y albergues
ACUERDO Nº 000087 Callao, 15 de MORDAZA de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto en Sesion Ordinaria celebrada el 15 de MORDAZA del 2007, con el MORDAZA UNANIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y su Reglamento de Organizacion Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 000072 de fecha 16 de MORDAZA del 2007, se declaro en situacion de Desabastecimiento Inminente la Adquisicion de Alimentos para la atencion de los Comedores Populares, Hogares y Albergues de la Provincia Constitucional del Callao, para los meses de MORDAZA y MORDAZA del 2007, hasta que culmine el desarrollo del correspondiente MORDAZA de seleccion, el mismo que no podra exceder de 60 dias calendario, asimismo, se exonero del MORDAZA de Seleccion correspondiente la adquisicion de dichos Alimentos, ademas se autorizo a la Gerencia de Abastecimiento para que proceda al MORDAZA de Adquisicion de Alimentos para los meses de MORDAZA y MORDAZA del 2007, a traves del procedimiento establecido en el Articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, hasta que culmine el desarrollo del correspondiente MORDAZA de seleccion, cuyo valor referencial asciende aproximadamente a la suma de S/. 612,231.90; Que, con el Oficio N° E-318-2007/GNP/APS de fecha 7 de MORDAZA del 2007, el Consejo Superior de Concesiones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE-, precisa que de acuerdo al numeral 6.5 de la Directiva N° 011-2001CONSUCODE/PRE, la parte resolutiva del instrumento que aprueba la exoneracion, debe senalar la cantidad de los productos materia de exoneracion, asi como la fuente de financiamiento; Que, la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, a traves del Memorando N° 398-2007-MPC/GGPPR, senala que se ha previsto en el Presupuesto Institucional de Apertura del Ejercicio Fiscal 2007, en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Rubro OO Recursos Ordinarios la suma de S/. 2,250,708 para financiar el Programa de Complementacion Alimentaria (comedores); Que, la Gerencia de Abastecimiento a traves del Informe N° 1236-2007-MPC/GGA/GA, indica que las cantidades materia de la presente exoneracion se encuentran consignadas en el Informe N° 209-2007-

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