Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2007 (19/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2007

De conformidad con las facultades establecidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en la Circular Nº EDPYME 1182005, y en virtud de la facultad delegada por Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a EDPYME Edyficar para la apertura de oficinas especiales bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nacion en los locales senalados en el Anexo adjunto a la presente Resolucion, debiendo MORDAZA entidades realizar sus operaciones conforme el MORDAZA legal que les resulta aplicable. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas ANEXO
Departamento Provincia MORDAZA Islay MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bolognesi MORDAZA La MORDAZA MORDAZA MORDAZA Distrito Direccion del Local Punta de Bombon San MORDAZA 147 Chacas Jr. MORDAZA s/n MORDAZA Jr. MORDAZA s/n y 28 de MORDAZA - Plaza de MORDAZA MORDAZA San MORDAZA Jr. Grau 445 - Plaza de MORDAZA Pacasmayo San MORDAZA de Lloc Dos de MORDAZA 260-264 Quispicanchis Urcos Jr. MORDAZA Zubiaga 113 Urubamba Urubamba Esq. Av. Senor de Torrechayoc y Jr. Sagrario

61739-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Exoneran a la Direccion Regional MORDAZA de MORDAZA de seleccion para la contratacion de servicio de apoyo aereo para el traslado de internos de establecimiento penitenciario
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 312-2007-INPE/P. MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2007 VISTOS, el Oficio Nº 452-2007-INPE/16 que adjunta el Informe Tecnico Legal Nº 002-2007-INPE/16.05/16.04, de fechas 10 y 7 de MORDAZA de 2007, respectivamente, por el que solicita se declare en situacion de emergencia el servicio de apoyo aereo para el traslado de once (11) internos del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial de la Direccion Regional MORDAZA al Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial La Capilla - Juliaca de la Direccion Regional Altiplano MORDAZA, Oficio Nº 806-2007-INPE/10 de fecha 14 de MORDAZA de 2007 de la Oficina General de Administracion, e Informe Nº 1412007-INPE/06 de fecha 15 de MORDAZA de 2007, de la Oficina General de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 014-2007INPE/07 de fecha 12 de MORDAZA de 2007, se dispuso el traslado de once (11) internos del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial de la Direccion Regional MORDAZA al Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado

Especial La Capilla - Juliaca de la Direccion Regional Altiplano MORDAZA, por medidas de seguridad, debido a su participacion en la reyerta que protagonizaron los dias 10 y 11 de MORDAZA de 2007, quienes aprovisionados de MORDAZA de fuego iniciaron una balacera, resultando varios heridos por proyectil de arma de fuego del pabellon 5B; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 0022007-INPE/16.05/16.04 de fecha 7 de MORDAZA de 2007, la Direccion Regional MORDAZA refiere que debido a los incidentes MORDAZA citados, se adopto la decision de realizar con el caracter de muy urgente y bajo estrictas medidas de seguridad, el traslado de los citados once (11) internos al Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial La Capilla - Juliaca de la Direccion Regional Altiplano MORDAZA , para cuyo fin se gestiono con la Direccion de Aviacion Policial de la Policia Nacional del Peru la prestacion del servicio de apoyo aereo para que ejecute dicho traslado, por un monto de S/. 31 931,62 nuevos soles; Que, mediante Informe Nº 004-2007-INPE/16.09 de fecha 17 de MORDAZA de 2007, la Oficina de Seguridad de la Direccion Regional MORDAZA refiere que con fecha 13 de MORDAZA de 2007, a traves de la Aviacion Policial de la Policia Nacional del Peru se ejecuto el traslado de los once (11) internos del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial de la Direccion Regional MORDAZA al Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial La Capilla - Juliaca de la Direccion Regional Altiplano Puno; Que, mediante Oficio Nº 125-2007-INPE/16.03 de fecha 17 de MORDAZA de 2007, la Oficina de Planificacion de la Direccion Regional MORDAZA comunica la aprobacion de la modificacion presupuestal, entre las que se incluye la Meta 0102 Realizar Operativos, traslados de internos y rotaciones del personal (Nota Nº 0000000014), por un credito de S/. 31 932,00 nuevos soles, evidenciandose la disponibilidad presupuestal para la contratacion del servicio de traslado de internos; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 834-2007INPE/16 de fecha 10 de MORDAZA de 2007, la Direccion Regional MORDAZA modifico su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, a fin de incluir el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de apoyo aereo para el traslado de internos del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial de la Direccion Regional MORDAZA al Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial La Capilla - Juliaca de la Direccion Regional Altiplano MORDAZA, por el monto de S/. 31 931,62 nuevos soles; Que, mediante Oficio Nº 452-2007-INPE/16 de fecha 10 de MORDAZA de 2007, la Direccion Regional MORDAZA solicita se declare en situacion de emergencia el servicio de apoyo aereo para el traslado de los citados internos y la aprobacion de la exoneracion para la contratacion del servicio de transporte aereo para el traslado de internos del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la Direccion Regional Altiplano Puno; Que, segun el articulo 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. En este caso la Entidad queda exonerada de la tramitacion del expediente administrativo y podra ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la ley. El Reglamento establecera los mecanismos y plazos para la regularizacion del procedimiento correspondiente; Que, el articulo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, dispone, entre otros, (...) que la entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender los desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan. Toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias siguientes a la finalizacion del evento

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