Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2007 (24/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de mayo de 2007 345837 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Ordenanza N° 000027-MDSJM.- Aprueban Reglamento de Distinciones y Honores a otorgar por la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores 345879 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHEROS Acuerdo N° 012-2007-A/MPCH.- Declaran en situación de desabastecimiento inminente la adquisición de insumos para el Programa Vaso de Leche por los meses de enero a marzo 2007 345881MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAJAY Acuerdo N° 001-2007-MDC.- Exoneran de requisitos de adjudicación directa selectiva la adquisición de productos para la ejecución de la obra “Construcción de Riego por Aspersión Collota” 345881 R.A. N° 100-2007-A-MDC.- Modifi can el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad para el año 2007 345882 SEPARATA ESPECIAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Res. N° 070-2007-PD/OSIPTEL.- Proyecto de modi fi cación del Reglamento del Sistema de Preselección 1 al 8 PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA Facultan contratación de postulantes comprendidos en cuadro de méritos por concurso público en el Gobierno Regional Cusco, en la habilitación de plazas docentes autorizada mediante el D.U. N° 013-2007 DECRETO DE URGENCIA N° 016-2007 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 013-2007 se autoriza para el presente año fi scal la contratación de docentes en los Gobiernos Regionales con recursos provenientes del canon y sobrecanon, por lo que a fi n de facilitar las acciones de personal dispuestas en el marco del citado Decreto de Urgencia, es necesario establecer que la autorización para habilitar plazas docentes podrá incluir a la contratación de aquellos postulantes que se encuentren comprendidos en un cuadro de méritos vigente para contrato docente, producto de un concurso público de méritos en el Gobierno Regional Cusco; Que, la acción antes mencionada coadyuva a agilizar la atención del dé fi cit del servicio educativo, siendo de carácter extraordinario y urgente, y de mani fi esto interés nacional, dada la necesidad de permitir brindar un servicio de educación continuo y efectivo a favor de los niños y jóvenes del Cusco, la cual constituye una medida económico- fi nanciera toda vez que se sustenta en el uso de los recursos del canon y sobrecanon; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19 del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1°.- Habilitación de plazas en el Gobierno Regional Cusco La autorización para habilitar plazas docentes dispuesta en el artículo 1° del Decreto de Urgencia N° 013-2007, podrá incluir a la contratación de aquellos postulantes que se encuentren comprendidos en un cuadro de méritos vigente para contrato docente, producto de un concurso público de méritos en el Gobierno Regional Cusco. El referido cuadro de méritos deberá ser puesto en conocimiento del Ministerio de Educación. Artículo 2°.- Disposiciones complementarias e información trimestral El Ministerio de Educación dicta en coordinación con el Gobierno Regional Cusco, de ser necesario, las disposiciones complementarias para la mejor aplicación del presente Decreto de Urgencia. Artículo 3°.- Del fi nanciamiento Lo dispuesto en la presente norma se fi nancia con cargo a los recursos señalados en el artículo 1° del Decreto de Urgencia N° 013-2007Artículo 4°.- RefrendoEl presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros yEncargado del Despacho delMinisterio de Economía y Finanzas JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 64391-1 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Prorrogan Estado de Emergencia en diversas provincias y distritos de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Cusco y Junín DECRETO SUPREMO Nº 044-2007-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2007-PCM de fecha 21 de marzo del 2007, se prorrogó el Estado de Emergencia por el término de sesenta (60) días en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en la provincia de La Convención del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en el distrito de Andamarca de la provincia de Concepción; y, en el distrito de Santo Domingo de Acobamba de la provincia de Huancayo del departamento de Junín; Que, mediante el referido Decreto Supremo, se declaró el Estado de Emergencia, en el distrito de Comas de la provincia de Concepción y en el distrito de Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junín, por un plazo de sesenta (60) días; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia referido en los considerandos precedentes, aún subsisten las condiciones que determinaron la declaratoria del Estado de Emergencia en las provincias y distritos allí indicados; De conformidad con el artículo 118º, numerales 4) y 14) de la Constitución Política del Perú; con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;