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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de mayo de 2007 345849 De conformidad con lo estipulado en la cláusula 9.10 del Contrato BOOT de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar el cambio del Operador Estratégico Precali fi cado de Distribución solicitada por la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. a favor de la empresa AEI Perú Holdings Ltd. conforme a lo establecido en la cláusula 9.10 del Contrato BOOT de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao y el numeral 5.2 de las Bases del Concurso Público Internacional para la Concesión de Transporte de Líquidos y Gas desde Camisea y la Concesión de Distribución de Gas en Lima y Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 63453-1 JUSTICIA Acceden a pedidos de extradición activa de procesados y disponen su presentación al Gobierno de la República de Francia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 104-2007-JUS Lima, 23 de mayo de 2007 Visto; el Informe de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 063-2007/COE-TC del 21 de mayo de 2007, sobre la solicitud de extradición activa del procesado LUIS ALBERTO ZEGARRA GONZALES, formulada por el Cuarto Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 10 de mayo de 2007, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado LUIS ALBERTO ZEGARRA GONZALES, por la presunta comisión del delito contra la salud pública - trá fi co ilícito de drogas en agravio del Estado (Exp. Nº 31-2007); Que, mediante el Informe Nº 063-2007/COE-TC del 21 de mayo de 2007, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el D. Leg. Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, la Convención de Extradición celebrado entre la República de Francia y la República del Perú, suscrito en París el 30 de setiembre de 1874, aprobada por el Congreso mediante Resolución Legislativa el 8 de junio de 1875, promulgada el 15 de junio de 1875, rati fi cada el 12 de agosto de 1875 y vigente para el Perú desde el canje de rati fi caciones del 19 de enero de 1876; así como la Convención de las Naciones Unidas contra el Trá fi co Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, aprobado por el Perú mediante Resolución Legislativa Nº 25352 del 22 de noviembre de 1991 y vigente para el Perú desde el 15 de abril de 1992; y lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado LUIS ALBERTO ZEGARRA GONZALES, formulado por el Cuarto Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del delito contra la salud pública - trá fi co ilícito de drogas en agravio del Estado; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República de Francia de conformidad con la Convención vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo SocialEncargada del Despacho del Ministerio de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 64391-7 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 105-2007-JUS Lima, 23 de mayo de 2007 Visto; el Informe de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 062-2007/COE-TC del 15 de mayo de 2007, sobre la solicitud de extradición activa del procesado ROLANDO RAMOS CUEVAS, formulada por el Cuarto Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 27 de abril de 2007, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado ROLANDO RAMOS CUEVAS, por la presunta comisión del delito contra la salud pública - trá fi co ilícito de drogas en agravio del Estado (Exp. Nº 30-2007); Que, mediante el Informe Nº 062-2007/COE-TC del 15 de mayo de 2007, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el D. Leg. Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, la Convención de Extradición celebrado entre la República de Francia y la República del Perú, suscrito en París el 30 de setiembre de 1874, aprobada por el Congreso mediante Resolución Legislativa el 8 de junio de 1875, promulgada el 15 de junio de 1875, ratificada el 12 de agosto de 1875 y vigente para el Perú desde el canje de ratificaciones del 19 de enero de 1876; así como la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, aprobado por el Perú mediante Resolución Legislativa Nº 25352 del 22 de noviembre de 1991 y vigente para el Perú desde el 15 de abril de 1992; y lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado ROLANDO RAMOS CUEVAS, formulado por el Cuarto Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del delito contra la salud pública - trá fi co ilícito de drogas en agravio del Estado; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República de Francia de conformidad con la Convención vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.