Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2007 (24/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
Expediente 311959806 Descripcion de la servidumbre Subestacion de Electrica Nº 5563 Area de servidumbre

345847
MORDAZA de Propiedad Publica MORDAZA de terreno MORDAZA

Articulo 2º.- Dentro de la faja de servidumbre, no podra construirse obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

Distribucion Suelo, subsuelo y aires: 10,58 m2

Ubicacion: distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM (PSAD 56) : Vertice A B C D Norte Este

8 660 820,809 303 297,876 8 660 816,830 303 277,568 8 660 815,697 303 279,570 8 660 819,676 303 281,878

59764-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 203-2007-MEM/DM
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Expediente Nº 31195806, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de imposicion de servidumbre de ocupacion de bienes publicos, para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta MORDAZA subterranea (boveda) para Servicio Publico de Electricidad Nº 5563; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta subterranea (boveda) para Servicio Publico de Electricidad Nº 5563, ubicada en la Avenidad Nueva MORDAZA Mz. G, Lotes 211 y 212, Parcelacion Cieneguilla, Etapa II, distrito de Cieneguilla, entre las calles Candelita y Algodon, distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del articulo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados a utilizar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 082-2007-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta MORDAZA subterranea (boveda) para Servicio Publico de Electricidad Nº 5563, ubicada en la Avenidad Nueva MORDAZA Mz. G, Lotes 211 y 212, Parcelacion Cieneguilla, Etapa II, entre las calles Candelita y Algodon, distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

Articulo 2º.- Dentro de la faja de servidumbre, no podra construirse obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

59764-3

Reconocen servidumbre de ocupacion sobre bien de propiedad privada a favor de concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 204-2007-MEM/DM
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Expediente Nº 31196806, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre convencional para un area de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica convencional a nivel para Servicio Publico de Electricidad Nº 1539; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de propiedad privada para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica convencional a nivel para Servicio Publico de Electricidad Nº 1539, ubicada en la MORDAZA Los Hornos Nº 185, Lotizacion Industrial MORDAZA, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el primer considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 51,60 metros cuadrados, de propiedad privada, para la subestacion de distribucion electrica convencional a nivel para Servicio Publico de Electricidad Nº 1539, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de fecha 12 de MORDAZA de 2006, cuya MORDAZA obra en el Expediente;

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