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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2007 (24/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de mayo de 2007 345841 Autorizan viaje de profesional a Japón para participar en la Segunda Reunión del Consejo Consultivo Empresarial de APEC (ABAC) RESOLUCIÓN SUPREMA N° 074-2007-MINCETUR Lima, 23 de mayo de 2007 CONSIDERANDO:Que, en el marco del Foro de Cooperación Económica del Asia Pací fi co (APEC), del 29 al 30 de mayo de 2007, se llevará a cabo en la ciudad de Tokio, Japón, la Segunda Reunión del Consejo Consultivo Empresarial de APEC (ABAC), en la cual se desarrollarán sesiones conjuntas entre los Altos Funcionarios y el ABAC así como el Simposio sobre Liberalización y Facilitación de las Inversiones del APEC; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, considera de interés la participación de un representante en dichos eventos con el fi n de lograr, entre otros objetivos, que los intereses peruanos se vean re fl ejados en los temas prioritarios del año APEC 2007, tales como el Acuerdo Comercial Regional, la facilitación del Comercio, el apoyo en la Consecución de la Ronda Doha de la Organización Mundial de Comercio-OMC y el fortalecimiento de las capacidades técnicas, manteniendo activa la participación peruana en el proceso APEC, en orden al cumplimiento de las metas y objetivos institucionales; Que, el MINCETUR ejerce la representación del Perú ante el APEC, correspondiendo al Viceministerio de Comercio Exterior, de conformidad con la política nacional de comercio exterior, programar y ejecutar acciones concernientes a la Agenda Comercial en el APEC, en el ámbito de su competencia; Que, por tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Nathan Nadramija Nieva, quien presta servicios en dicho Viceministerio, para que participe en representación del MINCETUR en los eventos antes mencionados; Que, de acuerdo con la Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, han quedado prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con excepción de los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley N° 28927 antes citada, la Ley N° 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que reula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Tokio, Japón, del 27 de mayo al 1 de junio de 2007, el señor Nathan Nadramija Nieva, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, a fin de que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en los eventos a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 2 558,00 Viáticos (US$ 2 60,00 x 4 días) : US$ 1 040,00 Tarifa CÓRPAC : US$ 30,25 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el profesional cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución deberá presentar a la Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; así mismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNANDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 64391-10 DEFENSA Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno durante Estado de Emergencia en provincias y distritos de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Cusco y Junín RESOLUCIÓN SUPREMA N° 109-2007-DE/SG Lima, 23 de mayo de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2007-PCM de fecha 23 de mayo de 2007, se prorrogó el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en la provincia de La Convención del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de Concepción; y, en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junín, por un plazo de sesenta (60) días. Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 137° de la Constitución Política del Perú, las Fuerzas Armadas en Estado de Emergencia, asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno por el tiempo que dure el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en la provincia de La Convención del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de Concepción; y, en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junín. La Policía Nacional contribuirá al logro de dicho objetivo en los departamentos, provincias y distritos indicados en el párrafo anterior. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior 64391-6