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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (13/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 13 de noviembre de 2007 357413 TABLA II INFRACCIONES GRAVES CÓDIGO INFRACCIONES GRAVES REFERENCIA SANCIÓN G.1 Prestar el armamento del Estado a un miembro de la P.N.P. o tomar el no asig-nado sin autorización.Numeral 37.2.1 4 días de Sanción de Rigor G.2 Realizar operaciones policiales no au- torizadas o no seguir los procedimientos establecidos para ellas.Numeral 37.2.2 4 días de Sanción de Rigor G.3 Incumplir con las normas relativas a la ejecución de sanciones.Numeral 37.2.3 4 días de Sanción de Rigor G.4 Fracasar en el cumplimiento de la mis- ión por desidia, imprevisión o carencia de iniciativa.Numeral 37.2.4 4 días de Sanción de Rigor G.5 Tratar arbitraria o discriminatoriamente a personal de la P.N.P.Numeral 37.2.5 4 días de Sanción de Rigor G.6 Ocasionar daños o no adoptar las me- didas para el uso y conservación del armamento y vehículos de propiedad del Estado, sin causa justi fi cada y sin perjuicio de su reposición o reparación.Numeral 37.2.6 4 días de Sanción de Rigor G.7 Usar la fuerza en forma innecesaria o desproporcionada, en acto de servicio mediante la agresión física o el empleo de armamento, equipo, vehículos o cu-alquier otro medio asignado legalmente por el Estado, cuando como consecuen-cia de ello se causa lesiones leves.Numeral 37.2.7 4 días de Sanción de Rigor G.8 Emplear o ejercer in fl uencia o reco- mendaciones, valiéndose de grados, cargo o función para obtener ascensos, recompensas, permisos, cambios de colocación o todo aquello que signi fi que ventaja, con detrimento del servicio o de los derechos de los demás.Numeral 37.2.8 4 días de Sanción de Rigor G.9 Abandonar su servicio sin motivo justi- fi cado.Numeral 37.2.9 4 días de Sanción de Rigor G.10 Proceder con parcialidad en aplicar san- ciones, dar incentivos o no otorgar estos cuando correspondan de acuerdo a la normatividad vigente.Numeral 37.2.104 días de Sanción de Rigor G.11 Perder, dañar o no adoptar las medidas de seguridad para la conservación de prendas, equipos, locales y otros bienes de propiedad del Estado, sin perjuicio de su reposición o reparación.Numeral 37.2.114 días de Sanción de Rigor G.12 Presentarse al servicio con signos de haber ingerido bebidas alcohólicas.Numeral 37.2.124 días de Sanción de Rigor G.13 Establecer u otorgar privilegios o des- ventajas en la asignación o distribución de los recursos humanos, logísticos, económicos y fi nancieros.Numeral 37.2.134 días de Sanción de Rigor G.14 Inasistir al 5% o más de las sesiones de los cursos, seminarios, charlas u otros similares, programados por la In-stitución, para los que fuese nombrado, salvo razones justi fi cadas.Numeral 37.2.148 días de Sanción de Rigor G.15 Simular enfermedad o la mayor grave- dad de ésta o facilitar la simulación, en perjuicio del servicio o los derechos de los demás.Numeral 37.2.158 días de Sanción de Rigor G.16 Faltar el respeto a los símbolos de la patria y/o institucionales.Numeral 37.2.168 días de Sanción de Rigor G.17 Perder, dañar o no adoptar las medidas para la conservación del armamento o vehículos de propiedad del Estado, sin causa justi fi cada y sin perjuicio de su reposición o reparación.Numeral 37.2.178 días de Sanción de Rigor G.18 Negar el conducto regular o impedir el trámite de una reclamación o petición amparada en la normatividad vigente. Numeral 37.2.188 días de Sanción de Rigor G.19 Desobedecer disposiciones o instruc- ciones dictadas en razón del cargo por profesionales o técnicos de la salud de la P.N.P., aun cuando sean de igual o menor grado. Numeral 37.2.198 días de Sanción de Rigor G.20 Omitir incorporarse a su Unidad de destino o a la más cercana en caso de grave alteración del orden.Numeral 37.2.208 días de Sanción de Rigor G.21 Utilizar o disponer indebidamente el Carné de Identidad Personal, arma-mento, vehículos, bienes o recursos de propiedad del Estado.Numeral 37.2.218 días de Sanción de Rigor G.22 Acercarse corporalmente con roces, to- camientos u otras conductas físicas de naturaleza sexual, que resulten ofensiv-as, hostiles o humillantes y no deseadas por el agraviado.Numeral 37.2.228 días de Sanción de Rigor CÓDIGO INFRACCIONES GRAVES REFERENCIA SANCIÓN G.23 Prometer al personal de la P.N.P., implícita o explícitamente, un trato preferente y/o bene fi cioso respecto de su situación económica, personal y/o de servicio, a cambio de un favor sexual.Numeral 37.2.238 días de Sanción de Rigor G.24 Participar en accidentes de tránsito con vehículo policial o particular sin poseer licencia de conducir o sin estar autor- izado para manejarlo.Numeral 37.2.248 días de Sanción de Rigor G.25 Perder o inutilizar documentación y/o cualquier información con fi dencial y reservada, que afecte la seguridad o el servicio policial. Numeral 37.2.258 días de Sanción de Rigor G.26 Comercializar indebidamente productos farmacéuticos, biomédicos y otros de similar naturaleza no asignados al per-sonal médico y familiares por el Estado, dentro de las unidades de salud de la P.N.P.Numeral 37.2.2612 días de Sanción de Rigor G.27 Difundir o promover ideas o rumores que vayan en contra de la cohesión institucional, que propicien desorden o confusión al interior de ésta o que afecten la imagen o el honor de sus miembros.Numeral 37.2.2712 días de Sanción de Rigor G.28 Ocultar o disimular la identidad propia o la de otros miembros de la P.N.P. que hayan cometido infracción grave. Numeral 37.2.2812 días de Sanción de Rigor G.29 Modi fi car o alterar las directivas, planes, instrucciones, órdenes u otras disposi-ciones vigentes, poniendo en riesgo la seguridad de las personas y/o del patri-monio público o privado. Numeral 37.2.2912 días de Sanción de Rigor G.30 Omitir informar la presunta comisión de infracciones graves o muy graves del personal de la P.N.P.Numeral 37.2.3012 días de Sanción de Rigor G.31 Presionar al Subordinado para que no efectúe reclamaciones cuando le asiste este derecho, o incitarlo a que interpon-ga reclamos injusti fi cados. Numeral 37.2.3112 días de Sanción de Rigor G.32 Demostrar parcialidad en el cumplimien- to de las funciones de evaluador de desempeño del personal a sus órdenes. Numeral 37.2.3212 días de Sanción de Rigor G.32.A Ejercer la defensa legal en proced- imientos administrativos así como en procesos judiciales contra la Institución o sus representantes; salvo en causa propia o en defensa del cónyuge, hijos, padres, hermanos; o con autorización expresa del Comando Institucional.Numeral 37.2.32-A12 días de Sanción de Rigor G.33 Maltratar físicamente al público o a los detenidos, en el ejercicio de la función policial, salvo que no constituya infrac-ción muy grave. Numeral 37.2.3312 días de Sanción de Rigor G.34 Actuar con negligencia en el ejercicio de su función, cuando como consecuencia de ello se causen lesiones graves o la muerte.Numeral 37.2.3412 días de Sanción de Rigor G.35 Faltar por tres (3), más de tres (3) y menos de siete (7) días consecutivos a su centro de labores; o no presentarse luego de transcurrido el plazo al término de sus vacaciones, permisos, comisio-nes o licencias, sin causa justi fi cada.Numeral 37.2.3512 días de Sanción de Rigor G.36 Obtener, permitir y/o divulgar el con- tenido de documentación, órdenes, y en general cualquier información sin autorización, incluyendo la relacionada con la salud del personal de la P.N.P. y sus familiares. Numeral 37.2.3612 días de Sanción de Rigor G.37 Prescribir o ejecutar en el paciente diag- nósticos, tratamientos, y procedimientos que no correspondan a su problema de salud.Numeral 37.2.3712 días de Sanción de Rigor G.38 Inducir u obligar al personal de la P.N.P. o familiares a someterse a diagnósticos, procedimientos y tratamientos médicos particulares con fi nes de lucro. Numeral 37.2.3812 días de Sanción de Rigor G.39 Efectuar disparos con armamento afectado o particular, sin causa justi fi - cada.Numeral 37.2.3912 días de Sanción de Rigor G.40 Contraer compromisos económicos que excedan su capacidad afectando al personal de la P.N.P. que actúa como garante.Numeral 37.2.4012 días de Sanción de Rigor G.41 Dar en garantía o utilizar de cualquier forma distinta a las funciones policiales el Carné de Identidad Personal. Numeral 37.2.4112 días de Sanción de Rigor G.42 Maltratar física y psicológicamente a los padres, cónyuge, conviviente e hijos. Numeral 37.2.4212 días de Sanción de Rigor G.43 Incurrir en negligencia que dé lugar a la evasión de un detenido, estando de ser-vicio o en el desempeño de su función. Numeral 37.2.4312 días de Sanción de Rigor