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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de noviembre de 2007 358014 del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado – Construcción de Planta de Tratamiento de Agua Potable en la Capital de Kimbiri. CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de acuerdos, conforme establece el Artículo 39º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 27972; Que, de conformidad a lo previsto por el Art. 34º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, las contrataciones y adquisiciones que realizan los gobiernos locales se sujetan a la ley de la materia; en consecuencia, de acuerdo a lo dispuesto por el literal e) del Art. 19º del D. S. Nº 083-2004-PCM, están exoneradas del proceso de selección las adquisiciones y contrataciones del Estado cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; Que, el Proyecto Mejoramiento Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en Distrito de Kimbiri, debidamente viabilizado con el Código SNIP Nº 44751, y por su naturaleza del proyecto, el terreno destinado a la construcción de este proyecto requiere ciertas características técnicas de ubicación y extensión insustituible; Que, conforme al Informe Técnico Nº 088-2007-MDK- SGIDU-DEI-VADC, se ha ubicado un terreno adecuado para este proyecto ubicado en Kimbiri Alto en el Distrito de Kimbiri, propiedad del señor Fermín Pérez Herreras y esposa Clementina Huallpa Muñoz, que tiene título debidamente registrado en la Ficha Nº 0111632 de los registros públicos de Quillabamba, con una extensión superfi cial de 20,026.00 metros cuadrados (2.0026 Has), que reúne las exigencias técnicas para la ubicación del proyecto;Que, mediante el Informe Legal Nº 035-2007- MDK/ALE-CAL, el asesor legal de la Municipalidad, en sus conclusiones recomienda declarar procedente la exoneración del proceso de selección para la adquisición del terreno descrito en el párrafo precedente, a razón de que es un bien inmueble que no admite sustituto y existe un único proveedor; Por las consideraciones expuestas, en uso de las atribuciones establecidas por los Artículos 9º y 39º de la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, por unanimidad; ACUERDA:Primero.- APROBAR la exoneración del proceso de selección, la adquisición del terreno destinado para el Proyecto Ampliación y Mejoramiento de Sistema de Agua Potable y Alcantarillado – Construcción de Planta de Tratamiento de Agua Potable en el capital de Kimbiri, de una extensión superfi cial de 20,026.00 metros cuadrados, equivalente a 2.0026 hectáreas, propiedad de los señores Fermín Pérez Herreras y Clementina Huallpa Muñoz, ubicado en la Comunidad de Kimbiri Alto en el distrito de Kimbiri, a un precio total de setenta mil nuevos soles – S/. 70,000.00. Segundo.- ENCARGAR a las unidades ejecutivas de la Municipalidad, la remisión de los actuados al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Contraloría General de la República, para su conocimiento y fi nes de ley; asimismo, su Publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Tercero.- ENCARGAR al Despacho de Alcaldía realizar las formalidades de la Escritura Pública y demás formalidades. Dado en la Municipalidad Distrital de Kimbiri a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil siete. GUILLERMO TORRES PALOMINO Alcalde 133889-3 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justifi car.2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Ofi cial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. 5.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@ editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL