Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2007 (21/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

358002

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de noviembre de 2007

Vencido el plazo sin que MORDAZA cumplido lo dispuesto en los parrafos anteriores, se perdera automaticamente el derecho a pagar en bienes y/o servicios. En este caso, la Sub Gerencia de Logistica podra otorgar un plazo adicional MORDAZA de cinco (5) dias habiles, de considerarlo conveniente. En el caso de la ejecucion del pago en servicios, este se iniciara dentro de los treinta (30) dias calendario siguientes de emitida la Resolucion de aprobacion, no pudiendo exceder su culminacion del plazo de un (1) ano, bajo responsabilidad del solicitante del servicio. Articulo 17º.- Cuando el valor del bien o servicio sea menor o mayor a la deuda acogida Si el monto de la valorizacion del bien o servicio, es menor a la deuda acogida, la diferencia debera ser cancelada al contado o fraccionadamente, de conformidad con las normas que regulan la materia. Cuando el monto de la valorizacion sea mayor a la deuda acogida, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA compensara con alguna deuda que posea el administrado o establecera un credito tributario para futuras obligaciones que tenga el administrado con esta Corporacion Edil. Articulo 18°.- Intereses moratorios de la deuda Los intereses moratorios generados por la deuda materia de acogimiento seran calculados hasta la fecha de la MORDAZA de la solicitud, despues de dicha fecha no se aplicaran intereses. En el caso de creditos reconocidos a proveedores, si la deuda a su favor es anterior a la deuda tributaria, para el canje con la deuda tributaria y no tributaria, no se aplicara la tasa de interes moratorio a la misma. En el caso de las solicitudes no aprobadas, el calculo de los intereses se retomara desde la fecha de la MORDAZA de la solicitud. Articulo 19°.- Bienes sujetos a inscripcion En el caso de bienes sujetos a inscripcion en los Registros Publicos o cuya enajenacion se encuentra sujeta al cumplimiento de formalidades, la conformidad podra ser otorgada incluso con la suscripcion de la minuta correspondiente a favor de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, o con el cumplimiento de formalidades establecidas en las disposiciones legales correspondientes. Los funcionarios responsables del tramite deben disponer las medidas necesarias con el objeto de resguardar el derecho que adquiere la Municipalidad, para lo cual podra solicitar el bloqueo de las fichas u otro medio que consideren pertinente para lograr dicho cometido. Articulo 20°.- De las personas que prestan el servicio En la ejecucion de los servicios que presten los deudores, estos deberan mantener la confidencialidad de la informacion a la cual tengan acceso durante el periodo del mismo. Asimismo, estaran sujetos a un sistema de supervision y evaluacion permanente por personal de la Corporacion Municipal, orientado a verificar la conformidad de los mismos, en funcion a las condiciones tecnicas contenidas en el contrato suscrito con la Municipalidad de La MORDAZA para dichos fines. La conformidad del termino de los servicios prestados debera ser comunicada por la Sub Gerencia de Logistica a la Gerencia de Administracion. Articulo 21°.- Causales de perdida del derecho a pagar mediante bienes y/o servicios Se perdera el derecho a pagar la deuda mediante bienes y/o servicios cuando ocurra alguna de las siguientes causales: a) Por perdida del bien por culpa del deudor o la imposibilidad sobreviniente de la prestacion del servicio. b) Cuando los bienes entregados o los servicios prestados no cumplan con las caracteristicas senaladas en la Resolucion de aprobacion. c) Cuando se detectase que los deudores no cumplen eficientemente o cumplen de forma incompleta con los servicios ofrecidos, por causas no imputables a la Administracion, y contrariamente a lo establecido en el contrato suscrito para dichos fines. d) Cuando se detectase que se usa el nombre de la institucion para realizar actos de provecho particular o a favor de terceros. e) Por interponer recurso impugnativo, demanda contencioso administrativa, accion de MORDAZA o cualquier otra accion ante el Poder Judicial o ante organos administrativos respecto de la deuda acogida a esta modalidad de pago. f) Por no mantener la confidencialidad de la informacion a la cual tenga o MORDAZA tenido acceso durante la ejecucion del servicio prestado.

g) Por otras que en funcion a su gravedad y a criterio de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA MORDAZA meritorias de revocar el acto administrativo que autoriza el pago en bienes y/o servicios. Articulo 22°.- De la perdida y sus efectos Presentada alguna de las causales establecidas en el articulo anterior, la Gerencia de Administracion emitira una resolucion mediante la cual comunicara al solicitante la perdida del derecho a pagar en bienes y/o servicios. Asimismo, mediante informe, comunicara a la Gerencia de Rentas, la perdida del derecho, para que esta, proceda a la cobranza correspondiente de la parte de la deuda no pagada, luego de efectuada la imputacion de pagos conforme a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario por los bienes o servicios prestados, en caso de corresponder. Articulo 23°.- Conformidad de la transferencia de bienes o prestacion de servicios La Sub Gerencia de Logistica luego de verificar la conformidad de la transferencia de los bienes entregados, emitira un "Informe de Conformidad" que contendra el importe del bien entregado que se aplicara para el pago de la deuda respectiva, remitiendose a la Gerencia de Administracion para su aprobacion correspondiente. Para el caso de prestacion del servicio, el "Informe de Conformidad" se emitira cuantas veces se realice, utilice o efectue el servicio hasta su agotamiento, el mismo que contendra las caracteristicas senaladas en el parrafo anterior, y el importe correspondiente a cada prestacion efectiva del servicio, segun su naturaleza. Articulo 24°.- Cancelacion del monto de la deuda acogida El monto a ser aplicado como pago de la deuda acogida sera el valor correspondiente al bien o servicio prestado, conforme se encuentra consignado en el "Informe de Conformidad" remitido a la Gerencia de Administracion por la Sub Gerencia de Logistica. Una vez formalizado el canje, la Gerencia de Administracion MORDAZA por cancelada las deudas tributarias y no tributarias con la emision de la "Resolucion de Pago". La Gerencia de Administracion remitira mediante Memorandum, MORDAZA de la "Resolucion de Pago" a la Sub Gerencia de Tesoreria quien liquidara la deuda en el Modulo de Pago, asi como a la Gerencia de Rentas a fin de que esta MORDAZA conocimiento y verifique la cancelacion de las deudas. Articulo 25°.- Incorporacion de los bienes Emitida la Resolucion senalada en el articulo anterior, los bienes se incorporaran al patrimonio de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, de conformidad con las normas que rigen para la administracion de los bienes de los Gobiernos Locales. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Las solicitudes de pago en bienes muebles, inmuebles, valores o servicios que se encuentran en tramite se adecuaran a las disposiciones aprobadas en la presente Ordenanza. Segunda.- Apruebese el formato "Solicitud de Pago de Deuda Tributaria y No Tributaria en Bienes y/o Servicios", el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El pago en bienes y/o servicios no es compatible con la aplicacion de otros beneficios tributarios. Segunda.- La Gerencia de Administracion y la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Estadistica, efectuaran las modificaciones contables y presupuestales necesarias para regularizar las asignaciones y compensaciones a que hubiera lugar, debido a la ejecucion del pago con bienes y servicios. Tercera.- Facultese al Senor MORDAZA para que dicte las normas complementarias por medio de Decreto de Alcaldia, para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, para lo cual debera contar con el informe previo de la Gerencia de Rentas y Gerencia de Administracion y con cargo a dar cuenta al Concejo de esta Comuna. Cuarta.- Deroguese la Ordenanza N° 039-04/MDLV, asi como toda disposicion que contravenga en la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA

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