TEXTO PAGINA: 59
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de noviembre de 2007 357997 Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE. 4.DISPONER que la Secretaría General remita a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, copia de la presente Resolución y de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. 5.DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolución. 6.DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. 7.DISPONER que el Órgano de Control Institucional se encargue del inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidad de los funcionarios o servidores públicos involucrados en el hecho que se haya confi gurado la situación de desabastecimiento inminente objeto de exoneración. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIO FERNANDO BARRIOS IPENZA Presidente Ejecutivo 134241-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Autorizan viaje del Presidente Regional y de la Secretaria General del Gobierno Regional a Uruguay, en comisión de servicios ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 075-2007-CR-GR-GRH. Huánuco, 26 de octubre 2007 Visto, en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 26 de octubre del 2007, el OFICIO Nº 608-2007-GRHCO/PR, relacionado a la Autorización de Viaje en Comisión de Servicio del Presidente Regional, y de la Secretaria General del Gobierno Regional Huánuco, y; CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 2º, 4º, 5º de la Ley Nº 27867 – Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, encontrándose plasmadas sus atribuciones, derechos y obligaciones en los artículos, 15º, 16 y 17º de la Ley Nº 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo expresan su decisión sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional mediante Acuerdos de Consejo Regional; Que, mediante documento de la referencia, el Presidente del Gobierno Regional – Huánuco, Abog. Jorge Espinoza Egoavil, solicita al Consejo Regional, la autorización para efectuar viaje conjuntamente con la Secretaria General Abog. Edelmira Zulma Picón Ruiz, en comisión de servicio a la República Oriental del Uruguay, en atención a la invitación efectuada por la Organización Latinoamericana de Gobiernos Intermedios (OLAGI), a fi n de participar en la IV Asamblea General de Gobernadores, Prefectos e Intendentes y Presidentes de Gobiernos Regionales de América Latina y el Caribe; a llevarse a cabo los días 8 y 9 de noviembre del presente año en el referido país; Que, es necesario precisar que los gastos que demande el presente viaje serán asumidos en su integridad por los funcionarios participantes; Que, de conformidad con el Artículo 13º, inciso f) del D.S. Nº 018-85-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, se entiende por Comisión de Servicio, cuando un servidor es destinado para realizar acciones de servicio fuera de su centro de trabajo, ya sea en el país o en el extranjero; lo que es concordante con lo dispuesto por el Artículo 83º del D.S Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, conforme al cual la Comisión del Servicio es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones según el nivel de carrera, grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que están directamente relacionadas con los objetivos institucionales; Que, asimismo, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, en su Artículo 15º, inciso k), prescribe que, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos serán aprobados mediante Acuerdo de Consejo Regional, el mismo que deberá ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 39º de la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L