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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2007 358634 505, distrito de Pichanaki, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín; - Agencia del Parque Norte, ubicada en la Av. Del Parque Norte Nº 930 – Urb. Corpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; - Agencia La Planicie, ubicada en Calle Islas Vírgenes Lote 1 y 2 Mz J. esquina con la Calle Tahití – Urb. Portada de La Planicie, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; - Agencia Ucello, ubicada en la Av. Javier Prado Este Nº 1988-1990, esquina con la calle F. Ucello y A. Bernini, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; - Agencia Huanta, ubicada en el Jr. San Martín Nº 124, distrito y provincia de Huanta, departamento de Ayacucho; - Agencia Compupalace, ubicada en la Av. Petit Thouars Nº 5358, distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima; - Agencia Mercado Unión, ubicada en la Av. Perú Nº 381, pasaje Aguaytía Nº 199-191 – Urb. La Intendencia, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; - Agencia Real Plaza Trujillo, ubicada en la Av. César Vallejo Nº 1345 interior B-2, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; - Agencia Mall Plaza Trujillo, ubicada en el cruce de las Avenidas Mansiche y América Oeste, locales comerciales Nº B1235, B1239 y B1241, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; - Agencia Virú, ubicada en la Av. Virú Nº 2162, Mz D, lote 16-A, distrito y provincia de Virú, departamento de La Libertad; y, - Agencia Próceres, ubicada en el Lote Nº 22, Mz Z – Urb. San Hilarión, 2da. Etapa, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas (e) 138117-2 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Autorizan viaje de Magistrado del Tribunal Constitucional a Guatemala para participar en el seminario “Justicia Constitucional y medios de comunicación” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 094-2007-P/TC Lima, 27 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO:Que el Secretario Permanente de la Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional, con el apoyo de la Agencia Española de Cooperación Internacional - AECI, ha organizado el Seminario “Justicia Constitucional y medios de comunicación”, a realizarse en la ciudad de Antigua (Guatemala) entre el 3 y 5 de diciembre del 2007; Que en dicho evento internacional se analizará la jurisprudencia constitucional sobre medios de comunicación y las relaciones de los órganos de justicia constitucional con los referidos medios; en el cual participarán miembros de Salas, Cortes y Tribunales Constitucionales; temas que, por su naturaleza y trascendencia, son de interés nacional e institucional y permitirá el intercambio de conocimientos académicos y experiencias sobre la materia, en benefi cio de la justicia constitucional peruana; por lo que se hace necesario designar al Magistrado del Tribunal Constitucional que participará en tal evento; Con conocimiento del Pleno; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor doctor Ricardo Beaumont Callirgos, Magistrado del Tribunal Constitucional del Perú, a la ciudad Antigua (Guatemala), entre el 2 y 6 de diciembre del 2007, para que asista al Seminario “Justicia Constitucional y medios de comunicación”, organizado por la Secretaría Permanente de la Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional, con el apoyo de la Agencia Española de Cooperación Internacional - AECI. Artículo 2°.- Los gastos de hospedaje, transporte interno y alimentación serán asumidos por los organizadores del evento; correspondiendo al Tribunal Constitucional asumir los gastos por los conceptos de pasajes aéreos y tarifa portuaria: - Pasaje aéreo (ida y vuelta) US Dólares Americanos $ 1,276.90 - Tarifa Corpac US Dólares Americanos $ 30.25 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince días calendario siguientes de realizado el referido viaje, el Magistrado informará sobre los resultados obtenidos con motivo de su participación en el citado evento internacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR LANDA ARROYO Presidente 138669-1 UNIVERSIDADES Instauran proceso administrativo disciplinario a profesores adscritos a la Facultad de Ciencias Administrativas de la Universidad Nacional del Callao UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1217-07-R Callao, Octubre 30, 2007 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Visto el Ofi cio Nº 178-2007-TH/UNAC recibido el 20 de setiembre de 2007, por cuyo intermedio el Presidente del Tribunal de Honor de la Universidad Nacional del Callao remite el Informe Nº 043-2007-TH/UNAC, sobre la procedencia de apertura de proceso administrativo disciplinario a los profesores Lic. Adm. JUAN ANTONIO CONSTANTINO COLACCI y Lic. Adm. JOSÉ CAYETANO VERGARAY HUAMÁN, adscritos a la Facultad de Ciencias Administrativas. CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Consejo Universitario N° 159- 2003-CU del 19 de junio de 2003, se aprobó el “Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes”, cuyo Art. 13º Inc. a) establece que es una de las funciones y atribuciones del Tribunal de Honor de nuestra Universidad, recibir y califi car las solicitudes sobre instauración de procesos administrativos disciplinarios que remiten los órganos competentes de la Universidad a través del titular del pliego, y emitir pronunciamiento sobre la procedencia o no de instauración de procesos administrativos disciplinarios, según la gravedad de la falta, debidamente fundamentada; Que, mediante Ofi cio Nº 024-2006-CCI-FCA recibido en la Facultad de Ciencias Administrativas el 28 de noviembre de 2006, el Lic. Adm. JUAN ANTONIO CONSTANTINO COLACCI, Jefe del Centro de Computación e Informática