Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2007 (30/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

358625

Otorgan concesion interprovincial a Expreso MORDAZA Hnos S.A. para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas
RESOLUCION DIRECTORAL N° 14525-2007-MTC/15 MORDAZA, 15 de octubre de 2007 VISTOS: los expedientes Nos. 2007-031642 y 2007-031642-A, organizados en torno al otorgamiento de concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Huancayo - Huancavelica y viceversa, solicitado por la empresa EXPRESO MORDAZA HNOS. S.A. CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de fecha 19 de setiembre de 2007, ingresado bajo el expediente Nº 2007-031642, la empresa EXPRESO MORDAZA HNOS. S.A. -en adelante La Empresa, solicita al MORDAZA de lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, lo siguiente: 1) Concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Huancayo - Huancavelica y viceversa, con los omnibus de de placa de rodaje VG-8337 (2006) y VG-7439 (2005). 2) Renuncia a la habilitacion vehicular de los omnibus de placa de rodaje VG-8337 (2006) comprometido en la concesion de ruta: MORDAZA ­ Huancavelica y viceversa, y VG7439 (2005) comprometido en la concesion de ruta: MORDAZA ­ Huanta y viceversa, renovadas mediante Resoluciones Directorales Nos. 1827-2005-MTC/15 y 10035-2007MTC/15, respectivamente. Que, entre la documentacion que presenta la recurrente, acompana fotocopia de la Escritura Publica del Contrato de Arrendamiento Financiero del omnibus de placa de rodaje VG-8337, celebrado con el BANCO CONTINENTAL el 29 de marzo de 2007, por un plazo de cuarentiocho (48) meses; Que, el articulo 58º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, prescribe que la Direccion General de Circulacion Terrestre (ahora Direccion de General de Transporte Terrestre), otorgara concesion interprovincial para transporte interprovincial regular de personas de ambito nacional; Que, el inciso d) del articulo 91º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, senala como una de las causas de la conclusion de la habilitacion vehicular la renuncia del transportista; Que, la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre, en Informe Nº 6462-2007-MTC/15.02.2 refiere lo siguiente: a) La solicitud de La Empresa no se encuentra comprendida en el mandato de suspension de otorgamiento de nuevas concesiones, dispuesta en la Decimo Cuarta Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC ni en lo dispuesto en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2004-MTC, dado que el itinerario solicitado no incluye ninguna de las vias comprendidas en dicha suspension. b) La Empresa cumple con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 060-2003-MTC y con las condiciones de acceso senalados en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, para el otorgamiento de la concesion interprovincial para prestar servicio de transporte regular de personas en la ruta: Huancayo - Huancavelica y viceversa. c) La Empresa ha cumplido con poner en conocimiento de la Administracion la conclusion de la habilitacion de los omnibus de placa de rodaje VG-8337 (2006) comprometido

en la concesion de ruta: MORDAZA ­ Huancavelica y viceversa, y VG-7439 (2005) comprometido en la concesion de ruta: MORDAZA ­ Huanta y viceversa, de conformidad con lo establecido en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 0092004-MTC. Que, se debe ponderar el aceptar la informacion complementaria presentada el 15 de octubre de 2007 (Exp. Nº 2007-031642-A) a fin de no perjudicar a la solicitante, puesto que su requerimiento inicial fue presentado con fecha 19 de setiembre de 2007; consecuentemente, en aplicacion de los Principios del Procedimiento Administrativo establecidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, debe atenderse lo solicitado; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por Decreto Supremo Nº 060-2003-MTC, Ley Nº 27791 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia a la habilitacion vehicular de los omnibus de placa de rodaje VG-8337 (2006) comprometido en la concesion de ruta: MORDAZA ­ Huancavelica y viceversa, y VG-7439 (2005) comprometido en la concesion de ruta: MORDAZA ­ Huanta y viceversa, formulada por la empresa EXPRESO MORDAZA HNOS. S.A., de conformidad con lo dispuesto en el literal d) del articulo 91º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes. Articulo Segundo.- Otorgar a favor de la empresa EXPRESO MORDAZA HNOS. S.A., la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Huancayo Huancavelica y viceversa, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ITINERARIO FRECUENCIAS : HUANCAYO HUANCAVELICA y viceversa : Acostambo ­ Izcuchaca ­ Huando : Una (1) diaria en cada extremo de ruta

FLOTA VEHICULAR : Dos (2) omnibus FLOTA OPERATIVA : Un (1) omnibus de placa de rodaje VG-8337 (2006) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus de placa de rodaje VG-7439 (2005) HORARIOS : Salidas de Huancayo: a las 04:00 horas Salidas de Huancavelica: a las 22:00 horas Articulo Tercero.- La Direccion de Servicios de Transporte Terrestre debera inscribir la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion debera ser publicada por la empresa EXPRESO MORDAZA HNOS. S.A., en el Diario Oficial "El Peruano" dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidio la orden de publicacion. Articulo Quinto.- La empresa EXPRESO MORDAZA HNOS S.A. iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion.

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