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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2007 358635 de dicha unidad académica, comunicó al Decano (e) de la citada Facultad, el robo del Sistema de Proyección – Proyector Multimedia, color negro, Marca VIEW SONIC, modelo PJ501, Tipo VPROJ5048-1W, Serie B12031051484, con Nº de Inventario 95227834-0024, de las instalaciones del Centro de Computación e Informática el día jueves 23 de noviembre de 2006, señalando como presunto responsable al profesor Lic. Adm. ALFONSO SALVADOR AMABLE FARRO, que según indica, fue la última persona que se quedó en las instalaciones del Centro de Cómputo; adjunta para tal efecto copia del Libro de Denuncias de la OCD Nº 1516 de fecha 25 de noviembre de 2006, denuncia presentada en la Comisaría de Bellavista, obrante a folios 23 de los autos; Que, a folios 26 de los autos, obra el escrito de fecha 24 de noviembre de 2006, por el que el profesor Lic. Adm. ALFONSO SALVADOR AMABLE FARRO comunicó al Jefe del Centro de Computación e Informática que el jueves 23 de noviembre de 2006, aproximadamente a las 18.10 horas, ingresó a la Ofi cina del Centro de Cómputo a desarrollar sus diapositivas para la III Feria Vocacional Unacina, pidiendo el permiso respectivo a la encargada, manifestando que a las 19.00 horas se retiró la Srta. MELINA ETELVINA BIZA LLENQUE, profesora de los cursos de Computación, y que a las 21.30 horas se retiró del mencionado Centro cerrando la puerta de madera y reja sin llave ya que él no cuenta con las llaves respectivas; informa adicionalmente que la puerta principal se encontraba abierta y sin el candado, por lo que presumió que otras personas que laboran en ese ambiente asegurarían la puerta principal; Que, con Ofi cio Nº 607-06-D-FCA de fecha 29 de noviembre de 2006, el Dr. JUAN CARLOS REYES ULFE, Decano (e) de la Facultad de Ciencias Administrativas, pone en conocimiento de la Jefa de la Unidad de Control Patrimonial la pérdida del equipo antes citado, funcionaria que mediante Ofi cio Nº 005-2007-CGP/UNAC del 10 de enero de 2007, comunicó al Director de la Ofi cina General de Administración sobre tal hecho, adjuntando la documentación correspondiente, el mismo que, con Ofi cio Nº 010-2007-OGA del 15 de enero de 2007 deriva el expediente correspondiente al Presidente de la Comisión de Investigación de Pérdidas de Bienes; Que. a través del Ofi cio Nº 022-2007-CI-UNAC (Expediente Nº 114583) recibido el 07 de marzo de 2007, el Presidente de la Comisión Investigadora remite el Informe Final Nº 001-2007-CI-UNAC, correspondiente a la investigación de la sustracción del Proyector Multimedia, color negro, Marca VIEW SONIC, modelo PJ501, Tipo VPROJ5048-1W, Serie B12031051484, con Nº de Inventario 95227834-0024, perteneciente al Centro de Cómputo de la Facultad de Ciencias Administrativas, concluyendo que los responsables del manejo de los equipos y computadoras asignados al Laboratorio del Centro de Cómputo de la Facultad de Ciencias Administrativas, son el profesor Lic. Adm. JOSÉ CAYETANO VERGARAY HUAMÁN, la profesora de Computación Srta. MELINA ETELVINA BIZA LLENQUE, y la señora secretaria NANCY VERÓNICA FLORES BELLO; asimismo, que el ambiente donde funciona dicho Laboratorio no cuenta con las mínimas medidas de seguridad, responsabilizando por presunta negligencia funcional al Decano de dicha Facultad, según señala, por no otorgar las medidas de seguridad necesarias a los ambientes del Centro de Cómputo, no supervisar su funcionamiento, no ordenar por escrito y difundir al personal directivo, docente y administrativo de la Facultad el Ofi cio Circular Nº 024-OGA-2006 que invoca tener mayor celo en el cuidado de los bienes asignados a la Facultad, y por no ordenar por escrito y dar conocimiento al Jefe del Centro de Cómputo de la Directiva Nº 05-2006-R, Normas y Procedimientos Internos de Control, Uso y Custodia de los Bienes Patrimoniales de la Universidad; Que, en el citado Informe se señala presunta responsabilidad por negligencia funcional, respecto al profesor Lic. Adm. JUAN ANTONIO CONSTANTINO COLACCI, Jefe del Centro de Computación e Informática de dicha Facultad, porque no habría informado al Decano de la inseguridad de las puertas de acceso al Centro de Cómputo, habría permitido que la profesora MELINA ETELVINA BIZA LLENQUE realice actividades toda la semana en el Centro de Cómputo en el manejo de las computadoras y alquilar los equipos de cómputo a los usuarios, teniendo conocimiento que dicha profesora estaba contratada sólo para dictar los días sábados a través de un convenio con la Unidad de Capacitación; y, en relación al profesor Lic. Adm. ALFONSO SALVADOR AMABLE FARRO, miembro del Comité del Centro de Cómputo, porque no habría informado por escrito al Jefe del Centro de Cómputo de la inseguridad del Laboratorio, no coordinar con el personal administrativo responsable del manejo de los equipos y computadoras en el sentido de que el 23 de noviembre de 2006 debió exigir que se le entregara el candado con que se cierra la puerta de fi erro que otorga seguridad a dicho ambiente, y porque habría dejado irresponsablemente abierta la puerta de madera con sólo juntar manifestando no tener las llaves y no comunicar al vigilante con que cuenta la Facultad; Que, asimismo, respecto al profesor Lic. Adm. JOSÉ CAYETANO VERGARAY HUAMÁN, igualmente señala presunta responsabilidad funcional porque no habría informado al Jefe del Centro de Cómputo sobre la inseguridad de dicho ambiente por cuanto, en su calidad de responsable del manejo de las llaves de las chapas de las puertas de acceso y del manejo de los equipos y computadoras, debió observar que la puerta de madera tiene una abertura en el centro y que está tapada solamente con un pedazo de cartulina y que es fácil maniobrar la chapa, también pudo ver que la chapa de la puerta de fi erro estaba malograda, lo que tenía que comunicar, acción que no habría realizado; asimismo, porque no habría contribuido al funcionamiento del Centro de Cómputo en el sentido de que el citado profesor asignó como parte de su carga horaria de tiempo completo 40 horas a la actividad no lectiva de apoyo al Centro de Cómputo, por lo que debió responder las tres llamadas que habría realizado el profesor Lic. Adm. ALFONSO SALVADOR AMABLE FARRO el día 23 de noviembre de 2006 y leer el mensaje de texto dejado por el citado docente para que se acercara al Centro de Cómputo y cerrar la puerta del Laboratorio; Que, con relación a la secretaria del Centro de Cómputo, doña NANCY VERÓNICA FLORES BELLO, indica que sería responsable por grave negligencia por presuntamente haber desacatado las órdenes del Jefe del Centro de Cómputo en el sentido de que, al momento de retirarse a su domicilio, ninguna persona debía quedarse al interior del Centro de Cómputo; porque habría mentido a la Comisión Investigadora al afi rmar que el día 24 de noviembre de 2006 se encontraba en la Ofi cina de Grados y Títulos de la Facultad, por afi rmar que en la precitada fecha, cuando se acercó al Centro de Cómputo encontró que tenía otro candado que habría sido cambiado por el Decano, quien aclaró que la persona que le informó de lo sucedido fue el señor EDUARDO REAÑO, quien en compañía del vigilante se había apersonado temprano al Centro de Cómputo encontrando la puerta abierta; por no informar al Jefe del Centro de Cómputo que la puerta de madera y la de fi erro no tenían las mínimas medidas de seguridad; y porque se habría retirado irresponsablemente el 23 de noviembre de 2006 y no comunicar expresamente al profesor Lic. Adm. ALFONSO SALVADOR AMABLE FARRO que el candado de la puerta de fi erro lo estaba dejando en la gaveta del Laboratorio de Cómputo, lo que habría permitido la sustracción del proyector multimedia; Que, por último, respecto a la profesora de Computación Srta. MELINA ETELVINA BIZA LLENQUE, señala que no habría cumplido con las actividades para las que fue contratada en razón de que sólo debía dictar clases los días sábados, sin embargo ingresaba al Laboratorio de Cómputo todos los días, haber alquilado las computadoras a los usuarios, actividad que no le correspondía, y porque no habría entregado al profesor Lic. Adm. ALFONSO SALVADOR AMABLE FARRO, el candado de seguridad de la puerta de fi erro el día de la sustracción del proyector multimedia; Que, mediante escrito (Expediente Nº 115964) recibido el 13 de abril de 2007, la secretaria del Centro de Cómputo, doña NANCY VERÓNICA FLORES BELLO, indica que pasadas las 16.00 horas era la profesora MELINA ETELVINA BIZA LLENQUE quien se encargaba de cerrar la puerta del Laboratorio de Cómputo al retirarse, y que normalmente el candado de la puerta de ingreso del Centro de Cómputo, cuando se retiraba al concluir sus labores, quedaba en la gaveta y cerraban la puerta de noche, al término de las clases, los profesores Lic. Adm. ALFONSO SALVADOR AMABLE FARRO, el Lic. Adm. JOSÉ CAYETANO VERGARAY HUAMÁN, y la Srta.